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Proyecto de Acuerdo 133 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/04/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Con respecto a las Pre-emergencias y Emergencias ambientales, el número de días se

Bogotá D.C., 23 de abril de 2010

Doctora

GLADYS GARCÍA HURTADO

Secretaria General

Concejo de Bogotá D.C.

Ciudad.

REF: Radicación Proyecto de Acuerdo

Respetada Doctora.

Cordialmente, le agradezco dar trámite al Proyecto de Acuerdo, "POR MEDIO DEL CUAL SE ORDENA A LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL A QUE INFORME DE MANERA PERMANENTE Y PÚBLICA SOBRE LAS CAPACITACIONES IMPARTIDAS POR EL DISTRITO CAPITAL", presentado de conformidad con el reglamento interno del Concejo de Bogotá.

Para tal fin anexo el Proyecto de Acuerdo en medio físico y magnético.

Cordial Saludo,

EDWARD ARIAS RUBIO

ANTONIO SANGUINO PAÉZ

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

JOSE JUAN RODRIGUEZ RICO

CARLOS FERNANDO GALÁN

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO No. 133 DE 2010

"POR MEDIO DEL CUAL SE ORDENA A LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL A QUE INFORME DE MANERA PERMANENTE Y PÚBLICA SOBRE LAS CAPACITACIONES IMPARTIDAS POR EL DISTRITO CAPITAL"

1. OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO

Este proyecto de acuerdo tiene como objeto que las Secretarías Distritales y el Sector de las Localidades difundan información sobre capacitaciones impartidas por la administración distrital como una herramienta que garantice el acceso a la información. Se propone que la Secretaria General implemente un sistema de información permanente y público, para que los habitantes de la capital cuenten con un instrumento que les permita conocer de manera permanente las capacitaciones que se van a ofrecer. Por otra parte, esta iniciativa es una posibilidad de tener un medio para hacer veeduría ciudadana, a través de un elemento de verificación confiable.

2. JUSTIFICACIÓN

En Bogotá se realizan procesos de sensibilización, cursos, capacitaciones y talleres a diario, sin embargo la difusión de estos no se hace de manera permanente y pública. No hay una articulación entre los diferentes entes del Distrito y en el ámbito local que les facilite a los ciudadanos la consulta y, en razón a ello, la participación en los diferentes procesos de capacitación.

La formación de los funcionarios públicos y los ciudadanos "apunta a insertar creativa y dinámicamente a la persona dentro de una sociedad democrática. Se trata de lograr que la persona asuma su ciudadanía en forma activa, de un modo creativo que le permita un mayor desarrollo de sí mismo y que, consecuentemente, beneficiará al conjunto de la sociedad de la que forma y es parte, ya que necesariamente el ser humano alcanza su propio perfeccionamiento como individuo en relación con otros, en una continua interacción con otras personas"1. Ante la importancia de estos procesos de capacitación y la gran cantidad de recursos públicos destinados para este fin, es necesario generar estrategias para asegurar una mayor publicidad, que garantice una amplia participación de grupos más diversos de ciudadanos.

Las tablas que aparecen a continuación dan cuenta de los recursos destinados a capacitación. En la primera, aparecen relacionados los gastos de funcionamientos, bajo el rubro específico de capacitación de los funcionarios de cada una de las entidades. En la segunda tabla, están relacionados los gastos de inversión, en los cuales aparecen los proyectos que van dirigidos en su mayor parte a la comunidad, pero no se tienen datos exactos sobre la cuantía asignada al rubro específico de capacitación de cada uno. Es necesario aclarar que cada proyecto puede tener dentro de su objeto procesos de sensibilización, cursos, talleres o cualquier actividad relacionada con capacitación. En cuanto al ámbito local, se hace una aproximación a los gastos de inversión de este rubro, suma que asciende a $56.000.0002

Para efectos de este proyecto de acuerdo es importante tener en cuenta que no todos los procesos de capacitación generan certificados, pero si generan conocimiento o sensibilización frente a temas específicos de construcción de ciudad. Por eso es necesario que todos los ciudadanos los conozcan y tengan la posibilidad de participar.

