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Decreto 166 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/04/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/04/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4198 de abril 30 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

La Secretaria de Hacienda de Santa Fe de Bogotá, D. C., en uso de las facultades conferidas por el artículo 1° del Decreto 396 de 1996 y,

DECRETO 166 DE 2009

(Abril 29)

"Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2009 con cargo al Fondo de Compensación Distrital"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL,

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 3° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 35 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 2 del Decreto 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2°, dispone que, cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital, se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que adicionalmente, el mismo artículo 2º. dispone que cuando las operaciones presupuestales afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital, se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 271 del 27 de abril de 2009.

Que la Secretaría Distrital de Integración Social requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento – Gastos Generales en los rubros "Materiales y Suministros", "Gastos de Transporte y comunicación", "Mantenimiento Entidad", "Seguros Entidad" y "Servicios Públicos", con el fin de garantizar la normal prestación de los servicios por la entidad, los cuales son inaplazables, dada la reorganización presupuestal de la entidad y los déficits de algunos de ellos.

Que la Lotería de Bogotá requiere apropiar y acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento – Gastos Generales en el rubro "Arrendamientos", para atender el canon de arrendamiento de su sede temporal mientras se llevan a cabo las obras de reparación del edificio donde habitualmente funcionan.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Trasladar en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2009, la suma de Seis Mil Novecientos Millones Pesos ($6.900.000.000) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS

111

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

6.900.000.000

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

3

GASTOS

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

 

3.1.3.02

OTRAS TRANSFERENCIAS

 

 

3.1.3.02.01

Fondo de Compensación Distrital

6.900.000.000

 

SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS

6.900.000.000

CRÉDITOS

111

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

400.000.000

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

3

GASTOS

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3.1.3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

3.1.3.02

OTRAS TRANSFERENCIAS

3.1.3.02.16

Lotería de Bogotá

400.000.000

122

SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACION SOCIAL

6.500.000.000

3

GASTOS

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.2

GASTOS GENERALES

 

 

3.1.2.01

Adquisiciones de Bienes

 

 

3.1.2.01.04

Materiales y Suministros

200.000.000

 

3.1.2.02

Adquisiciones de Servicios

 

 

3.1.2.02.03

Gastos de Transporte y Comunicación

2.400.000.000

 

3.1.2.02.05

Mantenimiento y Reparaciones

 

 

3.1.2.02.05.01

Mantenimiento Entidad

1.000.000.000

 

3.1.2.02.06

Seguros

 

 

3.1.2.02.06.01

Seguros Entidad

300.000.000

 

3.1.2.02.08

Servicios Públicos

 

 

3.1.2.02.08.01

Energía

858.000.000

 

3.1.2.02.08.02

Acueducto y Alcantarillado

1.326.000.000

 

3.1.2.02.08.03

Aseo

104.000.000

 

3.1.2.02.08.04

Teléfono

312.000.000

SUMAN LOS CRÉDITOS

6.900.000.000

ARTÍCULO 2º. La modificación de que trata el artículo primero del presente Decreto, en lo pertinente a las Transferencias para Funcionamiento de la "Lotería de Bogotá", se reflejará en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de dicha empresa, así:

240

LOTERÍA DE BOGOTA

 

2

INGRESOS

 

400.000.000

2.3

RECURSOS DE CAPITAL

 

 

2.3.4

Aportes de Capital

400.000.000

 

3

GASTOS

 

400.000.000

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

3.1.2

GASTOS GENERALES

 

 

3.1.2.01

Adquisiciones de Bienes y Servicios

 

 

3.1.2.01.21

Arrendamientos

400.000.000

 

ARTÍCULO 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

29 de abril de 2009

La Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. (E)

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

El Secretario Distrital de Hacienda (E)

RICARDO SALAS SILVA

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4198 de abril 30 de 2009