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Acuerdo Local 1 de 2009 Junta Administradora Local de Usaquén

Fecha de Expedición:
02/06/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
07/07/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4240 de julio 10 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 001 DE 2009

(Junio 2)

"Por medio del cual se institucionaliza la práctica de Ajedrez como deporte de Usaquén a través de la enseñanza de esta disciplina y el desarrollo de un torneo anual en la Localidad".

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE USAQUEN

en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución Nacional en su Artículo 322, 323 y 324, el Decreto Ley 1421 de 1.993 "Estatuto Orgánico de Santa fe de Bogotá", los acuerdos del concejo de la ciudad y demás normas complementarias,

CONSIDERANDO:

1. Que de conformidad con el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 76 señala que: "Pueden presentar proyectos de acuerdo local los ediles, el correspondiente alcalde y las organizaciones cívicas, sociales, y comunitarias que tengan sede en la respectiva localidad"

2. Que la Constitución Política Nacional en su artículo 44 señala que: "Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separado de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión"

3. Que la Constitución Política Nacional en su artículo 45 señala que: "El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral "

4. Que la Constitución Política Nacional en su artículo 52 señala que: "Se reconoce el derecho a todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre - El deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto publico social."

5. Que la Constitución Política Nacional en su artículo 67 señala que: "La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura."

6. Que la Constitución Política Nacional en su artículo 70 señala que: "El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional "

7. Que la Constitución Política Nacional en su artículo 82 señala que: "Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular "

8. Que el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 69 al referirse a las funciones de las Juntas Administradoras Locales señala en su numeral 6" Preservar y hacer respetar el espacio público. En virtud de esta atribución podrán reglamentar su uso para la realización de actos culturales, deportivos, recreacionales o de mercados temporales.

9. Que la ley 181 de 1995 ha determinado que el deporte, la recreación y el manejo del tiempo libre son elementos fundamentales de la educación.

10. Que el Acuerdo Local 005 de 2007 de Usaquén en su artículo 4° señala: "Principales Orientadores. Las funciones de la Junta Administradora Local se desarrollaran en consonancia con el interés general de la ciudadanía y los fines del Estado Social de Derecho y se llevara a cabo atendiendo los principios constitucionales y legales de moralidad, transparencia, publicidad, igualdad, imparcialidad, eficacia, economía celeridad, buena fe, coordinación y complementariedad"

11. Que el Acuerdo Local 005 de 2007 de Usaquén su artículo 84° señala:" Recreación y Deporte. Esta comisión tiene como función organizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la recreación y deporte de los habitantes de la localidad de Usaquén, así como los campos deportivos. La comisión esta encargada de atender los siguientes asuntos: 4. Organizar el deporte y recreación en la localidad, promoviendo e impulsando convenios programas o proyectos que busquen la recuperación y dotación d escenarios deportivos y o de capacitación. 6. Abrir los espacios para que los niños desde muy pequeños, pueden acceder a la cultura deportiva a través de las escuelas de formación en las distintas disciplinas. 7. Impulsar programas para el aprovechamiento del tiempo libre."

12. Que el Acuerdo Local 006 de 2008, por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Usaquén señala en su artículo 2° al referirse a los principios que rigen el documento que: "2. Integralidad. La administración local desarrollara soluciones complejas a las situaciones complejas, involucrando a todos los actores correspondientes y de manera interinstitucional, intersectorial y multidimensional"

13. Que el Acuerdo Local 006 de 2008, por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Usaquén señala en su artículo 2° al referirse a los principios que rigen el documento que: "15. Convivencia. Las acciones de la administración local en su conjunto promoverán la prevención social de las violencias, las conflictividades y el delito, y la construcción de la reconciliación y la paz"

14. Que el Acuerdo Local 006 de 2008, por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Usaquén señala en su artículo 2° al referirse a los principios que rigen el documento que: "17. Previsión. Las acciones de la administración local buscaran la solución a las necesidades del presente marco de una perspectiva de largo plazo"

15. Que el Acuerdo Local 006 de 2008, por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Usaquén señala en su artículo 4° al referirse a la descripción del capítulo 1° que: "Construiremos una localidad en la que se garanticen, ejerzan, reconozcan, restablezcan los derechos individuales y colectivos, con la institucionalización de políticas de Estado que permitan trascender los periodos de gobierno y consolidar unas Usaquén en la cual la equidad, la justicia social, la reconciliación, la paz y la vida en armonía con el ambiente sean posibles para todas y todos.

