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Decreto 523 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
07/12/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/12/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4335 de diciembre 9 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 523 DE 2009

DECRETO 523 DE 2009

(Diciembre 7)

"Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2009 con cargo al Fondo de Compensación Distrital".

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL,

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 3° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 35 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 2 del Decreto 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2°, dispone que, cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital, se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que adicionalmente, el mismo artículo 2º. dispone que cuando las operaciones presupuestales afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital, se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital se expidió los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 1001 y 1014 del 1° y 3 de diciembre de 2009.

Que la Secretaría Distrital de Gobierno requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento - Gastos Generales en el rubro "Sentencias Judiciales", con el fin de realizar el pago al Fondo para la Protección a los Derechos e Intereses Colectivos Defensoría del Pueblo, en virtud del compromiso adquirido por el Distrito Capital en la audiencia de verificación de cumplimiento del fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Cundínamarca, Sección Cuarta, Subsección "B", del proceso Acción de Grupo No. 01-029, interpuesto por la Señora Gloria Patricia Quintero y Otros contra la Alcaldía Mayor de Bogotá – Otros, de los hechos ocurridos en la Ciudadela Santa Rosa.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - DASCD, en Gastos de Funcionamiento – Gastos Generales en el rubro de "Sentencias Judiciales", requiere recursos para atender el fallo proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca Sección Segunda - Subsección "A", frente al proceso de nulidad y restablecimiento del derecho instaurado por la señora Martha Clemencia Diaz Téllez contra la Administración Distrital - Alcaldía Mayor, Departamento Administrativo del Servicio Civil de Bogotá.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Trasladar en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2009, la suma de Tres Mil Ciento Setenta y Cinco Millones Cuatrocientos Veinticuatro Mil Setenta y Un Pesos ($3.175.424.071) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS

111

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

 

3.175.424.071

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

 

3

GASTOS

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.3.02

OTRAS TRANSFERENCIAS

 

 

3.1.3.02.01

Fondo de Compensación Distrital

3.175.424.071

 

 

SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS

 

3.175.424.071

CRÉDITOS

110

SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO

 

3.000.000.000

3

GASTOS

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.2.03

Otros Gastos Generales

 

 

3.1.2.03.01

Sentencias Judiciales

3.000.000.000

 

125

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL – DASCD

 

175.424.071

3

GASTOS

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.2.03

Otros Gastos Generales

 

 

3.1.2.03.01

Sentencias Judiciales

175.424.071

 

 

SUMAN LOS CREDITOS

 

3.175.424.071

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Diciembre siete (7) de dos mil nueve (2009).

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ

Secretario Distrital de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4335 de diciembre 9 de 2009.