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Resolución 21 de 2009 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
27/01/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4144 de enero 30 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 021 DE 2009

(Enero 27)

Modificada por el art. 1, Resolución TRANSM 150 de 2011

"Por la cual se modifica la resolución 046 del 17 de Marzo de 2006, con el fin de actualizar el Manual de Procedimientos de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio – TRANSMILENIO S.A."

EL DIRECTOR DE OPERACIONES DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO TRANSMILENIO S.A.,

en ejercicio de sus facultades delegadas mediante la Resolución número 217 de 25 de julio de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo señalado en el artículo segundo del Acuerdo 4 de 1999, corresponde a TRANSMILENIO S.A., la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la modalidad de transporte terrestre automotor.

Que cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el manual de procedimientos de TRANSMILENIO S.A., según resolución 078 de 2000.

Que siendo TRANSMILENIO S.A., el titular del Sistema y para el correcto funcionamiento del mismo, considera necesario actualizar el Manual de Procedimientos en lo que hace referencia a la actualización de un (1) Procedimiento, con el objeto de ajustarlos a las nuevas necesidades y desarrollo del Sistema TransMilenio y fijar las directrices y lineamientos al Personal de la entidad y a los actores que intervienen en la Operación.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Modificar la Resolución 046 del 17 de Marzo de 2006, en lo que corresponde a:

I. La actualización del siguiente Procedimiento:

CÓDIGO

REVISIÓN

NOMBRE

P-S-QR-001

2

TRÁMITE DE QUEJAS, SUGERENCIAS, RECLAMOS Y DERECHOS DE PETICIÓN

ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de su publicación en la Gaceta Distrital y deroga en su totalidad los procedimientos que le sean contrarios; los demás procedimientos no modificados con la presente resolución continúan vigentes.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de enero de dos mil nueve (2009).

RAUL HERNANDO ROA BUITRAGO

Director de Operaciones

TABLA DE CONTENIDO

1. OBJETO

2. ALCANCE

3. RESPONSABLE

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

5. DEFINICIONES

6. NORMAS GENERALES

6.1. Normas Generales para el trámite interno de solicitudes con plazo de respuesta de quince (15) días hábiles

6.2. Normas Generales para el trámite de solicitudes con plazo de respuesta de diez (10) días hábiles

6.3. Normas Generales para el trámite de solicitudes con plazo de respuesta inferior a diez 10) días hábiles.

7. PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA SOLUCIÓN DE QUEJAS, RECLAMOS, SUGERENCIAS Y SOLICITUDES.

7.1. Solicitudes Escritas.

7.2. Requerimientos Telefónicos y a través de los Puntos de Atención al Usuario PAU.

7.3. Requerimiento presentado de forma presencial en la sede principal.

7.4. Requerimientos Presentados en Feria de Servicios.

8. TABLA DE FORMATOS

MODIFICACIONES

REVISIÓN No.

FECHA

CAMBIO

SOLICITÓ

0

5-06-2002

ELABORACIÓN

NO APLICA

1

01-09-2004

MODIFICACIÓN- Cambio procedimiento requerimientos telefónicos y correo electrónico utilizando el aplicativo SQS.

Prof Esp Servicio al Ciudadano

2

23-11-2005

Actualización de Condiciones Generales. Cambio procedimiento requerimientos telefónicos y correo electrónico utilizando el aplicativo SQS. Implementación Puntos de Control. Adición procedimiento para quejas en estaciones y en empresas operadoras y concesionarias de alimentación. Adición de puntos del protocolo desarrollado por la Oficina de Comunicaciones y Relaciones Externas

Profesional Especializado Servicio al Ciudadano

3

13-01-2009

Inclusión de la norma, amparado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, que cualquier solicitud, reclamo o queja se realiza en ejercicio del derecho fundamental de petición.

*Reorganización de tiempos de respuesta de acuerdo con la competencia de las áreas para la resolución de solicitudes, reclamos o quejas.

*Inclusión de Norma General de acuerdo con lo ordenado en el parágrafo del artículo 16 del decreto 2150 de 1995.