16. Que el Acuerdo Local 006 de 2008, por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Usaquén señala en su artículo 4° al referirse a los propósitos del documento que: " 2. Hacer sostenible el pleno ejercicio de los derechos en función del mejoramiento de la calidad de vida"

17. Que el Acuerdo Local 006 de 2008, por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Usaquén señala en su artículo 4° al referirse a los propósitos del documento que:"3. Consolidar una cultura que reconozca y valore a los niños y niñas, adolescentes y jóvenes como sujetos plenos de derechos y les otorgue la primacía en consideración a lo crucial de su momento de desarrollo."

18. Que el Acuerdo Local 006 de 2008, por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Usaquén señala en su artículo 4° al referirse a los propósitos del documento que:"4. Contribuir en el mejoramiento de las condiciones dignas de salud, seguridad alimentaria, nutrición, educación, bienestar social, ambiente, vivienda, cultura, recreación y justicia con énfasis en las personas más vulnerables."

19. Que el Acuerdo Local 006 de 2008, por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Usaquén señala en su artículo 4° al referirse a los propósitos del documento señala que:"6. Generar espacios que permitan la convivencia y reconciliación a través del respeto por los Derechos Humanos"

20. Que el Acuerdo Local 006 de 2008, por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Usaquén señala en su artículo 6° que serán estrategias del documento:" 4.Desarrollar programas de educación intercultural encaminados a propiciar el dialogo de saberes y costumbres protegiendo el derecho al territorio sano"

21. Que el Acuerdo Local 006 de 2008, por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Usaquén señala en su artículo 7° los programas del documento:" 5. Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor. Garantizar a las niñas, niños y jóvenes el derecho a una educación que responda a las expectativas individuales y colectivas, a la diversidad, a la interculturalidad y a los desafíos de una Bogotá global y en constante crecimiento."

22. Que el Acuerdo Local 006 de 2008, por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Usaquén señala en su artículo 7° los programas del documento:"11. Bogotá Viva. Ampliar las oportunidades y mejorar las capacidades para que todas y todos accedan, participen, se apropien y realicen prácticas artísticas, patrimoniales culturales, recreativas y deportivas, atendiendo criterios de proximidad y diversidad.

23. Que el Acuerdo Local 006 de 2008, por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, social, ambiental y de obras públicas para Usaquén señala en su artículo 8° que el proyecto Actívate Bogotá contenido dentro del programa Bogotá viva tiene como meta "Realizar anualmente un torneo de ajedrez y talleres anuales para la implementación de la práctica de esta disciplina a 150 niños y jóvenes de la localidad.

24. Que en la actualidad el sistema de Recreación y aprovechamiento del Tiempo Libre de la capital solo ofrece 3 tipos de programas los cuales están principalmente constituidos por actividades que implican un esfuerzo físico.

25. Que existen en la actualidad un gran número de niños y jóvenes de la localidad que prefieren utilizar su tiempo libre en actividades diferentes a las deportivas.

26. Que según los datos de la Encuesta de Calidad de Vida realizada en 2.003 se señala que las actividades de ocio en la actualidad son principalmente derivadas de la industria del entretenimiento, es decir, de la televisión.

27. Que según los datos de la Encuesta de Calidad de Vida realizada en 2.003 el 95.90% de los jóvenes de la localidad de Usaquén ven televisión.

28. Que según los datos de la Encuesta de Calidad de Vida realizada en 2.003 el 19% de los jóvenes en la localidad aseguran que ven la televisión durante todo el día.

29. Que el uso del tiempo libre es uno de los aspectos más importantes del ser humano, de la que se espera que esas sean una vivencia integral no solo relacionada con el sentido de vida, sino también con aquellos aspectos que puedan generar algún tipo de interés personal.

