RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Proyecto de Acuerdo 320 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/07/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Bogotá D.C., Julio 27 de 2009

Doctora

ROSA HELENA MORALES

Secretaria De Despacho

Secretaria General

Concejo de Bogotá

REFERENCIA: RADICACION DE PROYECTO DE ACUERDO

Respetada doctora:

Para los fines pertinentes me permito presentar a consideración del Concejo de Bogotá el Proyecto de Acuerdo "Por medio del cual se fortalece el servicio de inteligencia de la Policía Metropolitana de Bogotá y se dictan otras disposiciones", para su estudio y análisis.

Atentamente,

HIPÓLITO MORENO GUTIÉRREZ

JAVIER PALACIO MEJIA

H. Concejal de Bogotá

Vocero de la Bancada

BANCADA PARTIDO DE LA U

PROYECTO DE ACUERDO N°. 320 DE 2009

"POR MEDIO DEL CUAL SE FORTALECE EL SERVICIO DE INTELIGENCIA DE LA POLICIA METROPOLITANA DE BOGOTÁ Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

1. OBJETIVO GENERAL

El presente Proyecto de Acuerdo presentado a la Honorable Corporación, tiene como objetivo diseñar un marco jurídico por medio del cual se fortalece el servicio de inteligencia de la Policía Metropolitana de Bogotá, para que esté en condiciones de contrarrestar, el crimen organizado, y las manifestaciones violentas que ponen en peligro la cotidianidad y la convivencia ciudadana.

A pesar de que en Bogotá, no se sufren las "manifestaciones más dramáticas del conflicto armado, algunos de sus efectos y características inciden en los comportamientos delincuenciales de la criminalidad urbana"1 pues cada vez, con mayor intensidad, esta criminalidad adquiere mejores formas de sofisticación por la incidencia que ha tenido la presencia de grupos al margen de la ley en algunas zonas importantes de la ciudad.

Así por ejemplo, atentados como los presentados en el club el Nogal o el de la tienda de videos Blockbuster, constituyen para la ciudad la necesidad del advenimiento de medidas que contrarresten de manera efectiva los comportamientos delincuenciales, que se multiplican progresivamente dada la relación establecida entre el mundo mafioso con las guerrillas y los grupos paramilitares.

La prolongación del conflicto armado en nuestro país y el avance no solo de las maniobras, sino también de las tecnologías delincuenciales, han traido como consecuencia la transformación del Modus Operando de los grupos armados al margen de la ley, abriendo paso a operaciones de tipo terrorista caracterizadas esencialmente por: 1. Difundir miedo masivo a la población demostrando capacidad de generar daño sorpresivo. 2. Tienen una alta difusión en los medios de comunicación (proporcionándoles difusión) y 3. Son complejas para contrarrestar y/o prevenir pues, el cómo cuándo y dónde se llevaran a cabo, son preguntas de difícil respuesta.

Es decir, hoy el terrorismo es una alternativa real para los grupos al margen de la ley, pues con esta pueden, ante la presión ejercida por el gobierno Nacional, no solo luchar contra la política de seguridad democrática sino también de perpetrar daño a empresarios, comerciantes, políticos, fuerzas armadas y población civil que no se doblegan a las extorsiones y a las constantes amenazas de secuestro que estos grupos ejercen en la ciudad.

En este sentido, el fortalecimiento de los servicios de inteligencia para la ciudad deben estar encaminados a proteger la vida e integridad de todos los ciudadanos, pues de acuerdo al legislador "Un servicio de inteligencia es el responsable de facilitar al Gobierno la información, análisis y estudios que no están al alcance de otras instituciones, para que pueda tomar decisiones que contrarresten con eficacia amenazas y agresiones a la estabilidad y los intereses de la nación y sus instituciones. Tal servicio se presta a través de organismos especializados"2

También, las amenazas que afronta la ciudad demandan la necesidad de visualizar un modelo de fortalecimiento y desarrollo tecnológico que ayude al sostenimiento del componente logístico del Servicio de Inteligencia Policial. Este modelo debe diseñarse teniendo en cuenta las necesidades proyectadas para los próximos 10 años, garantizando que el servicio de inteligencia policial se mantenga a la vanguardia de los requerimientos en seguridad y prevención.