Tabla 1. Presupuesto. Gastos de Funcionamiento 2009-2010

Entidad

Presupuesto 2009

Presupuesto 2010

Secretaria General

41.320.408

63.882.000

Departamento Administrativo del Servicio Civil DASCD

27.676.268

24.024.000

Secretaria de Gobierno

109.461.000

347.000.000

Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público.

16.159.000

26.000.000

Unidad Administrativa Cuerpo Oficial de Bomberos

124.000.000

220.000.000

Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal

986.000

41.000.000

Fondo de Vigilancia y Seguridad

20.000.000

22.000.000

Secretaria de Hacienda

380.943.000

575.000.000

Fondo Cuenta Concejo de Bogotá

0

400.000.000

Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital

185.172.000

193.505.000

Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones FONCEP

72.8000.000

75.712.000

Secretaria de Planeación

58.811.800

69.396.000

Secretaria de Desarrollo Económico

22.450.000

29.400.000

Instituto para la Economía Social IPES

8.840.000

12.580.000

Instituto Distrital de Turismo

11.237.000

11.799.000

Secretaria Distrital de Movilidad

46.625.751

161.200.000

Instituto de Desarrollo Urbano IDU

37.991.000

40.918.000

Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

47.500.000

47.000.000

Secretaria Distrital de Educación

115.132.000

120.000.000

Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico

11.613.000

11.000.000

Universidad Distrital

52.500.000

50.050.000

Fondo Financiero Distrital de Salud

64.165.800

110.000.000

Secretaria de Integración Social

17.000.000

40.000.000

Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud IDIPRON

24.200.000

24.200.000

Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

23.200.000

24.000.000

Instituto Distrital de Recreación y Deporte

115.820.000

120.000.000

Instituto Distrital de Patrimonio Cultural IDPC

8.000.000

8.000.000

Fundación Gilberto Álzate Avendaño

0

7.800.000

Orquesta Filarmónica de Bogotá

5.000.000

7.500.000

Secretaria Distrital de Ambiente

36.070.000

40.000.000

Jardín Botánico "José Celestino Mutis"

5.000.000

5.000.000

Secretaria Distrital de Hábitat

11.000.000

15.000.000

Caja de Vivienda Popular

22.000.000

22.880.000

Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos

11.000.000

11.000.000

Personería

189.680.000

180.000.000

Veeduría

0

17.000.000

Contraloría de Bogotá

0

358.000.000

Total

2.578.554.027

3.531.846.000

Fuente: Presupuesto 2010. Bogotá Distrito Capital Anexo 1 y 2. Secretaria Distrital de Hacienda

Presupuesto. Gastos de Inversión 2010

Entidad

Presupuesto 2010

Fondo de Vigilancia y Seguridad

2.066.720.000

Secretaria de Desarrollo Económico

2.500.000.000

Instituto para la Economía Social IPES

2.188.591.000

Secretaria Distrital de Educación

12.373.320

Instituto Distrital para la Protección de la niñez y juventud IDIPRON

5.518.467.000

Total

12.286.151.320

Fuente: Presupuesto 2010. Bogotá Distrito Capital Anexo 1 y 2. Secretaria Distrital de Hacienda

3. CONVENIENCIA DEL PROYECTO DE ACUERDO

Este proyecto de acuerdo resulta conveniente en la medida que se generará una herramienta que asegure de manera permanente el acceso a información detallada sobre el número de cupos disponibles para cada curso, taller, sensibilización, o capacitación en general; recursos asignados para cada uno de estos procesos; entidad encargada; ejes o núcleos temáticos y tiempo de duración. Después de finalizar el proceso, deberán aparecer los listados de asistentes.