30. Que la recreación es fundamental en el desarrollo de los niños y jóvenes en tanto medio para la formación de una identidad propia.

31. Que el ocio y la recreación facilitan la individualización en el sentido de proporcionar las posibilidades de explorar vías alternativas de pensar, sentir y existir.

32. Que el ocio y la recreación son importantes en la medida en que son espacios de socialización y aprendizaje que adquieren gran valor ya que permiten romper con la rutina, así como la ruptura de paradigmas asociados con el sistema establecido, en la medida en que posibilitan estados creativos y visión de otras rutas en la cotidianidad, relacionadas con el proyecto de vida personal.

33. Que el tiempo libre de los niños y jóvenes debe ser utilizado en aquellas cosas que son de su interés, como puede ser el juego; ya que estos últimos están acorde con el crecimiento de sus emociones y destrezas, además les permiten desarrollar elementos importantes como es el que niños y jóvenes sigan reglas e instrucciones, el respeto por el otro.

34. Que el investigador Néstor Daniel Sánchez afirma en relación con la importancia que tienen los juegos que las diversas ramas de la ciencia han concluido que el juego es un estimulo que motiva cambios agradables, desarrolla potencialidad, sucinta placer y gozo.

35. Que el experto Roger Caillois señaló que el juego es un instrumento de convivencia, en la medida en que este es esencial para la cultura.

36. Que estudios dirigidos por Stewart M. Margulies en los años de 1991 y 1996 demostraron que los jóvenes que participaron en programas de ajedrez, mejoraron sus resultados en las pruebas académicas.

37. Que estudios realizados en 1999 demostraron que los jóvenes que atendieron programas de capacitación en ajedrez, lograron manejar situaciones reales que involucraban la inteligencia emocional en un 27% más que aquellos que no tomaron las capacitaciones.40.

38.Que el juego es un instrumento de integración social para recuperar valores como la convivencia, el sentido de pertenencia, la cooperación, el ejercicio de los principios democráticos de la participación, el respeto de las normas.

39. Que el juego es una forma de comunicación y expresión, una combinación de pensamiento y acción y por lo tanto debe ofrecer satisfacción y sensación de logro, ayuda al desarrollo físico, mental, social y emocional, por lo cual puede considerársele como una forma de aprender a vivir.

40 Que el ajedrez son de aquellas disciplinas que puede ser considerado no solo como un deporte, sino que también puede ser relacionado con la cultura y con la educación e inclusive este puede ser considerado como un juego.

41 Que el ajedrez es una actividad en donde se aprenden habilidades estratégicas y tácticas de las personas para resolver problemas. Lo importante es que a través del ajedrez el alumno que lo experimento lo hace de forma libre, divirtiéndose pero condicionado a un sistema de reglas que se le van a ir imponiendo gradualmente.

42. Que el ajedrez no solo es un juego porque va a ir viendo reflejando su progreso dentro de un orden de ilimitada complejidad, en el va ir midiendo su crecimiento.

43. Que el ajedrez a través de los talleres y los torneos los niños y jóvenes irán desarrollando la producción intelectual, la memoria, la deducción lógica, el pensamiento estratégico, la toma de decisiones, el pensamiento creativo, el planteamiento y la evaluación sistemática, las cuales son herramientas indispensables para el mundo actual.

44. Que es importante que los habitantes de la localidad gocen de sus espacios públicos, en la actualidad hay miles de metros de espacio público construido que en muchas ocasiones no está siendo utilizado.

45. Que el espacio público debe ser aprovechado ya que en él se evidencian los valores que permiten la vida en comunidad, la recreación, el esparcimiento, la tolerancia y la solidaridad.

46. Que el espacio público es un espacio democrático en el medida en que este es compartido por ciudadanos cuya esencia de igualdad está dada por el hecho de compartir los mismos derechos y responsabilidades.

