Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
CIRCULAR 032 DE 2010 (Abril 29)
Como es de su conocimiento, el Decreto Nacional 3297 de 2009 consagró que: "todas las entidades públicas del orden nacional, territorial y los órganos autónomos e independientes, deberán reportar y/o actualizar según el caso, la información general, técnica, administrativa y jurídica sobre todos sus activos fijos inmobiliarios, al Sistema de Información de Gestión de Activos, SIGA, incluyendo los que les hayan sido entregados de entidades en liquidación y estén afectos al pasivo pensional" En este sentido cabe recordar que el plazo fijado por la norma vence el 3 de mayo de 2010, fecha para la cual se deben haber adelantado todas las gestiones necesarias para su cumplimiento; su omisión, según el artículo 6 del citado Decreto, "acarreará las sanciones previstas en el Código Disciplinario Único". Cordialmente, YURI CHILLÁN REYES Secretario General |