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Decreto 530 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO DE 2000

DECRETO 530 DE 2000

( Junio 29)

Derogado por el art. 69 del Decreto Distrital 854 de 2001

por cual se hace una delegación especial.

 

El Alcalde Mayor (E) de Santa Fe De Bogotá, D. C., en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 38 y 40 del Decreto Ley 1421 de 1993 y

 

CONSIDERANDO:

Que en calidad de representante legal, judicial y extrajudicial del Distrito Capital corresponde al Alcalde Mayor de Santa Fe de Bogotá, la realización de todos los actos y negocios atinentes a los bienes que conforman el patrimonio inmobiliario del Distrito.

Que el artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993 modificado por el artículo 162 del Decreto Ley 266 del 22 de febrero de2000, en concordancia con lo establecido en la Ley 80 de 1993 y la Ley 489 de 1998 establece que el Alcalde Mayor, podrá delegar en otro funcionarios distritales las funciones que le asignan la Ley y los Acuerdos.

Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo 18 de 1999, corresponde al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, la administración de los bienes inmuebles del nivel central del distrito Capital, la conformación del inventario general del patrimonio inmobiliario Distrital, la promoción de las acciones judiciales y administrativas requeridas para la defensa de los bienes inmuebles y en general adelantar las acciones requeridas para el saneamiento de los bienes inmuebles del Distrito Capital.

Que en base de lo anterior y en observancia de los principios que inspiran las actuaciones administrativas u en especial los de economía, celeridad, eficiencia y eficacia, es necesario delegar la representación, judicial y extrajudicial del Distrito relativa a los bienes que conforman el patrimonio inmobiliario Distrital.

DECRETA:

Artículo 1°.- Delegar en el Director del departamento administrativo de la Defensoría del espacio Público, la representación legal del Distrito Capital para celebrar los convenios interadministrativos, adjudicar y celebrar los contratos relacionados con el patrimonio inmobiliario Distrital.

Parágrafo 1°.-La anterior delegación no incluye de constituir garantías, gravámenes ni limitaciones al derecho de propiedad sobre los bienes inmuebles del Distrito Capital.

Parágrafo 2°.- La delegación de que trata el presente artículo incluye todos los actos inherentes a la actividad contractual.

Artículo 2°.- Delegar en el Director del departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, la representación legal, judicial y extrajudicial del distrito Capital para promover las acciones judiciales, extrajudiciales y administrativas que fueren necesarias para la defensa y saneamiento de los bienes inmuebles que conforman el patrimonio inmobiliario Distrital, así como para la custodia, preservación y recuperación de los bienes del espacio público del Distrito Capital.

Parágrafo 1°.- La delegación de que tata el presente artículo incluye todos los actos inherentes a la actividad judicial.

Parágrafo 2°.- Las acciones judiciales, extrajudiciales y administrativas que se encuentren en curso, a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, continuarán siendo tramitadas hasta su culminación por la entidad, organismo o dependencia a cuyo cargo se encuentren.

Artículo 3°.- Las delegaciones establecidas en los Decretos 258 y 294 de 2000 continúan vigentes, con las modificaciones derivadas de la delegación especial que se efectúa mediante el presente Decreto.

Artículo 4°.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que lo sean contrarias.

 

Publíquese, comuníquese y cúmplase

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 29 días de junio de 2000.

 

Alcalde Mayor (E), LUZ ZORAIDA ROZO BARRAGÁN