RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

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Concepto 10 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/08/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/08/2009
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

2214400

Bogotá D.C.,

Concepto 010 de 2009

Agosto 12 de 2009

Señor

SANTIAGO TRIVIÑO LÓPEZ

Asistente de Investigación Jurídica

NOTINET LTDA.

Diagonal 42 A No. 19-17

Ciudad

Radicación 2-2009-39557

Asunto: Solicitud de información y copias con carta de presentación.

Radicación No. 1-2009-29132

Respetado señor Triviño:

Hemos recibido su comunicación de la referencia en la que solicita realizar una conexión con la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., y sus entidades del nivel central, para obtener mensualmente toda la información proferida por las mismas, con el fin de publicarlas a través de su firma editorial.

Al respecto le informamos que la publicación de las normas y demás actos administrativos de carácter general, proferidos por el Despacho del Alcalde Mayor tales como Decretos y Resoluciones, así como los Acuerdos del Concejo de Bogotá D.C., y los producidos por los organismos de control y las entidades del sector descentralizado, se publican en el "Registro Distrital", creado por el Concejo Distrital, para que en él se publiquen los decretos, resoluciones, edictos, avisos y demás actos de la Administración y de la Empresas Distritales, según lo dispuso el Acuerdo 22 de 1965.

Posteriormente y mediante el Acuerdo 3 de 1987, se ordenó editar una gaceta en la que se publicaran todos los actos administrativos del Distrito que según la Ley deban publicarse para que produzcan efectos jurídicos, entre los que se encuentran los documentos referidos anteriormente, disposición que fue reglamentada mediante el Decreto 1132 de 1987, indicando que dicho diario, gaceta o boletín cuya publicación ordenan el Decreto Ley 01 de 1984, la Ley 57 de 1985, el Acuerdo 03 de 1987 y el Decreto 638 de 1987, sería el "Registro Distrital".

Por su parte el Decreto Distrital 267 de 2007, que adoptó la estructura organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., asignó a la Subdirección de Imprenta Distrital la función de actualizar y publicar el Registro Distrital de conformidad con el reglamento previsto para el efecto, reglamentación expedida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor, mediante la Resolución 376 de 20071.

De lo anterior se colige que la publicidad oficial de los actos administrativos producidos al interior de las entidades, órganos y organismos generales, se realiza a través del Registro Distrital, producido periódicamente por la Imprenta Distrital, y al cual pueden acceder los ciudadanos y ciudadanas, ya sea por suscripción o por compra del respectivo ejemplar, o a través del portal web del Distrito Capital www.bogota.gov.co, en el link Imprenta Distrital.

De igual forma la secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., creó el sistema de información normativo, jurisprudencial y doctrinario "Régimen Legal de Bogotá", en el que se incorporan los Decretos, Acuerdos, Resoluciones, Directivas, Circulares, y otros actos administrativos de carácter general, producidos al interior de la Administración Distrital, clasificados temáticamente, con el fin de facilitar la búsqueda de cualquier ciudadano y ciudadana que desee acceder a ellos.

En el mencionado sistema, además se publican los Decretos, Resoluciones y otros actos de carácter general, producidos en el nivel nacional, así como las Leyes producidas por el Legislativo, siempre que tengan aplicación en el Distrito Capital, además de algunas providencias y sentencias de las Altas Cortes, sistema al que puede accederse a través del portal web del Distrito Capital www.bogota.gov.co, en el link Régimen Legal.

Además de lo anterior, debemos aclarar que la Ley 23 de 1982 sobre derechos de autor, que en su artículo 41 precisa: "Es permitido a todos reproducir la Constitución, leyes, decretos, ordenanzas, acuerdos, reglamentos, demás actos administrativos y decisiones judiciales, bajo la obligación de conformarse puntualmente con la edición oficial, siempre y cuando no esté prohibido."

Al respecto la Dirección Nacional de Derecho de Autor al absolver una consulta sobre la protección legal de las bases de datos, puntualizó que "estas son protegidas siempre que la selección o disposición de las materias constituyan una creación intelectual. La protección concedida no se hará extensiva a los datos o información compilados, pero no afectarán los derechos que pudieran subsistir sobre las obras materiales que las conforman."