Por lo tanto, inicialmente deben resolverse una serie de requerimientos de primer y segundo orden (necesidades) que oscilan entre elementales y de gran inversión, pero que se vuelven fundamentales para el adecuado funcionamiento del Servicio de Inteligencia de la policía, permitiendo así la posibilidad de brindar un servicio eficiente y eficaz, especialmente en las zonas críticas anunciadas por la Secretaria de Gobierno, cuya problemática está más asentada, y presenta las siguientes amenazas.

*El terrorismo.

*El negocio de las drogas ilícitas.

*Las finanzas ilícitas.

*El tráfico de armas, municiones y explosivos.

*El secuestro y la extorsión.

*El homicidio.

*El hurto en diferentes modalidades.

2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

*Preservar el servicio de inteligencia de la Policía Metropolitana de Bogotá, como una herramienta fundamental en la lucha para contrarrestar los distintos factores perturbadores de la seguridad y convivencia ciudadana específicamente de las zonas críticas dispuestas por el gobierno distrital.

*Adquirir los medios tecnológicos, para la adecuada recolección y procesamiento de información para fortalecer el departamento de inteligencia de la policía metropolitana.

*Modernizar la plataforma tecnológica actual, generando una cultura de renovación y actualización constante, evaluando la funcionalidad de lo existente, frente a los nuevos adelantos tecnológicos con aplicación en el ámbito de inteligencia.

*Proporcionar medios técnicos y vehículos aptos para el servicio de inteligencia policial.

*Reducir los delitos de mayor impacto en la ciudad, generando una mejor percepción de seguridad en la ciudad.

*Prevenir ataques en la infraestructura de Bogotá, a las instituciones que en ella funcionan y a los ciudadanos en general.

*Preservar la vida, la integridad y el patrimonio de los ciudadanos capitalinos.

3. JUSTIFICACION TÉCNICA DEL PROYECTO

Para lograr una labor más efectiva frente a organizaciones criminales se deben fortalecer los mecanismos de inteligencia ya que el éxito de las operaciones depende de una adecuada y oportuna información. Si bien es cierto, no se pueden desconocer los esfuerzos que ha venido realizando el Fondo de Vigilancia y Seguridad del Distrito, enfocados a la adquisición de tecnología y mejoramiento de las instalaciones de la Seccional de Inteligencia, los mismos son apenas puntos de partida y la base de una estrategia que debe ser complementada y proyectada, con miras a fortalecer y darle sostenibilidad en el tiempo, a los diferentes proyectos que permitan el adecuado cumplimiento de la misionalidad del servicio de inteligencia en la ciudad de Bogotá.

Existen en la actualidad falencias y necesidades básicas que no han sido contempladas, y otras de mayor complejidad que tienen que ir siendo visualizadas en el futuro inmediato a fin de consolidar el servicio de inteligencia de la Policía Metropolitana de Bogotá, para mejorar y optimizar el cumplimiento real de sus funciones, ampliando su capacidad de atención a los distintos requerimientos en seguridad, no solo a los de carácter coyuntural. La necesidad de descentralizar el servicio de inteligencia se incrementa con el crecimiento desmedido de la ciudad.

En la medida en que se le creen a la organización policial, tentáculos que cubran la totalidad de la ciudad se podrá prevenir y combatir la criminalidad y la corrupción rampante.

POBLACION Y ZONAS AFECTADAS

Este apoyo logístico y tecnológico beneficia también a los más de 6´000.000 habitantes de Bogotá D.C., ya que se responde de una mejor forma a los requerimientos de los ciudadanos. En la actualidad, la seccional de inteligencia no cuenta con un rubro especial para atender las necesidades que a diario necesita el servicio de inteligencia para dar una respuesta eficiente a los requerimientos de la ciudadanía, así como el pago de información a quienes aporten datos que colaboren con la gestión policial de protección a la ciudadanía, haciendo efectivo el plan de incentivos y recompensas existente.

DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto se realizaría en dos fases a saber:

Primera fase:

Evaluación y diagnostico de la capacidad actual infraestructura y cobertura de las necesidades de mantenimiento y sostenibilidad, realizando una nivelación que permita integrar algunos recursos existentes con otros que hacen falta. (Desde el Primer año y los subsiguientes)

Segunda fase:

Ampliación de las instalaciones, incremento de personal, vehículos, medios técnicos, y modernización de tecnologías aplicadas al servicio de inteligencia policial, en forma progresiva y paralela en busca de alcanzar un modelo ideal. (Del segundo hasta el quinto año)

METAS FÍSICAS DEL PROYECTO 2009

Debido a la amplitud de aspectos que pretende abarcar el proyecto, a fin de brindar una solución integral a todas las falencias de tipo logístico que en la actualidad presenta la seccional, las metas se dan en los distintos aspectos a fortalecer, desarrollar y sostener.

*Presupuesto

Una de las principales falencias que presenta la seccional de inteligencia para su adecuado funcionamiento, radica en la carencia de los recursos económicos que permitan el pago de información, insumo fundamental que permite obtener datos de interés sobre objetivos específicos para inteligencia o contrainteligencia.

Frente a este tema, es importante resaltar la necesidad de solventar los gastos en la colección de información estratégica que surgen del control de objetivos y/o el sostenimiento de una fuente que requiera del suministro de dinero para el cubrimiento de diferentes requerimientos (transporte, tarjetas de llamadas, alojamiento, alimentación, entre otros).

Es necesario aclarar que existe una diferencia entre el pago de recompensas, que básicamente se da a las personas que brindan información puntual que permite la obtención inmediata de un resultado tangible y el pago de información que se produce cuando una fuente humana que puede ser especializada, casual o reclutada, suministra elementos importantes para el desarrollo de una operación de inteligencia.

*Capacitación

Aunque la capacitación en los temas propios de inteligencia, viene siendo dada por la Escuela de Inteligencia y Contrainteligencia de la Policía Nacional, existe la necesidad el apoyo con recursos específicos, el proceso para acceder a Diplomados, cursos, seminarios y otros eventos académicos que permitan a los hombres de inteligencia fortalecer, afianzar y ampliar sus conocimientos en temas que aporten en un proceso de especialización para adelantar cada una de sus tareas específicas.

Esto permitirá paulatinamente contribuir al perfeccionamiento de la formación del hombre de inteligencia, logrando con ello un adecuado aporte a la producción de inteligencia en todos los ámbitos.

La meta en este aspecto es generar el presupuesto necesario para brindar anualmente capacitación especializada al personal, en forma paralela al crecimiento.

*Curso de Poligrafía.

*Diplomado en Seguridad.

*Capacitación especializada en sistemas (hackers).

*Otras carreras y eventos académicos que fortalezcan el conocimiento en los distintos temas de interés, tanto en Colombia, como la posibilidad de capacitación en otros países.

*Infraestructura

En este tema se establecen tres aspectos relevantes, el primero radica en la necesidad de garantizar los gastos recurrentes de mantenimiento del edificio entregado en comodato para el funcionamiento de la seccional de inteligencia, el segundo en la materialización de la propuesta de ampliación de las instalaciones existentes hacia la ala oriental, espacio disponible en la estación de policía Teusaquillo.

*Equipos de inteligencia

La meta en este sentido consiste en contar con los equipos necesarios y adecuados para la realización de las siguientes actividades:

*Equipos tácticos para el control del espectro electromagnético en sus diferentes gamas de frecuencia.

*Equipos tácticos para el monitoreo de las tecnologías existentes de telefonía celular como GSM y PCS y otras que surjan en el futuro.