*Inclusión del numeral 6.1 donde se estipulan normas específicas para el trámite interno a los requerimientos presentados con plazo de respuesta de quince (15) días, otorgando ,a la Oficina Asesora de Comunicaciones, un plazo de tres (3) días posteriores al recibo del requerimiento para el direccionamiento al área respectiva o competente.

*Inclusión del numeral 6.2 donde se estipulan normas específicas para el trámite interno a los requerimientos presentados con plazo de respuesta de diez (10) días.

*Inclusión del numeral 6.3 donde se estipulan normas específicas para el trámite interno a los requerimientos presentados con plazo de respuesta menor a diez (10) días.

*Inclusión en el numeral 7.2 de las actividades adelantadas para la recepción y trámite de los requerimientos presentados en los Puntos de Atención al Usuario (PAU).

*Eliminación de las actividades para los Requerimientos recibido en buzón.

*Eliminación de las actividades para la Recepción de quejas y reclamos en las estaciones del Sistema

*Eliminación de las actividades para la Recepción de quejas y reclamos en las empresas operadoras y concesionarios de recaudo.

*Inclusión de actividades para la recepción de requerimientos en Ferias de Servicio al Ciudadano.

Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones

1. OBJETO

El objetivo de este procedimiento es reglamentar el proceso que debe seguir un derecho de petición, una queja, un reclamo, una solicitud de información y/o una sugerencia presentados en TRANSMILENIO S.A. con relación al servicio del sistema de transporte masivo, de TRANSMILENIO S.A. o al comportamiento y actitud de sus funcionarios.

2. ALCANCE

Este procedimiento es para conocimiento y aplicación de todos los servidores públicos de TRANSMILENIO S.A.

3. RESPONSABLE

El responsable por la elaboración y mantenimiento de este procedimiento es el Profesional Especializado de Servicio al Ciudadano.

4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

*Constitución Política de Colombia

*Código Contencioso Administrativo

*Ley 190 de 1995 Estatuto Anticorrupción

*Manual del Atención al Ciudadano de la Alcaldía Mayor de Bogotá

*Manual del aplicativo SQS

*M-T-CA-001 Manual de Correspondencia

5. DEFINICIONES

Aplicativo SQS: Es una herramienta informática que contiene el modulo de registro, aplicación y seguimiento a los requerimientos presentados por los ciudadanos y/o usuarios.

Clave de acceso: Es la contraseña que tiene cada usuario para ingresar al aplicativo de Quejas y Soluciones.

Derecho de Petición: Solicitud mediante la cual se consulta a las autoridades, por razones de interés general, particular o de información y en relación con las materias a su cargo.

Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades a través de cualquier medio, por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución.

Queja: Manifestación, protesta, censura, descontento, resentimiento o inconformidad que eleva una persona con relación a la conducta irregular de uno o varios servidores públicos en concordancia con sus funciones.

Reclamo: Se entiende por reclamo, el derecho que tiene toda persona de exigir, reivindicar o demandar una solución o respuesta a una solicitud, ya sea por motivo general o particular, referente a la prestación indebida de un servicio público.

Remitente: Cualquier ciudadano, persona natural o Jurídica que tenga interés particular o general para que le sea atendida una queja, reclamo, sugerencia o derecho de petición.

Respuesta Tipo: Archivo de respuesta que se utilizan para los requerimientos que son repetitivos.

Sugerencia: Proposición, insinuación, indicación o explicación para adecuar o mejorar un proceso cuyo objeto es la prestación de un servicio.

6. NORMAS GENERALES

*Cualquier petición, solicitud, reclamo o queja, se considera realizada en ejercicio del derecho fundamental de petición, Artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, así el peticionario en su solicitud no haga referencia a que está ejerciendo este derecho.

*Se debe dar estricto cumplimiento a lo prescrito en el Artículo 6 del Código Contencioso Administrativo que señala un plazo perentorio de quince (15) días hábiles para suministrar respuesta al peticionario. Este término se entiende desde el día hábil siguiente al de radicación del escrito o solicitud.

