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Proyecto de Acuerdo 389 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 389 DE 2009

"POR MEDIO DEL CUAL SE PROMUEVE LA OFERTA CULTURAL Y ARTISTICA GRATUITA EN EL ESPACIO PÚBLICO DE BOGOTÁ Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

1. OBJETO DEL PROYECTO

Este proyecto de acuerdo tiene como objeto promover la oferta cultural y artistica gratuita en el espacio público de Bogotá, esto con fin de sacar las expresiones artísticas y culturales de las instituciones educativas y universidades tanto públicas y privadas para llevarlas a los diferentes espacios públicos de la ciudad. Para cumplir con este objetivo el Distrito deberá realizar convenios con las facultades de artes, música, teatro, instituciones de educación media y cualquier otra manifestación artística y como parte de sus prácticas y en forma voluntaria podrán ofrecer conciertos y muestras de su arte a toda la ciudad.

2. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El desarrollo de los pueblos se mide no solamente por su desarrollo económico, sino también por el desarrollo de las artes y la cultura. Las grandes capitales alrededor del mundo no sólo muestran un crecimiento urbanístico, demográfico y de desarrollo, sino un alto impacto cultural. Al caminar por las calles de Londres, New York o Ciudad de México es normal encontrar en los espacios públicos y en los escenarios culturales diferentes manifestaciones artísticas.

Por ejemplo; en Madrid España1"se celebra la Noche de Blanco, que es una noche en donde la cultura se convierte en protagonista, con infinidad de actividades artísticas en diferentes espacios de la ciudad. Este evento incluye Arte en la calle, exposiciones, circuito una noche para una obra, circuito jardines sonoros, entre otros". Capitales como Paris, Bruselas y Roma, también celebran las Noches Blancas.

En las calles de Barcelona, España, hay una extensa tradición de teatro de calle se invade el espacio urbano y lo convierten en un gran escenario para presentar obras de teatro. En ese espacio nacieron grandes compañías de teatro como Comediantes y Fura del Baus2.

Bogotá ostenta en la actualidad varios títulos en el ámbito cultural. Se le conoce como la Atenas suramericana, la UNESCO la nombró como "Bogotá la capital mundial del libro", el año pasado recibió en Europa el premio "León de Oro" por mejorar la calidad de vida de sus habitantes y además, se le conoce como "Bogotá capital iberoamericana de la cultura", mediante acuerdo 277 de 2007: se declararon de interés cultural distrital las actividades culturales de la feria internacional del libro de Bogotá, títulos que la deben llevar a asumir un compromiso mayor con la cultura. Necesitamos sacar el arte de la academia, de los grupos experimentales, de las universidades y llevarla a las plazas, a los parques y a cada rincón de la ciudad para acercarla al ciudadano y al quehacer diario de la ciudad.

Si bien es cierto la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ofrece una amplia gama de actividades culturales en la ciudad esta no es suficiente, por tanto se hace necesario trabajar con las facultades de artes, música, teatro y las instituciones de educación media para poder ampliar la oferta de muestras culturales en la ciudad.

Estas muestras culturales no se deben limitar solamente a los escenarios culturales tradicionales; sino que debemos aprovechar también otros espacios públicos que son propicios para estas actividades culturales, inclusive actualmente en las ciclovías cuentan con montajes de sonido y algunas tarimas que domingo tras domingo se montan para la realización de ejercicios aeróbicos.

Emplear plazoletas, parques, alamedas, vías y espacio público en general para organizar las diferentes manifestaciones artísticas además de contribuir con la cultura de los ciudadanos, también contribuye con el embellecimiento del espacio público el cual "es vital en el equilibrio social, en la medida que contribuye al uso equitativo de la ciudad. Al hacer uso del espacio público, en igualdad de condiciones, se revitaliza la actividad económica en las zonas intervenidas. Además, se transforma la cultura ciudadana y la apropiación colectiva de la ciudad, de lo que se deriva la importancia que tiene una adecuada política del uso del espacio público en una ciudad"3.