*Equipos de contrainteligencia para realizar las inspecciones de seguridad que buscan la detección de circuitos electrónicos.

*Equipos para el monitoreo de audio y video.

*Equipos de seguimiento electrónico de los objetivos operacionales.

*Equipos tácticos de monitoreo de tecnología PCPIP y especialmente IP.

*Equipos de poligrafía.

*Equipos de cómputo

La meta en este ámbito radica en ampliar el número de computadores inicialmente con la adquisición de 10 nuevos equipos que nivelen el déficit actual, que permitan mejorar la capacidad de procesamiento de información y a su vez optimizar el uso de los medios existentes, como las estaciones de trabajo que no cuentan con este medio, los puntos de red y el servidor dispuesto para el almacenamiento adecuado de la información.

Se deben adquirir 5 equipos de impresión que permitan implementar el modelo de un centro de impresión de documentos, teniendo en cuenta que los equipos utilizados generan un alto costo y en la actualidad existen otros que pueden brindar una mayor calidad, capacidad y economía.

*Vehículos

Aumentar el parque automotor existente, específicamente en motos el cual se hace insuficiente para atender los diferentes servicios y requerimientos, en esta ocasión las zonas críticas de la ciudad. Así mismo contemplando dentro de los requerimientos el suministro de 2 vehículos con características especiales para ser acondicionados como Laboratorios Móviles de Producción de Inteligencia - LAMPI, para la realización de labores especializadas de inteligencia, destinados al control del espectro radioeléctrico y a la recolección de información por fuente técnica en puntos estratégicos de la ciudad y al apoyo de las operaciones de inteligencia contra las organizaciones delincuenciales.

ASPECTOS INSTITUCIONALES

La Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional es el organismo rector del servicio de inteligencia Policial y está integrado por la Central de Inteligencia Policial, las Unidades Regionales de Inteligencia Táctica y las Seccionales de Inteligencia; estas últimas dependiendo operativa y disciplinariamente de los Comandos de Departamento de Policía y administrativamente de la Dirección de Inteligencia. La dependencia administrativa comprende el direccionamiento del Servicio de Inteligencia, la administración del recurso humano en cuanto a la capacitación, vinculación, traslados y desvinculación, lo mismo que la orientación y apoyo para el crecimiento y desarrollo tecnológico.

La Seccional de inteligencia de la Policía Metropolitana de Bogotá, gracias al apoyo del Distrito ha tenido una transformación en su plataforma tecnológica y planta física, que posesiona a esta unidad como la Seccional mas fortalecida a nivel país. Sin embargo persiste la necesidad de continuar dicho avance, teniendo en cuenta la transformación de la capital y las necesidades que la aquejan.

OPERATIVIDAD DE LAS UNIDADES BASICAS DE INTELIGENCIA –UBI-

Las Unidades Básicas de Inteligencia –UBI- son estructuras que operan en cada uno de los cuatro Comandos Operativos de la Policía Metropolitana de existentes en Bogotá, se caracterizan por:

*Ser unidades especializadas en recolección, procesamiento, verificación de información y desarrollo operaciones.

*Tratamiento de la información en términos de clasificación, organización y valoración preliminar.

*Dependencia directa de la Seccional de Inteligencia.

*Ejes de administración de información - Asesoramiento y orientación Institucional y Distrital.

De convertirse en Acuerdo este proyecto las UBI contarían con una infraestructura importante, ya que debido a los procesos de modernización internos de la Policía se ha contado con la inauguración de modernas sedes en sectores estratégicos de la ciudad como es el caso del comando de la policía en la localidad de Ciudad Bolívar.

En el proceso de fortalecimiento de las UBI y en cada una de sus fases de ejecución la logística y elementos tecnológicos necesarios para el éxito de las misiones propuestas se mencionan en el siguiente cuadro:

4. MARCO NORMATIVO

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

Artículo 2. Son fines esenciales del Estado. En el inciso segundo señala: "Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares".