*Teniendo en cuenta que el término para resolver o contestar las quejas, sugerencias, reclamos y derechos de petición al interior de la entidad es de quince (15) días hábiles, diez (10) de los cuales deben ser utilizados para proyectar la respuesta y cinco (5) de estos días deben ser utilizados para la firma de la respuesta definitiva. En los casos en que deban participar varias dependencias en la elaboración de la respuesta, se tomarán 8 días para la proyección de cada respuesta, cuatro (4) para consolidar y organizar la repuesta definitiva y los tres (3) días restantes para obtener la firma del Gerente General o del Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones, para el proceso de radicación y entrega a correspondencia.

*Las solicitudes de información formuladas por otras entidades públicas para absolver peticiones de la ciudadanía, deben ser absueltas en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, de conformidad con lo ordenado en el parágrafo del Artículo 16 del Decreto 2150 de 1995.

*Cuando no sea posible resolver o contestar la petición en dicho plazo, se deberá informar al interesado, expresando los motivos de la demora y señalar a la vea la fecha en que se resolverá o dará respuesta. (Artículo 6 del Código Contencioso Administrativo).

*Las solicitudes de información o de documentación para proposiciones en el Concejo de Bogotá, en un plazo no mayor a tres (3) días, de conformidad con lo prescrito en el Artículo 51 del Acuerdo 95 de 2003, del concejo de Bogotá.

*Se debe tener en cuenta que no todos los derechos de petición o comunicaciones tienen 10 ó 15 días hábiles para su respuesta. Existen los llamados derechos preferenciales, que en la mayoría de los casos dan 3, 5 u 8 días para ser debidamente respondidos.

*Cuando la ley o los reglamentos exijan acreditar requisitos especiales para poder iniciarse o adelantarse la actuación administrativa, la relación de todos estos deberá fijarse en lugar visible al público en las dependencias de la entidad (Artículo 10 del Código Contencioso Administrativo)

*Cuando una petición no se acompañe de los documentos o informaciones necesarias, en el acto de recibo se le indicarán al peticionario los que falten; si insisten en que se radique, se le recibirá la petición dejando constancia expresa de las advertencias que le fueron hechas (Artículo 11 del Código Contencioso Administrativo).

*Si la información o documentos que proporcione el interesado al iniciar una actuación no son suficientes para decidir, se le requerirá por una sola vez con toda precisión y en la misma forma verbal o escrita en que haya actuado, el aporte de lo que haga falta. Este requerimiento interrumpe los términos establecidos para que la entidad decida. (Artículo 12 del Código Contencioso Administrativo)

*Las comunicaciones que contengan quejas, reclamos o sugerencias se resolverán o contestarán con sujeción a los principios, términos y procedimientos dispuestos para el ejercicio del Derecho de Petición, de acuerdo con lo dispuesto en el Código Contencioso Administrativo (Ley 190 de 1995 Estatuto Anticorrupción).

*Toda queja, sugerencia, reclamo o derecho de petición es radicado y fechado por el área de Correspondencia cuando se presente por documento físico.

*Las respuestas institucionales a las quejas, sugerencias, reclamos o Derecho de Petición presentadas a la entidad saldrán firmados por el Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones, con el visto bueno del funcionario que proyecta respuesta y del Director o Jefe de Oficina. Sin el cumplimiento de este requisito, la Oficina Asesora de Comunicaciones, Área de Servicio al Ciudadano, no podrá recibir las respuestas proyectadas.

*Las solicitudes de información formuladas por otras entidades públicas para absolver peticiones de la ciudadanía, deben ser absueltas en un plazo no mayor a diez (10) días hábiles, de conformidad con lo ordenado en el parágrafo del Artículo 16 del Decreto 2150 de 1995.

*La Oficina Asesora de Comunicaciones no aceptará ni firmará derechos de petición o comunicaciones cuyos plazos legales de respuesta estén vencidos.

6.1. Normas generales para el trámite Interno de solicitudes con plazo de respuesta de quince (15) días hábiles

*Sí la petición, reclamo, queja o solicitud de información llega directamente a una de las Direcciones u Oficinas de la entidad, el cumplimiento de los términos señalados anteriormente, será responsabilidad de la Dirección u Oficina ante la cual se formuló la petición.

*Las peticiones o solicitudes recibidas en la Oficina Asesora de Comunicaciones, que por su complejidad, naturaleza o especificidad deban ser absueltas por otra Dirección, Oficina o área, deben ser direccionadas al área respectiva por la Oficina Asesora de Comunicaciones, área de Servicio al Ciudadano, en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la petición o solicitud.