La concejal Martha Ordoñez manifestó en su ponencia que la presente iniciativa… "contribuye a reforzar las actuales políticas culturales de la ciudad que buscan democratizar la oferta y la demanda artística. En este sentido, de acuerdo con la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte en la ciudad existen importantes escenarios y espacios para la expresión artística y la oferta cultural gratuita como es el caso de festivales musicales como Rock al Parque, que ha llegado a ser considerado como el festival de rock gratuito y al aire libre más importante de América Latina, Jazz al Parque, Opera al Parque, y muchos otros dedicados a diferentes géneros musicales. Existen festivales al aire libre de danza, cine y teatro, las Salas Concertadas, los ciclos de exposiciones de artes plásticas, los conciertos permanentes de música y danza en el Planetario Distrital, el Teatro al Aire Libre La Media Torta, programas como "Siga, esta es su casa, la ciudad patrimonio de todos", "El septimazo" entre otras actividades y eventos que fortalecen el sentido de pertenencia por Bogotá, además de reconocer e interactuar con las diferentes visiones del mundo que confluyen y coexisten en la ciudad. De esta forma, el presente proyecto de acuerdo pretende incluir en este proceso de democratización cultural a los estudiantes de educación media y universitaria, los futuros creadores de arte y cultura en la ciudad"4.

Esta iniciativa es una verdadera herramienta para ampliar la oferta cultural del Distrito, contribuyendo de esta misma forma a que los estudiantes de artes y de las instituciones de educación media puedan dar a conocer sus muestras culturales públicamente.

3. FUNDAMENTO JURIDICO

3.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA:

ARTICULO 2o. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

ARTICULO 70. El Estado tiene el Deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidad. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación.

ARTICULO 71. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades."

3.2. LEY 30 DE 1992: POR LA CUAL SE ORGANIZA EL SERVICIO PÚBLICO DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR

ARTÍCULO 28. "La autonomía universitaria consagrada en la Constitución Política de Colombia y de conformidad con la presente Ley, reconoce a las universidades el derecho a darse y modificar sus estatutos, designar sus autoridades académicas y administrativas, crear, organizar y desarrollar sus programas académicos, definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas y culturales, otorgar los títulos correspondientes, seleccionar a sus profesores, admitir a sus alumnos y adoptar sus correspondientes regímenes y establecer, arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional".

ARTÍCULO 29. "La autonomía de las instituciones universitarias o escuelas tecnológicas y de las instituciones técnicas profesionales estará determinada por su campo de acción y de acuerdo con la presente Ley en los siguientes aspectos:

a). Darse y modificar sus estatutos.

b). Designar sus autoridades académicas y administrativas.

c). Crear, desarrollar sus programas académicos, lo mismo que expedir los correspondientes títulos.

d). Definir y organizar sus labores formativas, académicas, docentes, científicas, culturales y de extensión.

g). Arbitrar y aplicar sus recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función institucional".

ARTÍCULO 120. La extensión comprende los programas de educación permanente, cursos, seminarios y demás programas destinados a la difusión de los conocimientos, al intercambio de experiencias, así como las actividades de servicio tendientes a procurar el bienestar general de la comunidad y la satisfacción de las necesidades de la sociedad.

3.3 DECRETO 465 de 2006: PLAN MAESTRO DE EQUIPAMIENTOS CULTURALES

Política de territorio para la cultura. "El plan maestro concibe el Distrito Capital como un territorio para el encuentro intercultural, democrático y cosmopolita, en continua transformación. Busca identificar, fortalecer y cualificar los espacios, edificaciones, dotaciones y rutas para la construcción de proyectos culturales colectivos de los diferentes pueblos y sectores sociales y profesionales."

4. IMPACTO FISCAL

De conformidad con lo establecido en el artículo séptimo de la ley 819 de 2003, sobre el impacto fiscal a mediano plazo, la presente iniciativa no compromete en asignar apropiaciones presupuéstales en su aplicación diferente a las inherentes al desarrollo de las funciones de las entidades comprometidas.

5. COMPETENCIA DEL CONCEJO

DECRETO LEY 1421 DE 1993

Artículo 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y la ley:

1. "Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito".

