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Decreto Local 1 de 2009 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
23/06/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/06/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4232 de junio 30 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 001 DE 2009

(Junio 23)

"Por el cual se liquida el Acuerdo Local N. 002 mediante el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal de 2009, y se distribuye la disponibilidad final - excedentes financieros".

LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confieren los artículos 32 y 33 del Decreto 1139 de 2000, y

CONSIDERANDO: 

Que la circular No. 12 de marzo 20 de 2009 de la Secretaría de Hacienda Distrital  DDP estableció los aspectos a considerar para efectuar el ajuste al presupuesto 2009, de conformidad con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero a 31 de Diciembre de 2008.

Que el Subdirector de Operación Bancaria de la Tesorería Distrital - Secretaria Distrital de Hacienda, reportó a diciembre 31 de 2008 un saldo en caja a favor del FDL La Candelaria de $$2.237.685.857,00, y dado que en el presupuesto 2009 se apropió en la disponibilidad inicial un monto de $1.973.199.372,00 se debe ajustar dicho rubro en $264.486.485,00

Que el FDL de La Candelaria presentó a 31 de diciembre unas obligaciones de $2.015.926.506,00, y dado que en el presupuesto 2009 se apropió en el rubro Obligaciones por Pagar un monto de $1.873.199.372,00, se debe ajustar dicho rubro en $142.727.134,00.

Que efectuado el ejercicio de ajuste del FDL La Candelaria se determinó una disponibilidad final - excedentes financieros a 31 de diciembre de $221.759.351,00, de los cuales está apropiado un monto de $100.000.000,00 en el presupuesto 2009, quedando un saldo por distribuir de $121.759.351,00, el cual aumenta la inversión directa.

Que el Alcalde Local presentó la solicitud de ajuste al presupuesto 2009 y distribución de excedentes financieros - disponibilidad final, ante el CONFIS y la Secretaría de Hacienda con el fin de obtener el concepto favorable.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal  CONFIS, en su reunión No.03 del 30 de marzo de 2009, emitió concepto favorable al ajuste presupuestal 2009, determinación y distribución de la disponibilidad final - excedentes financieros, presentadas por los veinte (20) Fondos de Desarrollo Local  FDL.

Que la Junta Administradora Local de La Candelaria el día dieciocho (18) de junio de dos mil nueve (2009) expidió el Acuerdo Local N. 002 "Por el cual se ajusta el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del fondo de desarrollo local de La Candelaria para la vigencia fiscal de 2009, y se distribuye la disponibilidad final - excedentes financieros"

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Liquídese una modificación del Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la Vigencia Fiscal de 2009, y distribución de la disponibilidad final- excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO

CONCEPTO

AUMENTAR

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

264,486,485.00

3

GASTOS

264,486,485.00

3.3

INVERSIÓN

121,759,351.00

3.3.1

DIRECTA

121,759,351.00

3.3.1.13

Plan de desarrollo "Bogotá positiva: para vivir mejor"

121,759,351.00

3.3.1.13.03

CIUDAD GLOBAL

35,000,000.00

3.3.1.13.03.32

Región Capital

35,000,000.00

3.3.1.13.03.32.0734

Intercambio cultural regional

35,000,000.00

3.3.1.13.06

GESTIÓN PÚBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE

86,759,351.00

3.3.1.13.06.49

Desarrollo institucional integral

86,759,351.00

3.3.1.13.06.49.0744

Fortalecimiento de la capacidad operativa de la administración local

86,759,351.00

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

142,727,134.00

ARTICULO 2°: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los veintitrés (23) días del mes de junio de dos mil nueve (2009).

XINIA ROCIO NAVARRO PRADA

Alcaldesa Local de La Candelaria

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4232 de junio 30 de 2009.