47. Que el espacio público deben ser considerados como espacios para descansar, para el disfrute y el entorno, en donde todos los habitantes de la ciudad y de la localidad tengan un espacio de ocio y de disfrute, así como de juego y de crecimiento personal.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto

ACUERDA:

ARTÍCULO 1°. Naturaleza. El presente acuerdo local tiene el propósito de implementar un taller anual para el aprendizaje del ajedrez a niños y jóvenes de la localidad. Así mismo, pretende la realización de un torneo anual de esta misma disciplina, el cual se llevará a cabo en espacios públicos de la localidad designados para ello.

ARTÍCULO 2°. Objetivo General: Institucionaliza la practica del ajedrez, como disciplina de la Localidad de Usaquén.

ARTÍCULO 3°. Objetivos Específicos: El presente acuerdo tiene como objetivos específicos los siguientes:

1. Crear un espacio en donde los niños y jóvenes habitantes de la localidad de Usaquén puedan gozar de su tiempo libre en actividades que impliquen esfuerzo intelectual.

2. Mejorar los resultados de las pruebas SABER e ICFES en los estudiantes de los colegios de nuestra localidad, en la medida en que el ajedrez posibilitará a esta población a desarrollar capacidades y habilidades necesarias para un adecuado desarrollo intelectual.

3. Institucionalizar eventos en donde los niños, jóvenes y adultos de la Localidad de Usaquén no sólo puedan desarrollar las disciplinas aprendidas sino que además puedan mejorar sus falencias, como aprender a seguir normas y reglamentos, crear y mejorar sus relaciones sociales en un entorno de sana convivencia.

4. Aprovechar los espacios públicos que la ciudad y la localidad le ofrece a los ciudadanos, convirtiéndolos en espacios de convivencia, solidaridad, tolerancia y socialización.

ARTÍCULO 4°. Fases. El proyecto está dividido en dos fases, que son:

1. Fase Primera: Realización de un taller anual para el aprendizaje del ajedrez en la Localidad de Usaquén

2. Fase Segunda: Realización de un torneo anual de ajedrez dirigido a niños, jóvenes de la Localidad de Usaquén.

ARTÍCULO 5°. Primera Fase. La primera fase del proyecto tiene como propósito la realización de un taller para el aprendizaje del juego de ajedrez a niños y jóvenes de la Localidad.

ARTÍCULO 6°. Segunda Fase. La segunda fase del proyecto comprenderá la realización de un Torneo anual de Ajedrez. Este torneo se llevara a cabo en los parques de la localidad de Usaquén que hayan sido designados para ello, por la Alcaldía Local. El torneo se llevara a cabo en la disciplina "todos contra todos" la cual se utiliza para enfrentar a un participante de un grupo contra todos aquellos participantes que integran ese grupo.

ARTÍCULO 7° Participantes. En el torneo podrán participar todos los habitantes de la localidad de Usaquén que practiquen la disciplina del ajedrez. Sin embargo, tendrán prevalencia aquellos niños o jóvenes que estén participando o hubiesen participado en los talleres de esta misma disciplina ofrecidos por la Alcaldía Local de Usaquén. La Alcaldía Local de Usaquén deberá garantizar la participación de los géneros masculino y femenino en el certamen sin discriminación alguna. Tampoco podrá haber ningún tipo de discriminación para participar en el certamen.

ARTÍCULO 8° Reglamentación La Alcaldía Local de Usaquén reglamentara el funcionamiento de este torneo según los lineamientos de la Liga de Ajedrez de Bogotá, dentro de los 90 días siguientes a la aprobación y sanción del presente documento.

ARTÍCULO 9° Vigencia. Este acuerdo rige a partir de la fecha de su correspondiente aprobación y sanción.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Expedido en Bogotá, D.C. a los dos (2) días del mes de Junio de 2009

MARIA PATRICIA JEREZ CUELLAR

Presidente JAL Usaquén

MARIA VICTORIA IANNINI DE BERGER

Vicepresidente JAL Usaquén

A los siete (7) días del mes de Julio de dos mil nueve (2009) el suscrito Alcalde Local de Usaquén, sanciona el presente Acuerdo Local.

JUAN PABLO CAMACHO LOPEZ

Alcalde Local Usaquén

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4240 de julio 10 de 2009.