*El profesional del área competente o designada para proyectar la respuesta a una solicitud, remitirá, en un plazo no mayor a cinco días hábiles, posteriores a la fecha de recibo de la comunicación, el proyecto de respuesta, con el visto bueno del Jefe o Director , al área de Servicio al Ciudadano, para el trámite final de firma y envío.

6.2. Normas generales para el trámite Interno de solicitudes con plazo de respuesta de diez (10) días hábiles

*El cumplimiento del término señalado en el Decreto 2150 de 1995, diez (10) días hábiles a partir de la fecha de recibo de la solicitud, así como la suscripción y envío de la respuesta, será responsabilidad de la Dirección u Oficina a la que fue dirigida la solicitud.

*Sí la solicitud es recibida en la Oficina Asesora de Comunicaciones, área de Servicio al Ciudadano, el proyecto de respuesta debe ser enviado por la Dirección u Oficina competente, a dicha área, cuatro (4) días antes del vencimiento del término.

Nota: Los proyectos de respuesta a las solicitudes relacionadas en los numerales 6.1 y 6.2, que deban ser suscritos por el Gerente o Subgerente, deberán estar en su oficina para firma, cuatro (4) días antes del vencimiento del término de respuesta.

6.3. Normas generales para el trámite Interno de solicitudes con plazo de respuesta inferior a los diez (10) días hábiles

*Proposiciones del Concejo: Teniendo en cuenta que el plazo de respuesta es de tres (3) días, el proyecto de respuesta debe ser enviado a Gerencia y/o Subgerencia, según corresponda, el mismo día de recibo de la solicitud.

*Solicitudes Entes de Control con plazo de respuesta inferior a diez (10) días hábiles: El proyecto de respuesta, con el visto bueno del Director o Jefe de Oficina, debe ser enviado a la Oficina de Control Interno, para el trámite final de firma y envío, dos (2) días antes del vencimiento del plazo fijado por la entidad de control, en la respectiva solicitud.

Nota: Los proyectos de respuesta a las solicitudes relacionadas en el numeral 6.3, que deban ser suscritos por el Gerente o Subgerente, deberán estar en su oficina para firma, a mas tardar el día antes al vencimiento del plazo de respuesta.

7. PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA SOLUCIÓN DE QUEJAS, RECLAMOS, SUGERENCIAS Y SOLICITUDES

7.1. Solicitudes Escritas

PUNTO DE CONTROL

ETAPA

ACTIVIDAD

RESPONSABLE

 

10

Inicio

 

 

20

Clasificar la documentación que ingrese a la empresa, relacionada con derechos de petición, quejas, reclamos, sugerencias y solicitudes.

Auxiliar de Correspondencia

 

30

Radicar y digitalizar el documento que presenta el ciudadano y remitirlo a la Oficina Asesora de Comunicaciones y/o Gerencia o Subgerencia, según corresponda.

Auxiliar de Correspondencia

 

40

Recibir el documento, complementar información relacionada con el requerimiento, si es una queja, reclamo o sugerencia y enviar al Profesional Especializado de Servicio al Ciudadano.

Secretaria Oficina Asesora de Comunicaciones

 

50

Recibir los requerimientos.

Profesional Especializado de Servicio al Ciudadano

 

60

Leer y clasificar los requerimientos.

Profesional especializado de Servicio al Ciudadano

 

15?

¿El tema tratado es competencia de TRANSMILENIO S.A.?

Si: Ir a etapa 25?

No: Ir a etapa 70

Profesional especializado de Servicio al Ciudadano.

 

70

Preparar proyecto de carta remisoria a la entidad competente y proyecto de carta al ciudadano y/o usuario, informando traslado a otra entidad.

Profesional especializado de Servicio al Ciudadano

 

80

Ir a etapa 290

 

 

25?

¿El requerimiento se puede resolver directamente en Servicio al Ciudadano?

Si: Ir a etapa 110

No: Ir a etapa 90

Profesional especializado de Servicio al Ciudadano.

