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Decreto Local 3 de 2009 Alcaldía Local de Fontibón

Fecha de Expedición:
03/02/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/02/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4149 de febrero 9 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 003 DE 2009

(Febrero 03)

"Por medio del cual se adopta el Plan Institucional de Gestión Ambiental Piga de Fontibón"

LA ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN,

en uso de las atribuciones que le confiere el Estatuto Orgánico de Bogotá, D.C., Decreto Ley 1421 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Decreto 456 de 2008, "Por el cual se reforma el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones", en su Artículo 13 reza que El Plan Institucional de Gestión Ambiental -PIGA de cada Entidad debe: a. Tomar en cuenta los principios, objetivos y estrategias del Plan de Gestión Ambiental y las políticas ambientales, distritales o nacionales. b. Presentar, asignar internamente y programar las actividades ambientales de la entidad, para los objetivos y estrategias ambientales priorizados en el Plan de Acción Cuatrienal Ambiental para cada entidad, según sus funciones y competencias, y con sus respectivos presupuestos. c. Definir los indicadores, metas, programación y la forma de reporte a la Secretaría Distrital de Ambiente, junto con los mecanismos de seguimiento y evaluación conjunta. d. Identificar y programar las necesidades y formas de coordinación interinstitucional. e. Concertarse con la Secretaría Distrital de Ambiente en cada período de gobierno y sus modificaciones cuando sea necesario.

Que la Alcaldía Local de Fontibón en procura de constituir todos los instrumentos para la generación del PIGA adelanto la constitución del CLCPIGA con resolución No 050 del 25 de junio de 2008.

Que la Alcaldía Local de Fontibón adelanto la formulación del Plan Institucional de Gestión Ambiental –PIGA de Fontibón bajo la orientación de la Secretaria Distrital de Ambiente y se firmo entre estas dos, el 5 de enero de 2009 el Acta de Concertación, la cual orienta la implementación del Plan Institucional de gestión Ambiental de Fontibón PIGA.

Que los objetivos del Plan Institucional de Gestión Ambiental –PIGA de Fontibón son: Generar acciones para el mejoramiento de la gestión de los componentes ambientales dentro de las instalaciones de la alcaldía. Crear espacios de participación, comunicación y educación para reflexionar sobre el papel de la entidad y sus funcionarios en la solución de problemáticas ambientales. Generar cultura ambiental dentro de las instalaciones de la alcaldía local. Crear y reforzar prácticas de ecoeficiencia, de manejo ambiental responsable y de cumplimiento de la normatividad ambiental. Aplicar procesos de reutilización de materiales. Incentivar el manejo adecuado del recurso hídrico, energético dentro de las instalaciones de la alcaldía local. Realizar las adecuaciones en las instalaciones para mitigar los impactos ambientales generados dentro de las mismas.

Que es necesario para el buen desarrollo del Plan Institucional de Gestión Ambiental PIGA - su adopción, para el logro de los objetivos y acciones que se proponen.

Que por lo anteriormente expuesto, la Alcaldesa Local de Fontibón,

Ver el Decreto Local 08 de 2008

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. Adopción. Adoptar el Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA) de Fontibón, hacia la consolidación de la administración en torno al mejoramiento ambiental, que contribuya a los grandes objetivos de la conservación y manejo eficiente de los recursos. Se fundamenta la adopción con base en el Acta de Concertación del PIGA Fontibón de fecha 5 de enero de 2009, firmada entre la Alcaldesa Local de Fontibón y el Secretario Distrital de Ambiente.

ARTÍCULO SEGUNDO. Principios y políticas ambientales. El Plan Institucional de Gestión Ambiental PIGA se constituye en un Sistema de Gestión Ambiental para la Entidad el cual se fundamenta en una estrategia que permite incorporar los criterios ambientales donde se enmarca los componentes de la siguiente manera: El Recurso hídrico, energético, residuos sólidos y aire a la gestión general de la institución, dándole un valor estratégico y de ventaja competitiva, supone, aparte de beneficios ecológicos también beneficios económicos.

Este sistema es transversal a la estructura orgánica de la Entidad y comprende actividades de planificación, responsabilidades, prácticas, procedimientos, procesos y recursos para elaborar, implementar, ejecutar, revisar y mantener la política ambiental de la entidad.

ARTÍCULO TERCERO. Uso y manejo de recursos. Dentro de este componente el PIGA establece el análisis y diagnostico de los siguientes: Gestión Integral De Residuos Sólidos, Uso y manejo del recurso de agua, Gestión integral recurso de energía y el Uso eficiente del aire.

ARTÍCULO CUARTO. Formulación. Reúne los siguientes elementos: Misión: Contribuir al cumplimiento de los objetivos de la Administración Distrital, a través de la promoción de la convivencia y el buen uso de los recursos naturales, que permita la consolidación de procesos ambientales que repercutan en el mejoramiento de la calidad de vida de los miembros de la administración local y de sus entornos. Visión: Contar con una administración local fortalecida en todos los aspectos ambientales y que para el año 2015, se haya logrado la eficiencia y el buen manejo de todos los recursos y que esto trascienda a los entornos externos y a las familias y comunidades en donde habitan los miembros de la administración local de Fontibón.

Además, establece el desarrollo de los componentes diagnosticados y define el programa de gestión ambiental interno en donde se identifican los objetivos, las actividades, herramientas, indicadores y estrategias para la ejecución de los planes de gestión de Residuos Sólidos, la Campaña informativa sobre reciclaje en la fuente, Uso eficiente y ahorro de agua, campaña informativa sobre el uso racional y eficiente del agua, uso eficiente y ahorro de energía eléctrica, campaña informativa sobre el uso racional y eficiente de la energía eléctrica, uso eficiente del recurso aire, campaña informativa sobre el recurso aire, criterios ambientales para la gestión contractual.

ARTICULO QUINTO. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Sancionado en Bogotá D.C., a los tres 3 días del mes de febrero de dos mil nueve (2009).

BETTY MARÍA AFANADOR GARCÍA

Alcaldesa Local de Fontibón

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4149 de febrero 9 de 2009.