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Proyecto de Acuerdo 108 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 108 DE 2010

"Por medio del cual se crea la Biblioteca Pública Virtual del Distrito Capital"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO

Crear la Biblioteca Pública Virtual del Distrito Capital la que servirá de apoyo y fortalecimiento a la BibloRed del Distrito.

JUSTIFICACIÓN

En el Distrito existe la Red de Bibliotecas Públicas del Distrito, BiblioREd, que coordina el servicio de las bibliotecas del Distrito, pero no tiene ingerencia en la elaboración de los contenidos y los énfasis de conocimientos que ofrece cada una de las bibliotecas públicas de Bogotá D. C. En la capital no existe una Biblioteca Pública Virtual que priorice unos contenidos e información elaborados por una organización pública específica, como es el Distrito Capital, y que preste un servicio coordinado por el ente encargado de la política pública educativa de la ciudad como es la Secretaría de Educación del Distrito.

En los contenidos e información que entran a hacer parte del ciberespacio se requiere que existan unos énfasis cognitivos debidamente estructurados en forma plataforma virtual institucional, que tengan en cuenta la historia y el desarrollo científico, tecnológico, artístico, cultural, social, político, económico, etc, constante de Bogotá, y además, que sirva de enlace a todos los colegios e instituciones del Distrito.

La Biblioteca Pública Virtual del Distrito Capital pretende ofrecer un amplio abanico de opciones de lectura y consulta a los estudiantes y docentes, gracias a la red virtual que permite una apertura de oportunidades de desarrollo cognitivo, creativo, innovador y de formación autónoma. El acceso por internet reduce los costes de la información, la democratización de la información y la disminución de costos de movilidad de las personas que buscan los servicios de biblioteca, a fin de mejorar la calidad de vida de sus habitantes. Por otro lado, la Biblioteca Pública Virtual se convierte en una buena oportunidad en la consecución de los objetivos del Bicentenario de la independencia.

CONSIDERACIONES GENERALES

En concepto de Jorge Orlando Melo (2003) la Sociedad de la Información es abundante en contenidos y en posibilidades para la educación y el intercambio comunicativo. Las nuevas tecnologías de la información han contribuido al "proceso de globalización que tiende a comprimir el espacio-tiempo y anular el espacio físico" (Harvey, 1989; Lefebvre, 1991), a reducir las distancias y la movilidad física y a acercar un amplio conocimiento a las personas.

La UNESCO en concordancia con el avance de las sociedades del conocimiento pone al servicio en el mes de abril de 2010 la Biblioteca Digital Mundial, un sitio web al alcance de estudiantes, docentes investigadores y ciudadanos de todo el mundo. En este contexto se entiende por Biblioteca virtual aquella que tiene la tecnología que permite llevar millones de volúmenes enriquecidos con sonido e imagen en movimiento en redes a miles de kilómetros de distancia ocupando solo el espacio del computador.

En la medida que haya más acceso de la población a la educación en cobertura y calidad, son mayores sus oportunidades de desarrollo y crecimiento, de conocimiento y competitividad de sus ciudadanos. De acuerdo con Morín (1999) "La educación es "la fuerza del futuro", porque ella constituye uno de los instrumentos más poderosos para realizar el cambio. Uno de los desafíos mis difíciles será el de modificar nuestro pensamiento de manera que enfrente la complejidad creciente, la rapidez de los cambios y lo imprevisible que caracteriza nuestro mundo"1.

La educación está integrada a la competitividad y la productividad como elementos importantes al devenir de un país o sociedad. El Enfoque de la Competitividad que desarrolla el PNUD (2002) considera entre sus pilares de desarrollo el Capital Humano compuesto por la formación ética, la educación, la cultura, los valores humanos y la ciencia y tecnología. En Colombia la Política de Competitividad Conpes 3527 del 23 de Junio de 2008, contempla elevar la calidad de vida y reducir los niveles de pobreza en la población, junto a la transformación productiva. Dentro de los 15 planes de acción de la Política Nacional de Competitividad están la Ciencia, Tecnología e Innovación, la Educación y Competencias Laborales, las TIC´s y el Fortalecimiento Institucional de la Competitividad.2 Entre las estrategias de la Agenda de Conectividad a nivel nacional se destacan el acceso a la infraestructura de la información y el uso de las tecnologías de la información en los procesos educativos y la capacitación requerida para tales fines.