De otra parte, partiendo del supuesto que la administración pública debe estar centrado en el ciudadano y que un pilar fundamental de la democracia es que las funciones del gobierno sean públicas y su información sea de fácil entendimiento para los ciudadanos, este proyecto de acuerdo propone generar mecanismos y estrategias que permitan un acceso equitativo a la información y conocer de manera completa todos los pasos que se adelantan en cuanto a capacitaciones. A su vez, este proyecto de acuerdo propende por el fortalecimiento del Servicio en Línea3, que es una de las estrategias del Gobierno en Línea.

4. MARCO JURÍDICO

Constitucional

ARTICULO 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

(…)

ARTICULO 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.

Legal

LEY 962 DE 2005. Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos.

DECRETO 1151 DE 2008

Artículo 2°. Objetivo de la Estrategia de Gobierno en Línea. El objetivo es contribuir con la construcción de un Estado más eficiente, más transparente y participativo, y que preste mejores servicios a los ciudadanos y a las empresas, a través del aprovechamiento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

Normativo

ACUERDO 257 DE 2006. "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones"

La Administración Distrital garantizará, la difusión de la información para llevar a cabo procesos de orientación sectorial y territorial de la inversión; de evaluación de la eficiencia de la gestión pública y de los impactos y resultados de la acción pública.

1. Participación. La administración distrital en todos sus niveles reconocerá el valor de la intervención ciudadana en los asuntos públicos, la diversidad de intereses y su aporte a la construcción de un proyecto de ciudad, y promoverá el ejercicio de la participación a través de los canales existentes y de los que el gobierno y la propia ciudadanía considere necesarios. La participación será un componente transversal de todas las políticas públicas del distrito.

Artículo 5º. Moralidad, Transparencia y Publicidad. La gestión administrativa distrital se realizará con pulcritud y transparencia, con la debida diligencia y cuidado que permitan que las personas conserven la confianza en el Distrito y se apersonen de él (…)

Las autoridades administrativas distritales fortalecerán los mecanismos para prevenir y evitar la corrupción, establecerán los controles y correctivos, y aplicarán las sanciones a que haya lugar. También fortalecerán los mecanismos para garantizar la transparencia administrativa, tales como la rendición de cuentas, las veedurías ciudadanas, la autorregulación y los sistemas de información distrital.

Las actuaciones administrativas serán públicas, soportadas en tecnologías de información y comunicación, de manera que el acceso a la información oportuna y confiable facilite el ejercicio efectivo de los derechos constitucionales y legales y los controles ciudadano, político, fiscal, disciplinario y de gestión o administrativo, sin perjuicio de la reservas legales (Subrayado fuera de texto)

Artículo 10. Coordinación. La Administración Distrital actuará a través de su organización administrativa de manera armónica para la realización de sus fines y para hacer eficiente e integral la gestión pública distrital, mediante la articulación de programas, proyectos y acciones administrativas, a nivel interinstitucional, sectorial, intersectorial y transectorial.

Artículo 11. Concurrencia. Cuando sobre una materia se asignen a los diferentes organismos y entidades competencias que deban desarrollar en unión o relación directa con otras, deberán ejercerlas de manera conjunta y su actuación se ajustará al límite fijado en la norma correspondiente, sin desconocer las atribuciones de cada una.

Artículo 42. Participación ciudadana y control social. La Administración promoverá la participación ciudadana en cada una de las etapas de la gestión pública, fortaleciendo los espacios de interlocución Gobierno - ciudadanía e impulsando la concertación entre las aspiraciones ciudadanas y las iniciativas de las entidades distritales. (Subrayado por fuera de texto)

Artículo 44. Control social de la gestión pública. Para fomentar y facilitar el control social de la gestión pública en el Distrito Capital, el Gobierno Distrital desarrollará las siguientes acciones:

a. Promover y apoyar la constitución y operación de mecanismos de control ciudadano de la gestión pública y la consolidación de la organización de redes de veeduría ciudadana.

b. (…)

c. Desarrollar programas de capacitación ciudadana para mejorar la interlocución con las personas, naturales o jurídicas, interesadas en el control social, en particular las que actúen como veedoras.

