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Decreto Local 21 de 2009 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
17/12/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/12/2009
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4344 de diciembre 22 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 21 DE 2009

DECRETO LOCAL 21 DE 2009

(Diciembre 17)

Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de Enero 1 a Diciembre 31 de 2010

LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 21 del Decreto 1139 del 29 de Diciembre de 2000, y

CONSIDERANDO:

1. Que la Alcaldesa Local de Antonio Nariño presentó oportunamente el proyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2010 a la Junta Administradora Local.

2. Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10, literal (f) del Decreto 714 de 1996, el Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal del año 2010, presentado por la Alcaldesa Local, cuenta con el concepto favorable del Consejo de Política Económica y Fiscal CONFIS según reunión No. 13 del 25 de Noviembre de 2009.

3. Que de acuerdo con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la localidad Antonio Nariño 2009 – 2012 y con el Plan de Inversión correspondiente, se han distribuido las partidas en el plan de cuentas del presupuesto de acuerdo al PLAN DE DESARROLLO ECONOMICO, SOCIAL Y DE OBRAS "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor Antonio Nariño: En competitividad, Complementariedad y Oportunidad Para Todas (os) 2009 – 2012"

4. Que la Secretaría de Hacienda Distrital, mediante comunicación No.2009EE680118 del 6 de Octubre de 2009, certificó para la vigencia fiscal 2010, que la cuota global de Transferencia para el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, es por la suma de $10.038.655.000

5. Que con Acuerdo Local No. 09 del 15 de Diciembre de 2009 la Junta Administradora Local de Antonio Nariño aprobó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de 2010.

6. Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Liquidar el presupuesto anual de Rentas e Ingresos para la vigencia fiscal del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010, en la cantidad de $21.859.253.000 VENTIUN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS MIL M/CTE de acuerdo al siguiente detalle:

CÓDIGO

NOMBRE

2009

1

DISPONIBILIDAD INICIAL

11.739.609.000

2

INGRESOS

10.119.644.000

2 1

INGRESOS CORRIENTES

74.918.000

2 1 2

NO TRIBUTARIOS

74.918.000

2 1 2 03

Multas

67.811.000

2 1 2 04

Rentas Contractuales

0

2 1 2 04 02

Arrendamientos

0

2 1 2 99

Otros Ingresos No Tributarios

7.107.000

2 2

TRANSFERENCIAS

10.038.655.000

2 2 4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

10.038.655.000

2 2 4 05

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

10.038.655.000

2 2 4 05 01

Vigencia

10.038.655.000

2 2 4 05 02

Vigencia Anterior

0

2 4

RECURSOS DE CAPITAL

6.071.000

2 4 1

Recursos del Balance

6.071.000

2 4 1 03

Venta de Activos Fijos

0

2 4 3

Rendimientos por operaciones financieras

0

2 4 3 02

Rendimientos provenientes de Recursos de Libre Destinación

0

2 4 5

Excedentes Financieros

0

2 4 9 Otros recursos de capital

6.071.000

TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL

21.859.253.000

ARTÍCULO SEGUNDO: Liquidar el presupuesto anual de Gastos e Inversiones de la localidad Antonio Nariño, durante la vigencia fiscal del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2010, en la cantidad de $21.859.253.000 VENTIUN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL PESOS M/CTE. de acuerdo al siguiente detalle

3

GASTOS

21.859.253.000

3 3

INVERSIÓN

10.119.644.000

3 3 1

DIRECTA

10.119.644.000

3 3 1 13

Bogotá positiva: para vivir mejor

10.119.644.000

3 3 1 13 01

CIUDAD DE DERECHOS

4.516.490.000

3 3 1 13 01 01

Bogotá sana

180.000.000

3 3 1 13 01 01 11

Apoyo a programas de promoción y prevención en salud a los habitantes de la localidad

180.000.000

3 3 1 13 01 03

Fortalecimiento y provisión de los servicios de salud

123.500.000

3 3 1 13 01 03 13

Apoyo a programas de promoción y prevención en el consumo de sustancias psicoativas en la localidad SPA

123.500.000

3 3 1 13 01 04

Bogotá bien alimentada

890.000.000

3 3 1 13 01 04 14

Apoyo a programas de ayuda alimentaria para comedores comunitarios

600.000.000

3 3 1 13 01 04 16

Apoyo al mejoramiento y adecuación de la infraestructura de las plazas de mercado

150.000.000

3 31 13 01 04 21

Fortalecimiento del sistema de abastecimiento local

140.000.000

3 3 1 13 01 05

Alternativas productivas para la generación de ingresos para poblaciones vulnerables

93.000.000

3 3 1 13 01 05 23

Apoyo a programas para la generación de ingresos para el trabajador informal y poblaciones vulnerables

93.000.000

3 3 1 13 01 06

Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor

156.000.000

3 3 1 13 01 06 24

Realización de eventos intercolegiados en la localidad.

78.000.000

3 3 1 13 01 06 26

Implementación de programas de formación y cultura ambiental en la localidad.

