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Resolución 3692 de 2009 Secretaría Distrital de Ambiente

Fecha de Expedición:
13/05/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/05/2009
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 3692 DE 2009

RESOLUCIÓN 3692 DE 2009

(Mayo 13)

"Por la cual se delegan unas funciones al Subdirector de Silvicultura, Flora y Fauna Silvestre"

EL SECRETARIO DISTRITAL DE AMBIENTE

En uso de sus facultades legales, en especial las que confiere el Decreto 109 de 2009 y 175 de 2009

CONSIDERANDO

Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios, entre otros, de eficacia, economía y celeridad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.

Que la Ley 489 de 1998 en el artículo 9 establece que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que mediante Resolución No. 438 del 23 de mayo de 2001, el Ministerio del Medio Ambiente estableció el Salvoconducto Único Nacional para la movilización de especímenes de la diversidad biológica y otorgó la competencia de la expedición a la Autoridad Ambiental con jurisdicción en el sitio donde legalmente se encuentren los especimenes.

Que igualmente mediante Resolución No. 0619 del 9 de julio de 2002, el Ministerio del Medio Ambiente estableció el Salvoconducto Nacional para la movilización de productos primarios provenientes de plantaciones forestales.

Que la Resolución aludida en el inciso anterior no modificó lo relativo a la competencia en la expedición de dichos Salvoconductos.

Que la Resolución 1710 del 26 de diciembre de 1995, se delegó entre otros al Director del DAMA, las autorizaciones o vistos buenos, antes otorgados por el INDERENA, que en los documentos de declaración de exportación de individuos especimenes o productos de especies silvestres de fauna, terrestres o acuáticos, incluidas aquellas propagadas en cautividad o mediante cultivos, exige la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.

Que el artículo 2 de la resolución en cita, dispone que cada uno de los Directores de las entidades autorizadas pueden delegar en un funcionario del nivel ejecutivo que ellos consideren pertinente, el otorgamiento del visto bueno a que se refiere el artículo anterior.

Que el artículo 101 del Acuerdo Distrital No. 257 de 2006, expedido por el Honorable Concejo de Bogotá, "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los Organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones", dispuso la transformación del Departamento Técnico Administrativo del medio Ambiente - DAMA en la Secretaría Distrital de Ambiente.

Que mediante el Decreto 109 de 2009, se modificó la estructura de la Secretaría Distrital de Ambiente.

Que el Decreto Distrital No. 109 de 2009, establece en el literal del artículo d) del artículo 5º, como función de la Secretaría Distrital de Ambiente, ejercer la autoridad ambiental en el Distrito Capital, en cumplimiento de las funciones asignadas por el Ordenamiento Jurídico vigente, a las autoridades competentes en la materia.

Que corresponde al Secretario Distrital de Ambiente, de conformidad con lo establecido en el literal 9) del artículo 8º del Decreto 109 de 2009, dirigir el desarrollo institucional de la Secretaría Distrital de Ambiente y de sus funciones, formulando su política y orientando sus planes, programas y proyectos para lograr el cumplimiento de su misión y objetivos institucionales, empleando los instrumentos administrativos, legales, financieros, de planeación y gestión a que haya lugar, incluyendo la delegación de las funciones que considere pertinentes.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Delegar en el Subdirector de Silvicultura, Flora y Fauna Silvestre, la expedición del Salvoconducto Único Nacional para la movilización de especimenes de la diversidad biológica y el Salvoconducto Nacional para la movilización de productos primarios provenientes de plantaciones forestales y las actas de registro del libro de operaciones de las Industrias forestales.

ARTICULO SEGUNDO: Delegar en el Subdirector de Silvicultura, Flora y Fauna Silvestre, la función de dar las autorizaciones o vistos buenos que en los documentos de declaración de exportación de individuos especimenes o productos de especies silvestres de fauna, terrestres o acuáticos, incluidas aquellas propagadas en cautividad o mediante cultivos que exige la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, de acuerdo con lo establecido en la Resolución No. 1710 de 1995, expedida por el Ministerio del Medio Ambiente.

ARTICULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No. 0040 de 2007.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los trece (13) días del mes de mayo de 2009

JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE

Secretario Distrital de Ambiente