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Resolución 16 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/04/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/04/2009
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 016 DE 2009

(Abril 29)

"Por la cual se delega la representación del Alcalde Mayor en el Comité Local de Salud Ocupacional"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 2 del artículo 17 del Decreto Nacional 16 de 1997, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, los numerales 1 y 3 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO.

Que mediante el Decreto Nacional 16 de 1997, el Presidente de la República reglamentó la integración, el funcionamiento y la red de los comités nacional, seccionales y locales de salud ocupacional.

Que en el artículo 17 del citado Decreto Nacional se ordena la integración de los Comités Locales de Salud Ocupacional en los municipios donde exista inspección de trabajo y seguridad social y en aquellos que se requieran a juicio del Comité Seccional de Salud Ocupacional, atendiendo las necesidades socio-laborales y la densidad poblacional.

Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 17 ibídem, en la conformación del citado Comité hace parte el Alcalde del municipio o distrito, o su delegado.

Que mediante el oficio No. 25008053 del 9 de marzo de 2009, la Directora Territorial de Cundinamarca informó el vencimiento del Comité Local de Salud Ocupacional de Bogotá 2007-2009.

Que con base en los numerales 1 y 3 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, compete al Alcalde Mayor, hacer cumplir los Decretos del Gobierno y dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Delegar en el (la) Subdirector (a) Técnico (a) de Recreación y Deporte del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, la representación del Alcalde Mayor en el Comité Local de Salud Ocupacional, para el periodo 2009-2011.

ARTÍCULO 2º.- Remitir copia de esta Resolución a la Dirección Territorial de Cundinamarca del Ministerio de la Protección Social.

ARTÍCULO 3º.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición deroga la Resolución 48 de 2006.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C., a los 29 días del mes de abril de 2009

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor