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Directiva Presidencial 008 de 2009 Presidencia de la República

Fecha de Expedición:
15/10/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 46503 del 15 de octubre de 2009.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DIRECTIVA PRESIDENCIAL 08 DE 2009

PARA:

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, MINISTROS DEL DESPACHO, DIRECTORES DE LOS DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, DIRECTORES DE ENTIDADES CENTRALIZADAS Y DESCENTRALIZADAS DEL ORDEN NACIONAL, GOBERNADORES, ALCALDES Y DEMAS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ORDEN NACIONAL Y TERRITORIAL.

DE:

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

ASUNTO:

Ahorro de energía

FECHA:

15 de octubre de 2009

Ver la Circular de la Sec. General 03 de 2010

Con el fin de lograr el objetivo estatal de ahorro de energía establecido en los artículos 66 de la Ley 143 de 1994 y 2 de la Ley 697 de 2001, se deberán adoptar a partir de la fecha, todas las medidas que sean necesarias y contribuyan a asegurar el abastecimiento energético pleno y oportuno, tales como:

1. Apagar la luz en las dependencias que no se ocupan de manera continua, tales como salas de juntas, baños, archivos o depósitos.

2. Encender la iluminación solamente cuando no haya luz natural suficiente.

3. Verificar que los equipos queden desconectados y la luz apagada al salir de las oficinas.

4. Ahorrar agua, especialmente en riego de jardines, lavado de vehículos y espacios públicos.

5. Apagar las luces de los edificios sede de las entidades públicas, a partir de las 8 p. m.

6. Promover programas de ahorro de energía eléctrica y agua.

7. En especial, los Gobernadores y Alcaldes adelantarán dentro de la ciudadanía campañas de ahorro de energía eléctrica y agua en cada una de sus jurisdicciones.

Los jefes de los organismos y entidades a 105 cuales va dirigida la presente Directiva velaran por el cumplimiento de la misma.

ALVARO URIBE VELEZ

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 46503 de octubre 15 de 2009.