 

90

Direccionar de acuerdo con el tema al Profesional Especializado de cada área responsable del tema tratado o a través de correo al operador del servicio, para la preparación de la respuesta, dentro de los términos legales establecidos.

Profesional especializado Servicio al Ciudadano.

 

35?

El derecho de petición o la comunicación que ha recibido para proyectar la respuesta, es de la competencia de su Oficina?

Si: Ir a etapa 110

No: Ir a etapa 100

Profesional Especializado de cada área responsable del tema tratado y/o Operador del Sistema.

 

100

Informar inmediatamente a la Oficina de Comunicaciones, Área de Servicio al Ciudadano, para que esta proceda a remitirlo a la Oficina que le corresponde.

Profesional Especializado de cada área responsable del tema tratado y/o Operador del Sistema.

 

110

Preparar y Remitir proyecto de vía correo electrónico al Profesional Especializado de Servicio al Ciudadano.

Nota: Para el caso que el requerimiento sea contestado por el operador, este debe enviar una copia de la respuesta definitiva a la Oficina de Servicio al Ciudadano de Transmilenio S. A.

Profesional Especializado de cada área responsable del tema tratado y/o Operador del Sistema.

 

120

Preparar y consolidar proyecto de respuesta al ciudadano.

Profesional especializado Servicio al Ciudadano.

 

130

Enviar proyecto de respuesta al Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones.

Secretaria Oficina de Comunicaciones.

 

140

Revisar proyecto de respuesta.

Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones.

 

45?

Esta de acuerdo con el texto de la respuesta?

Si: Ir a etapa 150

No: Ir a etapa 120

Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones.

 

150

Recoger vistos buenos de personas que proyectaron respuesta.

Secretaria de la Oficina Asesora de Comunicaciones.

 

160

Finalizar en el CORDIS los documentos y elaborar planilla para entregar a correspondencia.

Secretaria de la Oficina Asesora de Comunicaciones.

 

170

Firmar respuesta.

Jefe de la Oficina Asesora de Comunicaciones.

 

180

Radicar correspondencia y elaborar planilla para entregar a correspondencia.

Secretaria Oficina Asesora de Comunicaciones.

 

190

Recibir y enviar a ciudadano y/o usuario la respuesta respectiva.

Auxiliar de correspondencia.

 

55?

¿La comunicación fue devuelta por el Área de Correspondencia por tener la dirección errada?

Si: Ir a etapa 230

No: Ir a etapa 200

 

 

200

Devolver copia de la respuesta al usuario a la Secretaria de la Oficina Asesora de Comunicaciones, con firma ó sello de recibido.

Auxiliar de Correspondencia.

 

210

Anexar el antecedente en original a la comunicación y archivarla.

Secretaria Oficina Asesora de Comunicaciones.

 

220

Ir a etapa 290

 

 

230

Verificar y confirmar con antecedente la dirección suministrada.

Secretaria Oficina Asesora de Comunicaciones.

 

240

Enviar nuevamente la comunicación al ciudadano.

Auxiliar de correspondencia.

 

65?

¿Fue entregada la respuesta al usuario?

Si: Ir a etapa 200

No: Ir a etapa 250

 

 

250

Ubicar en cartelera externa la comunicación durante quince (15) días calendario.

Auxiliar de correspondencia.

 

260

Elaborar, firmar y enviar el registro R-A-CA-013 Acta de Fijación y Desfijación con el motivo por el cual no fue entregada la comunicación al Área de Servicio al Ciudadano.

Auxiliar de correspondencia.

 

270

Firmar el registro R-A-CA-013 Acta de Fijación y Desfijación y pasarla a archivo.

Profesional Especializado de Servicio al Ciudadano.

 

280

Anexar el antecedente en original a la comunicación, el registro R-A-CA-013 Acta de Fijación y Desfijación y archivarla.

Secretaria Oficina Asesora de Comunicaciones.

 

290

Fin

 

7.2. Requerimientos Telefónicos y a través de los Puntos de Atención al Usuario PAU

PUNTO DE CONTROL

ETAPA

ACTIVIDAD

RESPONSABLE

 

10

Inicio

 
 

20

Llamar e informar la queja, reclamo ó sugerencia a la LINEA 195 y PAU

Usuario

 

30

Informar respuesta tipo y clave de acceso al usuario para poder consultar la respuesta emitida por TRANSMILENIO S.A., dentro de quince (15) días hábiles.

