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ACUERDO 397 DE 2009 (Agosto 24) "Por medio del cual se crea el censo de establecimientos dedicados a la comercialización de autopartes usadas" EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, en su artículo 12, numeral 1, Ver el Decreto Nacional 3110 de 2007, Ver Proyectos de Acuerdo 064 y 224 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C. ACUERDA: ARTÍCULO 1. Objeto del Proyecto. Crear un censo de información y orientación al ciudadano en lo relativo a la comercialización de autopartes usadas. ARTÍCULO 2. Creación del Censo. La Administración Distrital creará el censo de establecimientos de comercio y compañías de seguros que comercialicen autopartes usadas. Dicho censo contendrá la siguiente información básica: nombre, número de identificación tributaria, dirección y matrícula mercantil de los establecimientos de comercio y compañías de seguros que comercien autopartes usadas. PARÁGRAFO. La Administración Distrital dispondrá lo necesario para que los CADES y SUPERCADES, una vez elaborado el censo, suministren la información de dicho censo. ARTÍCULO 3. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor de Bogotá, D. C. 24 de agosto de 2009 |