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Acuerdo 9 de 2002 Universidad Distrital Francisco José de Caldas

Fecha de Expedición:
30/08/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/08/2002
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 009 DE 2002

(Agosto 30)

"Por el cual se adiciona un Parágrafo al Articulo 9º del Acuerdo 003 de Abril 8 de 1997 -Estatuto General de la Universidad".

EL CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS,

en uso de sus facultades legales, estatutarias y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario reglamentar la situación de cada uno de los miembros de los diferentes Consejos permanentes, cuando se les haya terminado el periodo para el cual fueron elegidos o destinados, sin que se haya convocado a nuevas elecciones o cuando habiendo sido designados no se hayan posesionado.

En mérito de lo expuesto este organismo,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Adicionar al Artículo 9º del Acuerdo 003 de Abril 8 de 1997, un Parágrafo, en el sentido de incluir dentro del texto del mismo lo que a continuación reza:

"PARAGRAFO 2.- Cuando haya terminado el periodo de alguno de los Miembros de los diferentes Consejos y no se hayan llevado a cabo las elecciones o designaciones correspondientes, aquellos podrán continuar asistiendo con voz y voto hasta tanto se lleve a cabo el procedimiento respectivo y hayan tomado posesión los nuevos miembros representantes.

ARTÍCULO 2.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado D.C. a los treinta (30) días del mes de Agosto de 2002

JUAN ENRIQUE NIÑO GUARIN

Presidente Ad- Hoc

HERNANDO MALDONADO PACHÓN

Secretario