En el ámbito del Distrito Capital se siguen los lineamientos de la Agenda Nacional, de tal manera que se propone la Agenda de Conectividad Distrital 2005-2020 enmarcada en el Plan Maestro de Telecomunicaciones. El objetivo básico de la Agenda Distrital es coadyuvar en la inserción de la Ciudad y de la Región en la actual sociedad globalizada de la información, garantizando el acceso a todos los habitantes de la Ciudad, para mejorar la calidad de vida de su población, así como su productividad y competitividad.

Es importante destacar que dentro de los programas y proyectos de la Agenda Distrital se busca incluir proyectos específicos para dar especial atención y acceso a grupos de la población con limitaciones físicas tales como invidentes, sordo mudos y discapacitados a nivel motriz, con el fin de propiciar su inclusión social y productividad a la vida de la ciudad. Además, la Agenda Distrital busca diseñar líneas de proyectos que permitan que el ciudadano desde temprana edad se pueda integrar a la sociedad de la información, para que llegado a su edad productiva, esté preparado para asimilar y generar conocimiento e iniciativas productivas, ya sean de tipo social, cultural o económico, pero que en últimas generen desarrollo para la sociedad.

Esta política busca tener el cubrimiento de toda la población de Bogotá, en términos educativos y productivos, con los centros educativos en sus diferentes niveles y promoviendo su ampliación a la región. Es pertinente resaltar que dentro de los proyectos a llevar a cabo por la Agenda Distrital está la Escuela Virtual, la que en su metodología difiere del esquema tradicional de capacitación al permitir el acceso a la información a través de internet. Estas metodologías de aprendizaje y didáctica basadas en la virtualidad requieren de una plataforma de información de la misma naturaleza.

En cuanto al Plan Maestro de Telecomunicaciones para Bogotá Distrito Capital consignado en el Decreto 317 de 2006, se especifica en sus numerales 2, 3 y 4 lo siguiente:

"2. Garantizar la inserción de las áreas urbanas y rurales a la sociedad globalizada de la información ampliando y mejorando el acceso al servicio especialmente en los estratos uno y dos de la población considerando en todo caso, las condiciones y necesidades del mercado y el principio de eficiencia económica. 3. Contribuir al mejoramiento de la competitividad mediante la ampliación y mejoramiento de la cobertura del servicio en los sectores educativos y productivos. 4. Crear un ambiente favorable para el desarrollo de la industria de las tecnologías de la información en Bogotá y la Región.

En el mismo camino de los avances de la virtualidad en el Distrito, se encuentra el Acuerdo 279 de 2007, "Por el cual se dictan los lineamientos para la Política de Promoción y Uso del Software libre en el Sector Central, el Sector Descentralizado y el Sector de las Localidades del Distrito Capital". Es oportuno resaltar que los numerales 1, 2, 3 y 6, de este Proyecto sirven de soporte a la creación de la Biblioteca Pública Virtual, al contemplar lo siguiente:

"1. El fomento de la utilización de herramientas tecnológicas basadas en software libre en las entidades distritales, a través de procesos de divulgación, capacitación y comunicación.

2. La promoción de la participación de las comunidades científicas y académicas en los procesos de investigación y desarrollo del software libre y en la divulgación, educación y capacitación en torno a dicho tipo de software.

3. El desarrollo de procesos pedagógicos y de divulgación dirigidos hacia la ciudadanía en general para la promoción y uso del software libre. (…)

6. El fomento de la enseñanza y/o el uso del software libre en las instituciones educativas distritales".

Antecedentes.

Bibliotecas digitales y características:

*Gutenberg: es quizá la biblioteca más popular de Internet. Miles de libros disponibles para descarga de obras cuyos derechos de reproducción han expirado.

*Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes: En español. Permite lectura de autores clásicos.

*Biblioteca Virtual EUMEDNET: Economía, Derecho y Ciencias Sociales.