Artículo 11: El Derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.

Entendido no solo como aquella restricción en materia penal, pero no permite al legislador crear penas que atenten contra la vida del procesado, sino como aquella obligación que asiste al Estado para proteger la vida de todos sus ciudadanos.

Artículo 15. Derecho a la Intimidad – Habeas Data – Inviolabilidad de Documentos Privados. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.

En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución.

La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley.

Artículo 20. Derecho a la Información. En el inciso primero señala: "Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación".

Artículo 22. La Paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.

Articulo 24. Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio Nacional, a entrar y salir de él y a permanecer y residenciarse en Colombia.

Solo la ley puede establecer limitaciones en este tema, la amenaza terrorista impide la libre circulación.

Artículo 75. El espectro electromagnético es un bien público inajenable e imprescriptible sujeto a la gestión y control del Estado. Se garantiza la igualdad de oportunidades en el acceso a su uso en los términos que fije la ley.

Para garantizar el pluralismo informativo y la competencia, el Estado intervendrá por mandato de la ley para evitar las prácticas monopolísticas en el uso del espectro electromagnético.

Artículo 123. Servidores Públicos. En el inciso segundo señala: "Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento."

Artículo 216. Fuerza Pública. En el inciso primero señala: La fuerza pública estará integrada en forma exclusiva por las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

Artículo 218. La ley organizará el cuerpo de Policía. La Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil, a cargo de la Nación, cuyo fin primordial es el mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas, y para asegurar que los habitantes de Colombia convivan en paz.

ACUERDO No. 308 DE 2008 (9 DE JUNIO DE 2008) POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ, D. C., 2008 – 2012 "BOGOTÁ POSITIVA: PARA VIVIR MEJOR"

PROGRAMA

Bogotá segura y humana.

Sectores relacionados: Gobierno, Cultura, Recreación y Deporte.

PROYECTO

Fortalecimiento de la Policía Metropolitana de Bogotá.

META

Definir un proceso para fortalecer las operaciones de inteligencia e investigación a cargo de la Policía Metropolitana de Bogotá.

DECRETO No. 503 del 30 Diciembre de 2003

Por el cual se adopta el Plan Maestro de Equipamientos de Seguridad Ciudadana, Defensa y Justicia para Bogotá D.C.

PREVENCIÓN, DISUASIÓN E INTELIGENCIA

ARTICULO 11. Políticas. Con el fin de propiciar el cumplimiento de los objetivos general y específicos del Plan, se adoptan las siguientes políticas en materia de prevención, disuasión e inteligencia:

e. Asegurar la presencia de la Policía Nacional en todas las localidades de Bogotá.

f.

a. Incrementar la interacción entre la ciudadanía y la Policía Nacional

b.

g. Establecer espacios de coordinación interinstitucional efectivos para el manejo y uso de la información, revaluando los esquemas de coordinación actualmente existentes.

ARTICULO 12. Actividades Estratégicas:

Vincular Promotores de Convivencia Ciudadana para que cada barrio disponga de por lo menos uno de ellos.

Orientar las Unidades de Apoyo hacia la formación y apoyo logístico de los promotores de convivencia, los mediadores comunitarios y la Policía Nacional, para el cumplimiento de sus funciones de prevención, la difusión del Código de Policía y la adopción de comportamientos seguros.

ARTICULO 13. Equipamiento requerido para la Prevención, Disuasión e Inteligencia:

El Equipamiento requerido para las funciones de prevención, disuasión e inteligencia se compone de (i) unidades de apoyo a la justicia comunitaria, (ii) batallones del ejército.

Parágrafo: Se promoverá la instalación de un comité interinstitucional con delegados del Ministro de Defensa, el Ejercito Nacional, la Secretaría de Gobierno de Bogotá y el Departamento Administrativo de Planeación Distrital para evaluar las alternativas de solución a las problemáticas urbanas ligadas a los equipamientos del Ejercito en la Ciudad.

