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Decreto 599 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/12/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/12/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4350 de diciembre 31 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 599 DE 2009

(Diciembre 30)

Derogado por el Decreto Distrital 547 de 2010

"Por el cual se fija la tarifa del Sistema de Transporte Masivo Urbano de Pasajeros - Sistema TransMilenio – en el Distrito Capital"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el literal c) del artículo 1ro del Decreto 80 de 1987, por la Ley 105 de 1993, Ley 336 de 1996, Decreto 105 de 1995, Decreto Distrital 831 de 1999 y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido por el literal c) del artículo 1º del Decreto Ley 80 de 1987, corresponde al Distrito Capital de Bogotá, dentro de su jurisdicción fijar las tarifas del transporte terrestre urbano y suburbano, de pasajeros y mixto, cuando no sea subsidiado por el Estado.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 336 de 1996, por el cual se adopta el Estatuto Nacional de Transporte, las autoridades competentes elaborarán los estudios de costos que sirvan de base para el establecimiento de las tarifas.

Que el artículo 10 del Decreto Distrital 831 de 1999, establece que la tarifa al usuario por el uso del servicio de transporte público masivo de pasajeros, bajo la modalidad terrestre automotor, será integrada, debiendo cumplir con principios de autosostenibilidad y costeabilidad de la tarifa y se instrumentará mediante la determinación de una tarifa técnica equilibrada que incorporará la canasta de costos de la operación del Sistema de Transporte Masivo Urbano de Pasajeros – TRANSMILENIO -, y que tendrá en consideración el volumen de usuarios del mismo.

Que la Empresa de Transporte del Tercer Milenio – TRANSMILENIO S.A.- ha realizado los estudios técnicos y económicos correspondientes, los cuales fueron puestos a consideración de la Secretaría Distrital de Movilidad.

Que mediante memorando SDM- 50006 – 09 – DESS- 4962, la Dirección de Estudios Sectoriales y de Servicios recomendó a la Subsecretaría de Política Sectorial de la Secretaría Distrital de Movilidad, el incremento de la tarifa al usuario del servicio público de transporte masivo del sistema Transmilenio a $1.600.

Que el último incremento de la tarifa del servicio de transporte masivo urbano de pasajeros -Sistema TransMilenio-, se hizo el 3 de julio de 2008 mediante Decreto número 209.

Que en mérito de lo expuesto:

DECRETA:

Artículo 1. La tarifa máxima del servicio de transporte masivo urbano de pasajeros del Sistema TransMilenio, será de mil seiscientos pesos ($1.600.oo) moneda corriente, la cual se empezará a cobrar al usuario a partir de la fecha de la publicación del presente decreto.

Artículo 2. El presente decreto deroga las normas que le sean contrarias en especial el Decreto 209 del 03 de julio de 2008.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C. a los 30 días del mes de Diciembre de 2009

HECTOR ZAMBRANO RODRIGUEZ

Alcalde Mayor (E)

ANGELA PIEDAD ARENAS PORRAS

Secretaria Distrital de Movilidad (E)