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Resolución 1494 de 2008 Fondo Financiero Distrital de Salud

Fecha de Expedición:
31/12/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/12/2008
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1494 DE 2008

(Diciembre 31)

"Por la cual se adopta el Manual de Supervisión o Interventoría de los contratos suscritos por la Secretaría Distrital de Salud – Fondo Financiero Distrital de Salud y se modifica el numeral 14 del Artículo 5º e (sic) la Resolución No. 970 del 14 de septiembre de 2001"

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el Decreto Distrital 122 de 2007 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa se debe desarrollar con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, por lo cual se hace necesario establecer un procedimiento que haga más ágil y eficiente los procesos de la gestión contractual de la Secretaría Distrital de Salud – Fondo Financiero Distrital de Salud.

Que la Secretaría Distrital de Salud viene implementando el sistema de gestión de calidad y el modelo estándar de control interno MECI por lo que se hace necesario estandarizar la función de supervisión o interventoría en los contratos suscritos tanto por la Secretaría Distrital de Salud como el Fondo Financiero Distrital de Salud.

Que dentro de la implementación de los sistemas mencionados, la Secretaría Distrital de Salud formuló un plan de mejoramiento ante la Contraloría Distrital en cuyos numerales 3.2.2.1. y 3.5.9 se adquirió el compromiso de contar con un Manual de Supervisión, para su difusión en el 100% de las dependencias que conforman la entidad y modificar el contenido de la Resolución No. 970 de 2001 en el sentido de establecer que la liquidación de los contratos la efectúa la Dirección Jurídica y de contratación.

Que con el fin de dar cumplimiento a las metas propuestas en el plan de mejoramiento mencionado el Secretario distrital de Salud – Director Ejecutivo del Fondo Financiero Distrital de Salud y en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO.- Adoptar el Manual de Supervisión o Interventoría de los contratos suscritos por la Secretaría Distrital de Salud – Fondo Financiero Distrital de Salud, el cual hace parte integral de esta resolución.

ARTÍCULO  SEGUNDO.- Modificar el Numeral 14 del Artículo 5º el cual quedará así: "14. Solicitar a la Dirección Jurídica y de Contratación, cuando se requiera, la liquidación de los contratos o convenios de conformidad con los (sic) previsto en la Ley 80 de 1993, para que adelante el trámite respectivo, informando los pagos efectuados al contratista, los saldos a favor del mismo y/o de la Entidad.

ARTÍCULO TERCERO.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el No. 14 del Artículo 5º de la Resolución No. 970 del 14 de septiembre de 2001 y demás disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de diciembre de 2008

HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ

Director Ejecutivo FFDS