SEGUIMIENTO AL PLAN DE DESARROLLO BOGOTÁ POSITIVA

El Plan de Desarrollo de Bogotá "Bogotá Positiva. Para vivir mejor" propugna dentro de sus Principios de Política Pública y Acción

CAPÍTULO 6. GESTIÓN PÚBLICA EFECTIVA Y TRANSPARENTE

Artículo 24. Descripción

Construiremos una ciudad articulada local, distrital, nacional e internacionalmente, con una administración distrital que promueva una gestión integral, efectiva y transparente, que esté al servicio de la comunidad, garante de los derechos y la producción de bienes y servicios, a través de mecanismos de interlocución y sistemas de información modernos.

Artículo 25. Propósitos

1. Reafirmar una gestión pública al servicio de la ciudadanía.

2. Garantizar oportunidad, calidad y probidad en el ejercicio de la gestión pública.

3. Acercar el gobierno a la gente.

Artículo 26. Estrategias

1. Incorporar en la administración pública tecnologías organizacionales, de la información, la comunicación y el conocimiento, que faciliten la gestión con integridad y perspectiva preventiva y sistémica.

2. Fortalecer la cultura organizacional de servicio y calidad, en función de los derechos de la ciudadanía.

3. Optimizar los mecanismos de coordinación intra e intersectorial.

4. Hacer de la comunicación y la pedagogía social herramientas de gestión y de generación de confianza para un servicio ágil, oportuno y de fácil trámite.

4. Consolidar la gerencia jurídica pública.

Artículo 27. Programas

1. Servicios más cerca del ciudadano. Integrar los diferentes elementos administrativos y tecnológicos del Distrito con el fin de brindar un servicio eficiente a la comunidad, a través de los diferentes canales de atención y de acuerdo con las necesidades de los grupos poblacionales.

2. Ciudad digital. Consolidar la gobernabilidad electrónica y los servicios a la comunidad a través del uso articulado de las herramientas y recursos que ofrecen las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC).

3. Comunicación al servicio de todas y todos. Ampliar los canales de interacción y comunicación para la construcción de ciudad y el fortalecimiento de la gestión institucional – promoviendo una cultura de deberes y derechos, permitiendo el acceso a la información, el ejercicio de la participación, la autorregulación y el control social – en un escenario global integrado regional, nacional e internacionalmente.

4. Tecnologías de la información y comunicación al servicio de la ciudad. Aprovechar y hacer uso de tecnologías de la información y comunicación para mejorar los servicios de las instituciones y facilitar el acceso a éstas por parte de la comunidad.

5. Gerencia jurídica pública integral. Consolidar el sistema de gerencia jurídica pública para la ciudadanía y la administración, a través de estrategias normativas, esquemas de prevención de conductas sancionables, la prevención del daño antijurídico, la defensa judicial del Distrito, y la vigilancia a entidades sin ánimo de lucro.

6. (…)

7. Desarrollo institucional integral. Fortalecer la administración distrital con entidades y organismos ágiles y efectivos, y con servidores competentes, comprometidos y probos, a quienes se favorecerá con la financiación de programas de educación formal en temas claves para la ciudad, a fin de garantizar la efectividad de la gestión pública, la promoción del ejercicio de los derechos, y el cumplimiento de los deberes ciudadanos.

Gestión pública efectiva y transparente

Desarrollo institucional integral

Sectores relacionados: Gobierno, Cultura, Recreación y Deporte, Planeación, Movilidad, Salud, Educación, Gestión Pública, Hacienda, Integración Social, Ambiente, Hábitat, Desarrollo Económico

Proyectos

Metas

Línea Base

Organización armónica administrativa

Adelantar el 100% del proceso de desarrollo y fortalecimiento de la estructura de los sectores y entidades de la administración distrital

12 Sectores administrativos de Coordinación.

Sistema de Coordinación del D.C. reglamentado

SGRAL.

Desarrollo y bienestar del talento humano

Fortalecer las competencias laborales y el bienestar de 65.800 personas vinculadas a la administración distrital

18.119 personas que recibieron proceso de formación. 10.000 servidores públicos beneficiados con el programa de bienestar.