78.000.000

3 3 1 13 01 07

Acceso y permanencia a la educación para todas y todos

150.000.000

3 3 1 13 01 07 28

Brindar mejores oportunidades de acceso a la educación superior, técnica y tecnológica a jóvenes de la localidad

150.000.000

3 3 1 13 01 08

Mejoramiento de la infraestructura y la dotación de colegios

450.000.000

3 3 1 13 01 08 29

Dotación de laboratorios y logística de Instituciones Educativas Distritales IEDS

450.000.000

3 3 1 13 01 09

Derecho a un techo

60.000.000

3 3 1 13 01 09 774

Mejoramiento de la vivienda

60.000.000

3 3 1 13 01 10

En Bogota se vive un mejor ambiente

45.000.000

3 3 1 13 01 10 775

Recuperación y mantenimiento de malla verde

45.000.000

3 3 1 13 01 12

Bogotá viva

442.000.000

3 3 1 13 01 12 30

Realización de programas de formación y eventos culturales locales

190.000.000

3 3 1 13 01 12 32

Realización de programas y eventos recreativos y deportivos en la localidad

252.000.000

3 3 1 13 01 13

Igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad

290.000.000

3 3 1 13 01 13 33

Fortalecimiento al programa de ayudas técnicas a personas con discapacidad

40.000.000

3 3 1 13 01 13 34

Apoyo socioeconómico a personas en condición de discapacidad

250.000.000

3 3 1 13 01 14

Toda la vida integralmente protegidos

1.545.990.000

3 3 1 13 01 14 776

Infraestructura y formación para la protección de la familia y la niñez

150.000.000

3 3 1 13 01 14 35

Apoyo socioeconómico al adulto mayor de la localidad

780.990.000

3 3 1 13 01 14 36

Desarrollar un programa para la promoción de los derechos económicos, sociales y culturales DESC para la población juvenil

65.000.000

3 3 1 13 01 14 38

Apoyar la construcción de un jardín infantil en la localidad

500.000.000

3 3 1 13 01 14 42

Apoyo a la dotación de dos jardines infantiles

50.000.000

3 3 1 13 01 15

Bogotá respeta la diversidad

50.000.000

3 3 1 13 01 15 43

Festival local de las culturas, la libertad y la diversidad

50.000.000

3 3 1 13 01 16

Bogotá positiva con las mujeres y la equidad de género

41.000.000

3 3 1 13 01 16 44

Desarrollo de procesos de formación social y política para las mujeres de la localidad.

41.000.000

3 3 1 13 13

DERECHO A LA CIUDAD

3.112.883.000

3 3 1 13 02 17

Mejoremos el barrio

1.560.000.000

3 3 1 13 02 17 46

Recuperación de la malla vial de la localidad

1.560.000.000

3 3 1 13 02 20

Ambiente vital

76.000.000

3 3 1 13 02 20 48

Implementación de buenas practicas ambientales en el sector productivo local

76.000.000

3 3 1 13 02 25

Espacio público para la inclusión

1.012.883.000

3 3 1 13 02 25 50

Mantenimiento y recuperación de andenes locales

812.883.000

3 3 1 13 02 25 51

Programa de reubicación y formalización de vendedores informales

200.000.000

3 3 1 13 02 27

Bogotá espacio de vida

49.000.000

3 3 1 13 02 27 53

Adecuación de espacios deportivos y recreativos de la localidad

49.000.000

3 3 1 13 02 29

Bogotá segura y humana

295.000.000

3 3 1 13 02 29 54

Plan local de seguridad y convivencia

295.000.000

3 3 1 13 02 31

Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias

120.000.000

3 3 1 13 02 31 55

Implementación del plan local de prevención y atención de emergencias

120.000.000

3 3 1 13 03

CIUDAD GLOBAL

651.512.000

3 3 1 13 03 33

Fomento para el desarrollo económico

550.000.000

3 3 1 13 03 33 57

Consolidar el proyecto de la Unidad Local de Desarrollo Empresarial -ULDE-

400.000.000

3 3 1 13 03 33 58

Apoyo a programas de capacitación a personas cabeza de hogar

150.000.000

3 3 1 13 03 34

Bogotá sociedad del conocimiento

50.000.000

3 3 1 13 03 34 59

Implementar estrategias para la apropiación social de la ciencia, la tecnología y la innovación

50.000.000

3 3 1 13 03 35

Bogotá competitiva e internacional

51.512.000

3 3 1 13 03 35 777

Promoción y mercadeo local

51.512.000

3 3 1 13 04

PARTICIPACIÓN

420.000.000

3 3 1 13 04 38

Organizaciones y redes sociales

420.000.000

3 3 1 13 04 38 61

Apoyo a la construcción de espacios comunales locales

290.000.000

3 3 1 13 04 38 62

Apoyo a espacios de participación económica y social de la localidad.

130.000.000

3 3 1 13 05

OBJETIVO GESTION PUBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE

1.418.759.000

3 3 1 13 05 49

Desarrollo institucional integral

1.418.759.000

3 3 1 13 05 49 65

Apoyo a los procesos de control político y administrativo locales.

432.271.000

3 3 1 13 05 49 66

Fortalecimiento para la gestión organizacional y administrativa local.

986.488.000

3 3 6

OBLIGACIONES POR PAGAR

11.739.609.000

4

DISPONIBILIDAD FINAL

0

TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL

21.859.253.000

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de diciembre de dos mil nueve (2009).

ANTONIA CELESTINA SUÁREZ CASTELBLANCO

Alcaldesa Local de Antonio Nariño

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4344 de diciembre 22 de 2009.