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Directiva 4 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
05/08/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DIRECTIVA 004 DE 2009

(Agosto 05)

PARA:

SECRETARIOS Y SECRETARIAS DE DESPACHO; DIRECTORES Y DIRECTORAS DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO; GERENTES, GERENTAS, DIRECTORES Y DIRECTORAS DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; GERENTES, GERENTAS DIRECTORES, DIRECTORAS, PRESIDENTES, PRESIDENTAS DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, RECTOR DE ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS OFICIALES Y MIXTAS.

DE:

ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

ASUNTO:

Instrucciones sobre las Sociedades de Gestión Colectiva como instrumento que garantiza el respeto de las obras, la justa remuneración del esfuerzo creador, y el acceso legal a las mismas.

Con el objetivo de orientar la labor de los Alcaldes Municipales y Distritales en cuanto a la actividad que adelantan las Sociedades de Gestión Colectiva (SGC), el Ministerio del Interior y de Justicia expidió la Circular Nº 002 de 2009, mediante la cual impartió entre otras, las siguientes instrucciones:

1. La gestión colectiva constituye una efectiva herramienta jurídica, a través de la cual autores, intérpretes artistas, o ejecutantes, y productores de fonogramas, autorizan el uso de sus repertorios y recaudan nacional e internacionalmente el dinero que pueda generar la utilización de los mismos, estimulando con ello en autores y artistas, el desarrollo de las industrias del derecho de autor y los derechos conexos e incentivando que nuestra identidad cultural sea difundida y reconocida.

2. Las industrias protegidas por el derecho de autor y los derechos conexos se consolidan a nivel mundial como un factor de competitividad y desarrollo de los países, generador de ingresos y fuentes de empleo.

3. Como resultado de lo expuesto, el Gobierno Nacional considera de suma importancia estimular entre los ciudadanos una cultura de respeto por el derecho de autor y los derechos conexos, al tiempo que identifica en las Sociedades de Gestión Colectiva un mecanismo eficiente a través del cual, no sólo se benefician los autores, los artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas, sino también los usuarios, quienes a través de una sola negociación acceden a un repertorio universal.

Con el objeto de que se conozcan las instrucciones impartidas por el Ministerio del Interior y de Justicia sobre el tema, y con el fin de que se implementen en el Distrito Capital las mismas, adjunto se remite el texto completo de la Circular Nº 002 de 2009.

Cordialmente,

SAMUEL MORENO ROJAS

C.C.

Doctora Soledad Tamayo Tamayo – Presidenta Concejo de Bogotá, D.C.

Doctor Francisco Rojas Birry – Personero de Bogotá, D.C.

Doctor Miguel Ángel Morales Russirussi – Contralor de Bogotá, D.C.

Doctora María Consuelo del Río Mantilla – Veedora Distrital de Bogotá, D.C.

Anexos: seis (6) folios.