Esta instancia de trabajo conjunto además convocará además la participación de la Fiscalía General de la Nación, el DAS y la Policía Nacional, para evaluar la propuesta de Centro de Información Estratégica para la Ciudad -Región (CDI) o de otras propuestas que viabilicen espacios de coordinación interinstitucional efectivos para el manejo y uso de la información.

ARTICULO 39. Políticas. Con el fin de propiciar el cumplimiento de los objetivos general y específicos del Plan, se adoptan las siguientes políticas en materia de ejercicio de la potestad de policía.

a. Mejorar la infraestructura para fortalecer las funciones preventivas y de investigación, y hacer más efectivo el proceso de retención policial.

Decretos

Decreto 2252, de diciembre de 1995, desarrolla la Ley 180 y establece las funciones de cada una de las dependencias institucionales. En los artículos del 48 al 54, se establecen las funciones de la Dirección y de las Divisiones de la Dirección de Inteligencia.

Decreto 2233, de diciembre de 1995, que creó el Sistema Nacional de Inteligencia y dentro de él los Consejos Técnicos Nacional y Seccionales de Inteligencia.

Decreto 1686, de Junio de 1997. "Por el cual se suprimen y fusionan unas dependencias de la Policía Nacional del Ministerio de Defensa Nacional.

Decreto 2158, de septiembre de 1997 "Por el cual se desarrolla la estructura orgánica, se determina la visión, misión, funciones y principios de la gestión en la Policía Nacional".

Decreto 1512, del 11 de agosto de 2000 "Por el cual se modifica la estructura orgánica del Ministerio de Defensa Nacional y se dictan otras disposiciones". En el artículo 6 se establece la estructura del Ministerio de Defensa Nacional, el numeral 7 hace relación a la conformación de la Policía Nacional y el numeral 7.1.3 señala a la Dirección Central de Inteligencia. A su vez, el artículo 39 establece las funciones de la Dirección Central de Inteligencia.

Leyes

Ley 62 de 1993, Por la cual se expiden normas sobre la Policía Nacional, se crea un establecimiento público de seguridad social y bienestar para la Policía Nacional, se crea la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se reviste de facultades extraordinarias al Presidente de la República.

Ley 180 de 1995, Por la cual se modifican y expiden algunas disposiciones sobre la Policía Nacional. El artículo segundo señala la organización de la institución policial, creándose la Dirección de Inteligencia dentro de las direcciones especializadas por áreas de servicio. Artículo que fue derogado por el Decreto 1686 de 1997, manteniendo en su artículo 3 la Dirección de Inteligencia dentro de la estructura policial, recogida a su vez por el Decreto 1512 de 2000.

LEY 418 de 1.997

Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones.

Artículo 15. Para los efectos de esta Ley se entiende por victimas, aquellas personas de la población civil que sufren perjuicios en su vida, grave detrioro en su integridad personal y/o bienes, por razón de actos que se susciten en el marco del conflicto armado interno, tales como atentados terroristas, combates, ataques y masacres entre otros.

Ley 804 de 2003

"Por medio de la cual se aprueba el Convenio Internacional para la represión de los Atentados Terroristas cometidos con bombas, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el quince (15) de diciembre de Mil novecientos noventa y siete (1.997)".

Colombia es un país que ha mostrado vocación de acatar tratados internacionales encaminados a defender la población civil ante los desmanes emanados en un conflicto interno, leyes como la 804 de 2003 plantean un compromiso de la Nación, para enfrentar la ocurrencia de los Atentados Terroristas, esto sin dejar de lado leyes internas, como el código penal que dan el mas fuerte tratamiento a los actos allí tipificados en este tema.

DIRECTIVAS

Directiva permanente Número 0l8 DIPON, de diciembre de 1995, mediante la cual se organiza y desarrolla la Junta de Inteligencia Policial.

Resoluciones

Resolución No. 10033 del 13 de noviembre de 1992 de la Dirección General de la Policía Nacional, mediante la cual se aprobó el Manual de Inteligencia.