*Biblioteca Virtual Extremeña: Más de 600 archivos digitalizados sobre Extremadura.

*Biblioteca Virtual de Salud de Cuba: integrante de la red de América Latina y el Caribe y que es parte de Infomed, el Portal de Salud de Cuba.

*Biblioteca Digital Ciudad Seva: colección de cuentos clásicos, en cualquier idioma.

*Dominio Público. Organismo del Gobierno de Brasil, con abundantes obras en portugués y otros idiomas. Permite la descarga en PDF.

*Biblopía: temática general, agrupados en diversas categorías científicas y humanísticas. Los libros que ofrece en sus archivos son de dominio público o han sido publicados con el consentimiento expreso del autor.

*Cibera:Biblioteca Virtual Iberoamérica/España/Portugal, y forma parte del portal científico alemán Vascoda. Se dirige a científicos, especialistas y estudiantes de la cultura de los países de lengua española y portuguesa.

*Catálogo de Biblioteca Digital de Negrete.Chile.

*BVAECH Biblioteca Virtual Ambiental del Estado de Chihuahua. Colección especializada en información ambiental del estado de Chihuahua, México y sus zonas circundantes desarrollada por El Colegio de Chihuahua, institución de investigación y posgrado.

*Biblioteca Virtual-Libros Digitales: Matemáticas, Física, Química, Electrónica, Mecánica, Medicina, Economía, Sistemas, Biología, Literatura, Informática, Solucionarios, Serie shaum´s, Enciclopedias, etc.

*Biblioteca Virtual Omegalfa. Biblioteca digital, libre y abierta. Libros, textos, artículos digitales y publicaciones electrónicas gratis.

*Biblioteca Virtual en Salud (BVS): fortalecimiento de la Historia y del Patrimonio Cultural de la Salud como parte integrante de los sistemas nacionales de salud de los países de América Latina y el Caribe.

*Red Social, Red de Contenidos y Ambientes Aprendices: resultando en un híbrido que hace converger estas diferentes dimensiones en una única Red.

*Ciudades Virtuales Latinas, CIVILA: proyecto de las comunidades virtuales con contenidos libres y redes humanas de interconexión, acceso y presencia local.

*Biblioteca virtual de Banco de la República: Creada en 1996 por el Banco de la República de Colombia, Biblioteca Luís Ángel Arango. Está dirigida a adultos y niños interesados en conocer la cultura colombiana. Promociona las colecciones preservadas por el Banco de la República en temas como artes visuales y musicales, numismática y filatelia. Asimismo promueve el conocimiento de la colección bibliográfica y audiovisual.

COMPETENCIA DEL CONCEJO

El Concejo Distrital es competente para aprobar esta iniciativa según lo señalado en el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, el cual señala lo siguiente:

"Artículo 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

CONSTITUCIONALIDAD Y LEGALIDAD

Constitución Política

Artículo 1: La Constitución Política define a Colombia como "un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general".

Capítulo 5°: Consagra dentro de "las finalidades sociales del Estado la prestación de los servicios públicos, asegurando su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio, la regulación, el control y la vigilancia de dichos servicios."

Artículo 27: "El Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra."

Artículo 70: "El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional.

La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación."

Artículo 71: "La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades."

Artículo 365: Establece que "los servicios públicos son inherentes a la finalidad del Estado y que es deber de este asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional".

Leyes

Ley 142 de 1994

Artículo 2: Define la manera como el Estado debe intervenir en la prestación de los servicios públicos.

Artículo 5°: Establece la competencia de los Municipios en cuanto a la prestación de los servicios públicos,

Ley 72 de 1989

Esta Ley establece que el Gobierno Nacional promoverá la cobertura nacional de los servicios de telecomunicaciones y su modernización, a fin de propiciar el desarrollo socioeconómico de la población.

Ley 1379 de 2010

"Por la cual se organiza la Red Nacional de Bibliotecas Públicas y se dictan otras disposiciones". En esta Ley se define la política a seguir por la Red, se regula su funcionamiento y establecen los instrumentos para su desarrollo integral y sostenible. Esta Ley se aplica a las instituciones, entidades, procesos y recursos relativos a la Red Nacional de Bibliotecas Públicas coordinada por el Ministerio de Cultura-Biblioteca Nacional de Colombia.