6. ANTECEDENTES DE LA INICIATIVA

La presente iniciativa ha sido presentada en las pasadas sesiones ordinarias de Mayo, Agosto Y Noviembre de 2008; en mayo los ponentes fueron los concejales Álvaro Caicedo y Maria Angélica Tovar en cuyo trámite obtuvo ponencia positiva conjunta con un pliego modificatorio cuyas propuestas fueron acogidas por el actual articulado, posteriormente en las sesiones ordinarias de agosto las ponencias fueron rendidas por los concejales Gustavo Páez Merchán y Jaime Caicedo Turriago quienes también presentaron ponencias positivas con pliego de modificaciones las cuales igualmente fueron acogidas en lo pertinente en el presente articulado y en las sesiones de Noviembre los ponentes fueron los concejales Jorge Duran Silva y Martha Esperanza Ordóñez quienes igualmente apoyaron la iniciativa rindiendo ponencia positiva proponiendo algunas modificaciones que fueron integradas al articulado.

En las sesiones ordinarias del mes de febrero de 2009 fueron designados como ponentes a los concejales Severo Correa Valencia y Humberto Quijano, este último apoyo la iniciativa rindiendo ponencia positiva con pliego de modificaciones.

En las pasadas sesiones ordinarias de mayo, el proyecto de Acuerdo contó nuevamente con dos ponencias positivas una del concejal Darío Fernando cepeda Peña y la otra del concejal Laureano Alexi García Perea.

Finalmente en las sesiones ordinarias de agosto el proyecto de Acuerdo (290) nuevamente contó con tres ponencias positivas, la de la bancada, otra de la concejal Gilma Jiménez y otra del concejal Edgar Alfonso Torrado.

7. CONSIDERACIONES AL CONCEPTO EMITIDO POR LA ADMINISTRACION DISTRITAL.

La Secretaria de Gobierno mediante oficio No 20093510052491 hizo comentarios al proyecto de acuerdo 065 de 2009 "Por medio del cual se promueve la oferta cultural y artística gratuita en el espacio público de Bogotá y se dictan otras disposiciones" los cuales no comparto por las siguientes razones:

1. La administración afirma que "mediante Decreto Distrital 463 del 22 de Diciembre de 2003 "Por el cual se reglamentan la administración, mantenimiento y aprovechamiento económico del espacio público construido y sus usos temporales en Bogotá D.C.", El Alcalde Mayor reguló los usos temporales y el aprovechamiento económico en el espacio público para estimular formas de participación de los ciudadanos en el fomento de la cultura, el arte, la recreación, el deporte, la calidad ambiental y, además, garantizar el mantenimiento y la sostenibilidad del espacio público", al respecto se debe tener en cuenta que el propósito de la presente iniciativa en ningún momento esta orientado a regular ni reglamentar usos del espacio público toda vez que la potestad reglamentaria no es competencia del Concejo sino del Alcalde Mayor, el propósito de este proyecto de acuerdo es "promover" uno de los usos que se le pueden dar al espacio público, en este caso concreto la oferta cultural, sin vulnerar las disposiciones del decreto Distrital mencionado, muy al contrario fomentando una política pública de la administración la cual se fundamenta en la colectividad del espacio público y la necesidad de su aprovechamiento.

2. La administración Distrital manifiesta en su oficio "En lo relativo a la suscripción de convenios con Universidades Públicas y privadas así como planteles de educación media, no se considera necesario la regulación de este tema específico vía Acuerdo del Concejo" al respecto se debe tener en cuenta que la suscripción de convenios es la forma mas idónea de proveer al distrito de oferta cultural si se tiene en cuenta que la gran mayoría de las personas y las empresas que se dedican al negocio de la cultura y el arte son de carácter privado, razón por la cual considero que si es pertinente y necesario disponer la suscripción de contratos como un mecanismo para poder materializar el espíritu de la iniciativa.

3. Ahora bien afirma la administración que "algunos inmuebles que están bajo la administración de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte y, de la Secretaría de Educación del Distrito, que no constituyen espacio público y por tanto no pueden ser considerados como tal" es claro que la iniciativa se refiere al aprovechamiento del espacio público, sin embargo estoy de acuerdo con la administración Distrital en que existen lugares de la ciudad que aunque no son espacio público si son bienes de uso público que eventualmente también podrían ser aprovechados para hacer muestras culturales o artísticas, razón por la cual modifiqué el articulado incluyendo los bienes de uso público que no se habían tenido en cuenta en los proyectos presentados anteriormente.

4. Para finalizar la administración establece que "la adecuación de la infraestructura de los espacios públicos en los cuales se ha pensado que podrían realizarse las actividades contempladas, la realización de los convenios con Instituciones educativas, la elaboración del calendario de eventos y exposiciones y la divulgación de los mismos, sí generaría gastos con cargo a las Secretarías de Cultura y Educación", al respecto, reitero que definitivamente esta iniciativa no ordena gastos adicionales diferentes a las inherentes al desarrollo de las funciones de las entidades comprometidas, teniendo en cuenta que los convenios que se pretenden celebren las entidades son a titulo gratuito y no oneroso y además porque todas la entidades del distrito tienen anualmente comprometidos recursos para publicidad (impresos y publicaciones).

Cordialmente

CLARA LUCIA SANDOVAL M.

MARIA ANGELICA TOVAR R.

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

ORLANDO CASTAÑEDA S.

NELLY PATRICIA MOSQUERA

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

HIPÓLITO MORENO

MARTHA ESPERAWNZA ORDÓÑEZ

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

ORLANDO PARADA DÍAZ

ANDRÉS CAMACHO CASADO

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

SEVERO ANTONIO CORREA

LILIANA DE DIAGO

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

JAVIER PALACIO MEJIA

EDGAR ALFONSO TORRADO

Vocero Bancada Partido de la U

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO No. DE 2009

"POR MEDIO DEL CUAL SE PROMUEVE LA OFERTA CULTURAL Y ARTISTICA GRATUITA EN EL ESPACIO PÚBLICO Y BIENES DE USO PÚBLICO DE BOGOTÁ Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

El Concejo de Bogotá D.C. en uso de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las contenidas en el artículo 12 Numerales 1 del Decreto Ley 1421 de 1993;

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Promuévase la oferta cultural y artística gratuita en el espacio público y bienes de uso público de Bogotá. La Secretaría Distrital de Educación y la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, realizarán los convenios necesarios para que las universidades tanto públicas como privadas realicen muestras culturales y artísticas a la ciudad de forma voluntaria y como parte de la práctica académica de los estudiantes de arte, música, teatro, y cualquier otra manifestación artística propia de sus programas de estudio.

PARAGRAFO. Los Convenios a que se refiere el presente artículo deberán ser suscritos también con los planteles de educación media de la red pública y privada del Distrito capital.

ARTÍCULO SEGUNDO: Los espacios públicos y los bienes de uso público en los que se realizarán las muestras de habilidades, talentos y destrezas de los estudiantes son entre otros: parques, plazoletas, bibliotecas, colegios públicos, teatros, salones comunales, y demás sitios públicos que sean responsabilidad de la Secretaria de Cultura, Recreación y Deporte, la Secretaría de Educación del distrito o que sean administrados por particulares en convenio con dichas instituciones públicas.

ARTÍCULO TERCERO: La Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, realizará el cronograma de las actividades y eventos a desarrollarse, exaltando el mes de octubre considerado como el mes del artista.

ARTÍCULO CUARTO: Con el fin de buscar la participación de la ciudadanía en estas actividades, la Secretaría Dsitrital de Cultura, Recreación y Deporte y la Secretaría Distrital de Educación divulgarán ampliamente el horario y sitio donde se realizaran estas actividades.

ARTÍCULO QUINTO: VIGENCIA El presente acuerdo rige a partir de su publicación.

Publíquese y Cúmplase

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 HIPERSONICA: htt://www.hipersonica.com/2007/09/07-La noche en blanco 2007- la cultura invade las calles de Madrid.

2 EL PAIS. http://www.elpais.com/articulo/agenda/paris/pasa/noche/blanco/elpepiage_1/tes/.

3 Memorias Foro Internacional Espacio Público y Ciudad. Cámara de Comercio de Bogotá. Realizado los días 10 y 11 de Mayo de 2005.

4 Copia textual de la Ponencia de la Concejal Martha Esperanza Ordóñez para el Proyecto de Acuerdo N 523 de 2008.