Funcionario de LINEA 195 o PAU

 

40

Dar traslado por medio del aplicativo SQS a TRANSMILENIO S.A.

Funcionario de LINEA 195 o PAU.

 

50

Apertura del requerimiento recibido a través del Aplicativo del SQS en Oficina de servicio al ciudadano.

Contratista operador del SQS y/o Profesional Universitario de Servicio al Ciudadano y/o Profesional especializado de Servicio al Ciudadano.

 

60

Análisis del requerimiento presentado.

Contratista operador del SQS y/o Profesional Universitario de Servicio al Ciudadano y/o Profesional especializado de Servicio al Ciudadano.

 

15?

¿El tema tratado es competencia de TRANSMILENIO S.A. y/o de una empresa operadora?

Si: Ir a etapa 25?

No: Ir a etapa 70.

Contratista operador del SQS y/o Profesional Universitario de Servicio al Ciudadano y/o Profesional especializado de Servicio al Ciudadano.

 

70

Devolver requerimiento a la Alcaldía Mayor de Bogotá a través del aplicativo SQS.

Contratista operador del SQS y/o Profesional Universitario de Servicio al Ciudadano y/o Profesional especializado de Servicio al Ciudadano.

 

80

Ir a etapa 160

 

 

25?

¿El requerimiento se puede resolver directamente en el Área de Servicio al Ciudadano?

Si: Ir a etapa 130

No: Ir a etapa 90

Contratista operador del SQS y/o Profesional Universitario de Servicio al Ciudadano y/o Profesional especializado de Servicio al Ciudadano.

 

90

Direccionar, a través del aplicativo de Quejas y Soluciones a la empresa operadora del servicio y/o al profesional especializado de Servicio al Ciudadano y/o al Profesional Especializado de cada área responsable del tema tratado.

Contratista operador del SQS y/o Profesional Universitario de Servicio al Ciudadano y/o Profesional especializado de Servicio al Ciudadano.

 

100

Leer el requerimiento recibido.

Profesional Especializado de cada área responsable del tema tratado y/o empresa operadora del servicio.

 

35?

¿El derecho de petición o la comunicación que ha recibido para proyectar la respuesta es de la competencia de su Oficina u Empresa?

Si: Ir a etapa 120.

No: Ir a etapa 110.

 

 

110

Informar a la Oficina de Comunicaciones, Área de Servicio al Ciudadano, para que esta proceda a remitirlo a la Oficina que le corresponde.

Profesional Especializado de cada área responsable del tema tratado y/o operador del Sistema.

 

120

Remitir proyecto de respuesta vía correo electrónico al requerimiento recibido.

Profesional Especializado de cada área responsable del tema tratado y/o operador del Sistema.

 

130

Abrir requerimiento y estructurar respuesta.

Profesional Especializado Servicio al Ciudadano.

 

140

Incorporar la respuesta al Aplicativo SQS y cerrar el requerimiento.

Profesional Especializado Servicio al Ciudadano.

 

150

Llamar telefónicamente al ciudadano al número registrado y leer respuesta al ciudadano.

Funcionario LINEA 195.

 

160

Fin

 

7.3. Requerimiento presentado de forma presencial en la sede principal

PUNTO DE CONTROL

ETAPA

ACTIVIDAD

RESPONSABLE

 

10

Inicio

 

 

20

Atender al ciudadano y escuchar su requerimiento

Profesionales Servicio al Ciudadano

 

30

Diligenciar el registro R-S-QR-001 Recepción De Requerimiento, establecido para la toma de requerimiento presencial.

Profesionales Servicio al Ciudadano.

 

15?

¿El tema tratado es competencia de TRANSMILENIO S.A.:?

Si: Ir a etapa 25?

No: Ir a etapa 40.

Profesionales Servicio al Ciudadano.

 

40

Informar al ciudadano y/o usuario la entidad competente y dar datos sobre dirección y teléfono de la misma.

Profesionales Servicio al Ciudadano.