Informe de Gestión DASCD

Implementar programas de desarrollo, fortalecimiento, capacitación y bienestar del talento humano en el 100% de los sectores y las entidades de la administración distrital

1 Programa de fortalecimiento de cultura organizacional

Informes de ejecución

Crear un fondo de becas para las servidoras y los servidores públicos del Distrito Capital

Competencia del Concejo

El Concejo de Bogotá es competente para expedir este proyecto en virtud de los numerales 1º y 10º del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

1. IMPACTO FISCAL

El presente proyecto de acuerdo no genera impacto fiscal pues la información que se hará pública, debe ser suministrada por las diferentes Secretarias Distritales y por el Sector Local a la Secretaría General, que podría asumir esta labor, por medio de recursos que pueden ser apropiados de los siguientes programas, contemplados en el Plan Operativo Anual de Inversiones del año 2010. Por tanto, el proyecto de acuerdo se ajusta a lo determinado por el artículo 7º de la Ley 819 de 2003.

SECRETARIA GENERAL

Código

Programa

Asignación presupuestal

3-3-1-13-06-45-0326

Fortalecimiento de la comunicación pública.

$4.000.000.000

3-3-1-13-06-47-0483

Gerencia jurídica integral y transparente para el Distrito Capital.

$3.500.000.000

3-3-1-13-06-49

Desarrollo institucional integral

Fortalecimiento de la Gestión pública del nuevo milenio.

$3.500.000.000

3-3-1-13-06-43

Gestión Pública efectiva y transparente

Servicios más cerca del ciudadano.

Ciudad Digital

Fortalecimiento de tecnologías de información y comunicaciones.

$8.000.000.000

$1.800.000.000

Cordial Saludo,

EDWARD ARIAS RUBIO

ANTONIO SANGUINO PAÉZ

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

JOSE JUAN RODRIGUEZ RICO

CARLOS FERNANDO GALÁN

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO___ 2010

"POR MEDIO DEL CUAL SE ORDENA A LA ADMINISTRACIÓN DISTRITAL A QUE INFORME DE MANERA PERMANENTE Y PÚBLICA SOBRE LAS CAPACITACIONES IMPARTIDAS POR EL DISTRITO CAPITAL"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 10 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

ACUERDA

ARTÍCULO 1. Objeto. En la página Web de la Secretaría General deberá publicarse, de manera permanente, la oferta de cursos, talleres, procesos de sensibilización o capacitaciones en general, impartidas por el Distrito Capital.

ARTICULO 2. Contenido. La información que aparecerá disponible en la página Web dará cuenta de el número de cupos disponibles para cada curso, taller, procesos de sensibilización o capacitación en general; lugar o sitio donde se realizará; recursos asignados para cada uno de estos procesos; entidad encargada; ejes o núcleos temáticos y tiempo de duración.

ARTÍCULO 3. Evaluación. Una vez finalizados los cursos, talleres, procesos de sensibilización o capacitaciones en general, deberá aparecer en la página Web de la Secretaría General, criterios de evaluación e indicadores de impacto, que midan la calidad y pertinencia de los mismos.

Parágrafo. Los criterios de evaluación e indicadores de impacto estos serán definidos por la Administración Distrital.

ARTÍCULO 4. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación en el Registro Distrital y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Norberto Bobbio, "El futuro de la democracia", FCE; México, 2000.

2 Respuestas entregadas por las alcaldías locales a la proposición 713 de 2009. Contratación 2009 alcaldías locales. Aprobada y debatida en Comisión de presupuesto.

3 DECRETO NACIONAL 1151 DE 2008. Por el cual se establecen los lineamientos generales de la Estrategia de Gobierno en Línea de la República de Colombia, se reglamenta parcialmente la Ley 962 de 2005, y se dictan otras disposiciones. El servicio en línea puede ser prestado por medios electrónicos a través del portal de una entidad.