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Decreto 4402 de 2009 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
13/11/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/11/2009
Medio de Publicación:
Diario Oficial 47.538 de noviembre 19 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 4402 DE 2009

(Noviembre 13)

Por el cual se modifica el artículo 33 del Decreto 962 del 20 de marzo del 2009, modificado por el artículo 1° del Decreto 2189 de 2009

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades constitucionales y legales, especialmente las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°. El artículo 33 del Decreto 962 del 20 de marzo de 2009, modificado por el artículo 1° del Decreto 2189 de 2009, quedará así:

"Artículo 33. Vigencia. El presente decreto comenzará a regir el 20 de febrero de 2010".

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de noviembre de 2009

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Oscar Iván Zuluaga Escobar.

El Viceministro de Desarrollo Empresarial, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo,

Ricardo Duarte Duarte.

NOTA: Publicado en el Diario Oficial 47.538 de noviembre 19 de 2009.