 

50

Fin

 

 

25?

Se puede resolver directamente en el área de Servicio al Ciudadano?

Si: Ir a etapa 60

No: Ir a etapa 80.

Profesionales Servicio al Ciudadano.

 

60

Da respuesta al usuario sobre su requerimiento, en forma presencial, escrita o telefónica.

Profesionales Servicio al Ciudadano.

 

70

Fin

 

 

80

Tomar fotocopia formato R-S-QR-001, y entregar al Profesional del área competente y/o operador del servicio, vía fax.

Profesionales Servicio al Ciudadano.

 

90

Ir a etapa 90 procedimiento 7.1 Solicitudes Escritas.

 

7.4. Requerimientos Presentados en Feria de Servicios

PUNTO DE CONTROL

ETAPA

ACTIVIDAD

RESPONSABLE

 

10

Inicio

 

 

20

Presentar queja, reclamo ó sugerencia personalmente.

Usuario

 

30

Tomar requerimiento por escrito.

Profesionales Servicio al Ciudadano y/o Contratista operador del SQS.

 

40

Incluir en aplicativo SQS.

Profesionales Servicio al Ciudadano y/o Contratista operador del SQS.

 

50

Apertura del requerimiento recibido a través del Aplicativo del SQS en Oficina de servicio al ciudadano.

Profesionales Servicio al Ciudadano y/o Contratista operador del SQS.

 

60

Lectura del requerimiento presentado

Profesionales Servicio al Ciudadano y/o Contratista operador del SQS.

 

15?

El tema tratado es competencia de TRANSMILENIO S.A. y/o de una empresa operadora?

Si: Ir a etapa 25?

No: Ir a etapa 70

Profesionales Servicio al Ciudadano y/o Contratista operador del SQS.

 

70

Devolver requerimiento a la Alcaldía Mayor de Bogotá a través del aplicativo SQS.

Contratista operador del SQS/Profesional Universitario ó Profesional especializado.

 

80

Ir a etapa 160

 

 

25?

Se puede resolver directamente en el Área de Servicio al Ciudadano?

Si: Ir a etapa 130.

No: Ir a etapa 90.

Profesionales Servicio al Ciudadano y/o Contratista operador del SQS.

 

90

Direccionar, a través del aplicativo de Quejas y Soluciones a la empresa operadora del servicio o al profesional especializado de Servicio al ciudadano.

Profesionales Servicio al Ciudadano y/o Contratista operador del SQS

 

100

Leer y analizar el requerimiento recibido.

Profesional Especializado de cada área responsable del tema tratado y/o empresa operadora del servicio.

 

35?

¿El derecho de petición o la comunicación que ha recibido para proyectar la respuesta es de la competencia de su Oficina o Empresa?

Si: Ir a etapa 120

No: Ir a etapa 110

Profesional Especializado de cada área responsable del tema tratado y/o empresa operadora del servicio.

 

110

Informar a la Oficina de Comunicaciones, Área de Servicio al Ciudadano, para que esta proceda a remitirlo a la Oficina que le corresponde.

Profesional Especializado de cada área responsable del tema tratado y/o operador del Sistema.

 

120

Remitir proyecto de respuesta vía correo electrónico al requerimiento recibido.

Profesional Especializado de cada área responsable del tema tratado y/o operador del Sistema.

 

130

Abrir requerimiento y estructura respuesta.

Profesional Especializado Servicio al Ciudadano.

 

140

Incorpora la respuesta al Aplicativo SQS y cierra el requerimiento.

Profesional Especializado Servicio al Ciudadano.

 

150

Llamar telefónicamente al ciudadano al número registrado y leer respuesta al ciudadano.

Funcionario LINEA 195.

 

160

Fin

 

8. TABLA DE FORMATOS

CODIGO

NOMBRE REGISTRO

UBICACION

RESPONSABLE

R-S-QR-001

Recepción de requerimiento.

Oficina Profesional Servicio al Ciudadano.

Profesional Especializado Servicio al Ciudadano.

R-A-CA-013

Acta de fijación y desfijación.

Oficina Profesional de Recursos Humanos.

Profesional Especializado de Talento Humano

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4144 de enero 30 de 2009.