En el Artículo 2 de las Definiciones, en el numeral 3, se especifica lo que se entiende por Biblioteca Digital, así:

"3. Biblioteca Digital: Colecciones organizadas de contenidos digitales que se ponen a disposición de público. Pueden contener materiales digitalizados, tales como ejemplares digitales de libros y otro material documental procedente de bibliotecas, archivos y museos, o basarse en información producida directamente en formato digital".

Ley 98 de 1993

"Por medio de la cual se dictan normas sobre democratización y fomento del libro colombiano".

Artículo 16: "La creación, funcionamiento y sostenimiento de bibliotecas públicas deberá formar parte del equipo urbano de la comunidad.

Los gobiernos departamentales y las alcaldías distritales y municipales, tomarán las providencias del caso para que todas las entidades territoriales cuenten con las bibliotecas públicas necesarias para atender las necesidades de educación, ciencia, cultura, recreación y aprovechamiento del tiempo libre de sus habitantes en las áreas urbana y rural.

El Gobierno Nacional de acuerdo con el numeral 2o del artículo número 359 de la Constitución Nacional, incluirá todos los años en su presupuesto de rentas y ley de apropiaciones las partidas necesarias para crear, mejorar, dotar, sostener el mayor número posible de bibliotecas públicas, universitarias y escolares."

Decretos

Decreto Nacional 267 de 2002: "Por el cual se integra el Consejo Nacional del Libro y la Lectura y se reglamentan sus funciones."

Artículo 2º: Numeral 6: "Apoyar a través de los medios a su alcance el fortalecimiento de la red de bibliotecas públicas y proponer para el efecto estrategias de financiación, dotación y sostenimiento.

Decreto Distrital 133 de 2006: "Por medio del cual se adoptan los lineamientos de Política pública de Fomento a la Lectura para el periodo 2006 – 2016."

Artículo 1°:

"c) Prioridad 3. Fomentar la creación, fortalecimiento y desarrollo de las bibliotecas públicas en la ciudad, como instituciones culturales fundamentales para el acceso libre y democrático a la cultura escrita y como espacios privilegiados para el fomento de la lectura y la escritura.

d) Prioridad 4. Crear, fortalecer y cualificar programas de formación inicial y continua, para que docentes, bibliotecarios y otros actores se conviertan en mediadores de lectura y escritura.

e) Prioridad 5. Estimular la creación y desarrollo de programas y experiencias de lectura y escritura en espacios no convencionales: parques, hospitales, cárceles, entre otros."

Artículo 15°:

c) Promover, fortalecer y apoyar la creación y el desarrollo de nuevas bibliotecas públicas por parte de las entidades o instituciones públicas, privadas y comunitarias, apoyar y fortalecer las existentes.

g) Garantizar la sostenibilidad de las bibliotecas comunitarias.

En el Plan de Desarrollo BOGOTÁ POSITIVA: PARA VIVIR MEJOR, en el Capítulo 3, Ciudad Global, se propone una ciudad "(…) con visión de futuro y competitiva", y específicamente en el Art. 15. Programas, numeral 3, dice:

"3. Bogotá sociedad de conocimiento. Consolidar una sociedad de conocimiento en la que las actividades científicas, el avance tecnológico, la investigación y la innovación contribuyan al desarrollo social y económico del territorio, con criterios de inclusión y equidad."

En el Capítulo 6. Gestión Pública Efectiva y Transparente, en el Art. 26. Estrategias, anota en el numeral 4:

"4. Hacer de la comunicación y la pedagogía social herramientas de gestión y de generación de confianza para un servicio ágil, oportuno y de fácil trámite."

