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Acuerdo 428 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/02/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/02/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4377 de febrero 17 de 2010
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 428 DE 2010

(Febrero 16)

Reglamentado por el Decreto Distrital 400 de 2010

Por medio del cual se derogan los Acuerdos No. 55 de 1911 y 45 de 1964 y se dictan otras disposiciones

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las consagradas en los artículos 12, numeral 1 y 35 del Decreto 1421 de 1993,

Ver Proyectos de Acuerdo 387 y 436 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO. Derógasen los Acuerdos Números 55 de 1911 "Por el cual se dispone la manera de cumplir una cláusula testamentaria", y 45 de 1964, "Por el cual se reforman unos artículos del Acuerdo 55 de 1.911".

ARTÍCULO SEGUNDO. El Alcalde Mayor de la ciudad dará cumplimiento, en cuanto hubiere lugar a ello en derecho y de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y demás normas vigentes, a la voluntad testamentaria del señor Rufino José Cuervo sobre el legado de que trataban los Acuerdos mencionados en el artículo primero del presente Acuerdo.

ARTÍCULO TERCERO. El presente acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

SOLEDAD TAMAYO TAMAYO

ROSA ELENA MORALES MENESES

Presidenta

Secretaría General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

Febrero 16 de 2010