Resolución No. 02636 del 17 de Julio de 2001 de la Dirección General de la Policía Nacional, mediante la cual se definió la estructura orgánica interna de la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional.

Resolución No. 00703 del 27 de Marzo de 2002. Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No. 02636 del 17 de Julio de 2001, que definió la estructura orgánica interna de la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional. Las modificaciones estuvieron orientadas a la creación del Grupo de Inteligencia Regional y la reorganización de las ocho Subcentrales de Inteligencia, conforme lo dispuesto en la Resolución No. 3944 del 29 de octubre de 2001.

Resolución No. 01294 de Abril de 2008.

Sentencia C225/95:

"El derecho humanitario en manera alguna legitima la guerra, lo que busca es garantizar que las partes en contienda adopten las medidas para proteger a la persona humana. Las normas humanitarias, lejos de legitimar la guerra, aparecen como una proyección de la búsqueda de la paz, que es en el constitucionalismo colombiano un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento…".

IMPACTO FISCAL

El impacto fiscal que se genere con el presente Proyecto de Acuerdo será cubierto con los recursos dispuestos y comprometidos para tal efecto en el Plan de Desarrollo "Bogotá Positiva: para vivir mejor", Plan Maestro articulo 45 y 46, POT y Planes Maestros.

HIPÓLITO MORENO GUTIÉRREZ

JAVIER PALACIO MEJIA

H. Concejal de Bogotá

Vocero de la Bancada

BANCADA PARTIDO DE LA U

PROYECTO DE ACUERDO nO.____ DE 2009

"POR MEDIO DEL CUAL SE FORTALECE EL SERVICIO DE INTELIGENCIA DE LA POLICIA METROPOLITANA DE BOGOTÁ Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto-Ley 1421 de 1993 y en la Ley 850 de 2003.

ACUERDA:

Artículo 1. DEFINICIÓN: Las Unidades Básicas de Inteligencia UBI - son estructuras que operan en cada uno de los cuatro Comandos Operativos de la Policía Metropolitana, facilitando la actividad operativa en las zonas de mayor conflicto y permitiendo una vigilancia especifica de los sectores asignados con una adecuada capacidad de respuesta.

Articulo 2. OBJETIVO: Las UBI están encaminadas a prevenir, neutralizar y eliminar las perturbaciones de seguridad y tranquilidad, mediante la descentralización del servicio de inteligencia en el área metropolitana y garantizar la coexistencia de los Derechos y libertades individuales y colectivas que resulten de la vida en comunidad.

Artículo 3. La Secretaría Distrital de Gobierno dispondrá de los recursos necesarios y suficientes para fortalecer con los medios logísticos, tecnológicos y humanos la Seccional de Inteligencia de la Policía Metropolitana de Bogotá -SIPOL-, en lo correspondiente a las UNIDADES BASICAS DE INTELIGENCIA -UBI- ubicadas en los cuatro comandos operativos que conforman la MEBOG, debiendo acatar con lo dispuesto en los normas vigentes entre otras el Plan Maestro de Equipamientos de Seguridad Ciudadana, Defensa y Justicia para Bogotá D.C.

Artículo 4. La Secretaría Distrital de Gobierno y la Policía Metropolitana de Bogotá, tendrán a su cargo el diseño y ejecución de los recursos asignados acatando los planes de acción con que estas instituciones cuenten.

PARAGRAFO. La orientación, control y evaluación de las actividades, así como los resultados de las labores de inteligencia que se desarrollen, serán presentadas por el comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá al Alcalde Mayor.

Artículo 5. Este Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

SOLEDAD TAMAYO TAMAYO

ROSA HELENA MORALES

Presidente del Concejo de Bogotá

Secretaria General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 PNUD. Bogotá una apuesta por Colombia. Informe de Desarrollo Humano 2008. IDH. Bogotá 2008. Pág. 198.

2 Gaceta del Congreso 163. Lunes 21 de abril de 2008.