Y en el Art. 27. Programas, numeral 2 y 4, se refiere a una Bogotá virtual, así:

"2. Ciudad digital. Consolidar la gobernabilidad electrónica y los servicios a la comunidad a través del uso articulado de las herramientas y recursos que ofrecen las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) (…)

4. Tecnologías de la información y la comunicación al servicio de la ciudad. Aprovechar y hacer uso de las tecnologías de la comunicación para mejorar los servicios de las instituciones y facilitar el acceso a estas por parte de la comunidad. (…)"

En el Art. 33 de las Metas de los Proyectos del Plan de Desarrollo, correspondiente a Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor, se contemplan varios proyectos entre los que se destacan: Transformación pedagógica para la calidad de la educación, Fortalecimiento de BibloRed y de las bibliotecas escolares, Fortalecimiento de la RedP, Educar para conservar y saber usar, Investigación e innovación educativa y pedagógica para mejorar la calidad de la enseñanza y el aprendizaje. Sobre este último Proyecto se resaltan las Metas a desarrollar:

Acuerdos

Acuerdo 106 de 2003: "Por el cual se crea el Consejo Distrital de Fomento de la Lectura y se dictan otras disposiciones"

En el Artículo 3°, se destacan los numerales 4,6 y 11, que dicen:

"4. Promover el desarrollo de un Sistema de Información Integral que contenga: catálogos, directorios de autores, obras, editoriales, industria gráfica, bibliotecas, librerías y personas e instituciones interesadas en la promoción y fomento de la lectura en Bogotá.

6. Apoyar acciones que favorezcan el acceso a los discapacitados a las bibliotecas y a las técnicas de audición de textos para las personas invidentes.

11. Apoyar políticas que enriquezcan las herramientas metodológicas y pedagógicas de acercamiento a la lectura, a salas de lectura, a bibliotecas barriales, escolares y aulas de clase, que convierta a los bogotanos en seres capaces de comprender, analizar y emitir juicios críticos de un texto.

Acuerdo No. 472 de 2007:

"Por el cual se dictan medidas para el apoyo y fortalecimiento de las Bibliotecas Comunitarias del Distrito Capital"

IMPACTO FISCAL

De conformidad con el artículo 7 de la ley 819 de 2003, el presente proyecto de acuerdo, tiene impacto fiscal. Los gastos que genere la presente iniciativa se entenderán incluidos en los presupuestos y en el Plan Operativo Anual de Inversión de las entidades competentes.

Con fundamento en los argumentos expuestos, ponemos a consideración del Honorable Concejo de la Ciudad la presente iniciativa.

Cordialmente;

HUMBERTO QUIJANO MARTÍNEZ

CARLOS EDUARDO GUEVARA VILLABÓN

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

Movimiento MIRA

Movimiento MIRA

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confieren el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

ACUERDA:

Artículo 1o. Objetivo. Créase la Biblioteca Pública Virtual del Distrito Capital la cual servirá de apoyo y fortalecimiento a la BibloRed del Distrito.

Parágrafo: En los contenidos de la Biblioteca Pública Virtual del Distrito se crearán unos énfasis cognitivos debidamente estructurados en forma de plataforma virtual institucional, que tengan en cuenta la historia y el desarrollo científico, tecnológico, artístico, cultural, social, político, económico, etc, constante de Bogotá D. C.

Artículo 2o. La Secretaría de Educación del Distrito hará la coordinación de la Biblioteca Pública Virtual de Distrito Capital y elaborará la estructura digital y los contenidos de la misma.

Parágrafo: En los casos que se requiera, de manera gradual en las instituciones educativas del Distrito se hará el mejoramiento y actualización de los modelos pedagógicos y usos de las TIC´s.

Artículo 3o. Promuévase en los colegios Distritales proyectos de escolaridad virtual como trabajo social de servicio pedagógico de los bachilleres.

Artículo 4o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y Cúmplase

Dado en Bogotá D.C., a los _______ días del mes de _________ de 2010.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Morín, E. (1999) Los siete saberes necesarios para la educación del futuro. Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. Traducción de Mercedes Vallejo-Gómez, Universidad de Antioquia. Publicado por la UNESCO 1999.

2 DNP (2009) Competitividad y productividad en Colombia: Política Nacional Logística. Dirección de Infraestructura y Energía Sostenible, Departamento Nacional de Planeación, Bogotá, 21 de Agosto de 2009.