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Proyecto de Acuerdo 37 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EL DIRECTOR ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO

PROYECTO DE ACUERDO No. 037 DE 2010


Ver Acuerdo Distrital 432 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

"Por medio del cual se modifica el artículo 37 de Acuerdo 24 de 1995

"Estatuto Orgánico del Presupuesto para el Distrito Capital"

EXPOSICION DE MOTIVOS

1. OBJETO DEL PROYECTO. El proyecto de Acuerdo pretende modificar el contenido normativo del artículo 37 del Acuerdo 24 de 1995 "Por el cual se expide el estatuto orgánico del presupuesto para el Distrito Capital", por presentar esta norma una antinomia normativa con lo dispuesto en el artículo 140 del Decreto 1421 de 1993 – Estatuto Orgánico de Bogotá D.C.

2. JUSTIFICACION. El artículo 19 del Acuerdo 20 de 1996, Autorizó al Gobierno Distrital, para que en el término de 30 días, compilara las normas de este acuerdo y las normas del acuerdo 24 de 1995, sin cambiar su redacción ni contenido, compilación que conformaría el Estatuto Orgánico del Presupuesto distrital.

De conformidad con la autorización impartida por el Concejo, la Administración Distrital expidió el Decreto 714 de 1996 - Estatuto Orgánico de Presupuesto - compilando lo Acuerdos citados, en donde se condenso lo referente a la expedición del presupuesto, disponiendo que si no se expidiere el presupuesto anual del Distrito Capital antes de la media noche del 10 de Diciembre, regiría el proyecto presentado por el gobierno, incluyendo las modificaciones aprobadas durantes los debates.1

Esta norma contenida en el Estatuto de Presupuesto, originada en el artículo 37 del Acuerdo 24 de 1995, ha presentado serias dificultades en su aplicación, por cuanto es contraria a lo preceptuado en el inciso segundo del artículo 140 del Decreto 1421 de 1993, que establece que el concejo debe expedir al presupuesto antes del 10 de Diciembre porque de lo contrario regiría el proyecto presentado por el Alcalde Mayor.

En el concejo se han presentado, durante varios años, interpretaciones diferentes respecto a los preceptos aludidos, tomando como punto de referencia el contenido legal es decir ha dado aplicación al artículo 140 del Estatuto Orgánico de Bogotá y en los últimos años ha expedido los presupuestos antes del 10 de Diciembre.

Pero a pesar de la posición asumida por la mayoría de los concejales, se siguen presentando problemas de interpretación, lo que conlleva interminables debates que desgastan al concejo impidiendo que la corporación cumpla de manera adecuada con las atribuciones que le han sido conferidas por la Constitución y la ley.

Ante esta situación he considerado necesario presentar este proyecto para que en el futuro se obvien estas situaciones, haciendo claridad en el término dentro del cual debe ser expedido el presupuesto del Distrito Capital, ajustando el acto administrativo (Acuerdo 24 de 1995 Art.37) a lo previsto en el Decreto 1421 de 1993 – Estatuto Orgánico de Bogotá D.C. – es decir que en adelante el presupuesto debe ser expedido antes del 10 de Diciembre.

Es de aclarar que la modificación se hace al artículo 37 del Acuerdo 24 de 1995 y no al artículo 42 del Decreto 714 de 1996, por cuanto al acto administrativo que genera el término es el Acuerdo y no el Decreto, este lo único que hace es compilar dos (2) Acuerdos que dan origen al Estatuto Presupuestal en cumplimiento al artículo 19 del Acuerdo 20 de 1996.

3. SUSTENTO JURIDICO. El presente proyecto se fundamenta jurídicamente en lo prescrito en el artículo 136 del Decreto 1421 de 1993.

4. COSTOS FISCALES DEL PROYECTO. La presente iniciativa no genera impacto fiscal alguno, por cuanto lo que se pretende es modificar una norma del estatuto orgánico del Presupuesto Distrital, ajustándola a las disposiciones de carácter legal.

De los Honorables Concejales

OMAR MEJIA BAEZ

Concejal.

PROYECTO DE ACUERDO No. _______ DE 2010

Por medio del cual se modifica el artículo 37 del Acuerdo 24 de 1995 "Estatuto Orgánico del prepuesto para el Distrito Capital"

El Concejo de Bogotá Distrito Capital

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales en especial las conferidas por el artículo 136 del Decreto 1421 de 1993

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO. El artículo 37 del Acuerdo 24 de 1995 quedará así:

Artículo 37. De la Expedición del Presupuesto. Si el Concejo Distrital no expidiere el presupuesto anual del Distrito Capital antes del diez (10) de Diciembre, regirá el proyecto presentado por el Alcalde Mayor.

ARTICULO SEGUNDO. El Presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D.C. a los _____ del mes de ________ de 2010.

NOTA DE PIE DE PÁGINA

1 Artículo 42 Decreto 714 de1996