Ahora bien, frente a su solicitud de que le sea facilitada mensualmente a manera periodística toda la información proferida por el Despacho del Alcalde Mayor, y los entes de la Administración Central del Distrito Capital, le manifestamos que el mismo Decreto Distrital 267 de 2007, asignó a la Oficina Asesora de Prensa, las funciones de:

...

"a. Asesorar al Alcalde Mayor y al Secretario(a) privado (a) para divulgar a la ciudadanía las actividades y decisiones del Alcalde Mayor, de la Secretaría General y del Gobierno Distrital, a través de los medios de comunicación;

b. Expedir oportunamente boletines de prensa, coordinar la realización de entrevistas, conferencias y ruedas de prensa conforme a las instrucciones del Alcalde Mayor y el Secretario Privado, y atender adecuadamente las necesidades de los medios de comunicación;"

Significa lo anterior, que a nivel periodístico la Oficina Asesora de Prensa del Despacho del señor Alcalde Mayor, cumple la labor periodística de informar y divulgar a los medios de comunicación las decisiones adoptadas por la Administración Distrital, así como atender sus necesidades de información de manera oportuna.

Respecto del suministro de copias de la información producida al interior de las entidades del nivel central y del despacho del Alcalde Mayor, se tiene que el Decreto Distrital 340 de 2002, adicionó el 854 de 2001, delegando en el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, la facultad para establecer y actualizar periódicamente el valor de cualquier tipo de copia de un documento que solicite un particular y que repose en archivo oficial o corresponda a un documento público, valor que fue determinado por medio de la Resolución 340 de 2002, fijando el valor de cada fotocopia simple en la suma de ochenta y seis pesos ($86) más IVA del 16%, el cual se cobrará cuando el número solicitado sea superior a cinco (5) páginas, y cuyas sumas deben ser consignadas en la Tesorería Distrital a favor de Bogotá D.C.

Aunado a lo anterior, el Alcalde Mayor en cumplimiento a las disposiciones de la Ley 617 de 2000, profirió en el año 2001 la Directiva 01, adoptando medidas de austeridad en el gasto público, y precisando que "Las entidades establecerán los procedimientos más adecuados para el uso racional de los procesos de fotocopiado, multicopiado o reproducción de textos o ayudas audiovisuales al interior de cada una de ellas. Cuando dichos servicios sean solicitados por particulares, los interesados deberán sufragar previamente los costos de los mismos."

Se deduce de lo anterior, que las copias de los actos administrativos que superen el número de cinco (5), deben ser sufragados por quien las solicita, y una vez realizado el pago pueden ser solicitadas en las oficinas respectivas, teniendo en cuenta que según lo previsto en el artículo 11 del Acuerdo Distrital 257 de 20062, no pueden desconocerse las atribuciones de cada entidad u organismo distrital, al precisar: "Cuando sobre una materia se asignen a los diferentes organismos y entidades competencias que deban desarrollar en unión o relación directa con otras, deberán ejercerlas de manera conjunta y su actuación se ajustará al límite fijado en la norma correspondiente, sin desconocer las atribuciones de cada una."

Para el caso de las fotocopias de los Decretos, Resoluciones, Directivas y Circulares del Alcalde Mayor, así como los documentos suscritos por el Secretario General, pueden ser solicitadas en la Subdirección de Gestión Documental, ubicada en la Carrera 8 No. 10-65 de esta ciudad, previo el pago respectivo, en los términos descritos anteriormente.

Cualquier inquietud o aclaración adicional, estaremos prestos a suministrarla.

Atentamente,

MARTHA YANETH VELEÑO QUINTERO

MARÍA CLAUDIA QUIMBAYO DUARTE

Directora Jurídica Distrital

Subdirectora de Estudios (e)

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

1 Por la cual se modifica el procedimiento Distrital para la publicación de actos administrativos en el Registro Distrital y de los extractos de los contratos en el Anexo al Registro Distrital, que se realizan en la Imprenta Distrital.

2 Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá Distrito Capital y se expiden otras disposiciones.

Proyectó: Duvan Sandoval Rodríguez

Revisó: María Claudia Quimbayo Duarte