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Directiva 6 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/12/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR N°

DIRECTIVA 006 DE 2009

(Diciembre 28)

PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, DIRECTORES DE INSTITUTOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, GERENTES DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, EMPRESAS SOCIETARIAS Y EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DEL ORDEN DISTRITAL, ALCALDÍAS LOCALES Y VEEDURÍA DISTRITAL.

DE:

ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (E)

ASUNTO:

GESTIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL EN RELACIÓN CON LOS PROCESOS ELECTORALES EN EL DISTRITO CAPITAL.

FECHA:

Diciembre 28 de 2009

La Administración Distrital, la Organización Nacional Electoral y el Gobierno Nacional comparten la responsabilidad de garantizar las condiciones necesarias para un desarrollo efectivo de los procesos electorales en el Distrito Capital, y en consecuencia, de la democracia en la ciudad. En este contexto resulta especialmente importante la inmediata y decidida colaboración que las entidades de la Administración Distrital, de acuerdo con su competencia y recursos, puedan prestar para tales efectos.

Lo anterior en desarrollo de los Decretos Nacionales 2267 y 2447 de 1997, 2390 de 2003 y 1465 de 2007, todo con el propósito de que dentro del principio de separación de poderes, pero con la colaboración armónica que exige la realización de los fines del Estado, se trabaje conjuntamente a fin de garantizar la transparencia e imparcialidad del proceso electoral, así como el fortalecimiento de la democracia y de las instituciones políticas en la ciudad.

1. Coordinación de la gestión para el desarrollo de los procesos electorales:

Para el logro de los fines antes mencionados y en el marco de la Comisión Distrital para la Coordinación y Seguimiento de los procesos electorales, funcionarán los siguientes comités de trabajo:

a) Comité de Coordinación Logística:

Tendrá como fin coordinar y garantizar en forma oportuna y efectiva la gestión de la Administración Distrital en los procesos electorales en asuntos logísticos y administrativos como transporte, comunicaciones, puestos de votación, redes eléctricas, entre otros. Este grupo actuará de forma articulada con las distintas entidades públicas y privadas que tengan participación y competencia en el tema.

La coordinación y secretaría técnica del comité estará a cargo de la Secretaría Distrital de Gobierno – Dirección de Seguimiento y Análisis Estratégico. Para el efecto, cada entidad de la Administración Distrital deberá designar un funcionario con: (1) poder de decisión; (2) capacidad de coordinación; (3) disponibilidad de tiempo; y (4) comunicación directa con el jefe de la Entidad.

El nombre del funcionario designado deberá ser informado a la Secretaría Distrital de Gobierno - Dirección de Seguimiento y Análisis Estratégico (mcortes@segobdis.gov.co), dependencia que se encargará de la coordinación de este grupo interinstitucional.

b) Comité de Seguridad Electoral:

Tendrá como fin coordinar y garantizar en forma oportuna y efectiva la gestión de la Administración Distrital en los procesos electorales en temas relacionados con la seguridad de los candidatos, las sedes políticas, la Registraduría, los puestos de votación y el orden público, entre otros. Este grupo actuará de forma articulada con las distintas entidades y organismos de seguridad del orden nacional y distrital y las entidades públicas y privadas que tengan participación y competencia en el tema.

La coordinación y secretaría técnica del comité estará a cargo de la Secretaría Distrital de Gobierno – Subsecretaría de Asuntos para la Convivencia y Seguridad Ciudadana. Para el efecto, cada entidad de la Administración Distrital que tenga competencia en la materia deberá designar un funcionario con: (1) poder de decisión; (2) capacidad de coordinación; (3) disponibilidad de tiempo; y (4) comunicación permanente con el jefe de la Entidad.

El nombre del funcionario designado deberá ser informado a la Secretaría Distrital de Gobierno – Subsecretaría de Asuntos para Convivencia y Seguridad Ciudadana (arestrepo@segobdis.gov.co), dependencia que se encargará de la coordinación de este grupo interinstitucional.

c) Comité de Garantías Electorales:

Tendrá como fin coordinar y garantizar en forma oportuna y efectiva la gestión que se debe desarrollar en el Distrito Capital con el fin que los procesos electorales de 2010 se realicen con todas las garantías necesarias para el efecto. Este grupo estará conformado por la Personería Distrital, la Secretaría Distrital de Gobierno y la Registraduría Distrital, y se invitarán de manera permanente a los representantes de los partidos y movimientos políticos; actuará de forma articulada con las distintas entidades públicas y privadas que tengan participación y competencia en el tema.

La coordinación y secretaría técnica del comité estará a cargo de la Personería Distrital.

2. Marco legal de las transferencias de recursos que la Secretaría Distrital de Gobierno efectúa a la Registraduría Distrital.

La Administración Distrital apoyará éstos procesos y los que se llegaren a presentar en la vigencia 2010, atendiendo a lo establecido en el artículo 46 del Decreto 3254 de 1963, en el artículo 2° de la Ley 136 de 1994 donde se precisa la responsabilidad de la Secretaría Distrital de Gobierno en lo referente a cubrir los gastos electorales en el Distrito Capital de Bogotá.

Los procesos electorales que se llevarán a cabo en el año 2010 son:

1) Elección del Congreso de la República: 14 de Marzo 2010.

2) Elección de Presidente: primera vuelta 30 de Mayo o de la segunda vuelta 20 Junio de 2010.

En este orden de ideas, la Secretaría Distrital de Gobierno de manera conjunta con la Registraduría Distrital realizará los trámites requeridos, dentro del marco legal y presupuestal vigente, con el fin de hacer efectiva la transferencia de los recursos correspondientes a los gastos electorales de los procesos arriba mencionados.

Cordialmente,

HÉCTOR ZAMBRANO RODRÍGUEZ

Alcalde Mayor (E)