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Proyecto de Acuerdo 147 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No. 147 DE 2010

"POR MEDIO DEL CUAL SE ORDENA A LAS ALCALDÍAS LOCALES Y A LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE MANTENIMIENTO Y REHABILITACIÓN VIAL ADOPTAR EL MODELO DE PRIORIZACIÓN TÉCNICO UNIFICADO EN LA CONSTRUCCIÓN, REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA MALLA VIAL"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

*CONTEXTO

El estado actual de la malla vial de la ciudad y la necesidad de optimizar los recursos escasos con los que se cuenta para la atención de la malla vial capitalina, hace necesario el seguimiento riguroso de la priorización estandarizada de las vías de carácter local e intermedia a intervenir en mantenimiento, rehabilitación y construcción, haciendo determinante implementar un modelo técnico con lineamientos internacionales adecuados a la infraestructura urbana de Bogotá D.C. Este sistema de administración vial distrital unificado sustentará la ejecución de vigencias futuras que garantice el desarrollo de las acciones de intervención en la malla vial local e intermedia priorizada bajo este modelo, optimizando la distribución de los recursos y garantizando la intervención adecuada de las vías con el fin de elevar las condiciones de de movilidad de la ciudad y la calidad de vida de los habitantes de los barrios de la ciudad de Bogotá.

Actualmente los fondos de desarrollo local y la Unidad administrativa especial de rehabilitación y mantenimiento vial siguen procesos distintos para la priorización de la intervención en mantenimiento y construcción de las vías locales, en este orden de ideas se hace necesario la unificación, consolidación y estandarización de un modelo único de priorización de vías locales y vías intermedias que se designen a intervenir para cada vigencia.

*OBJETIVO DEL PROYECTO

Este proyecto tiene como objeto garantizar la priorización unificada de vías locales e intermedias de la ciudad para su construcción, mantenimiento y rehabilitación que no sean competencia del Instituto de desarrollo urbano IDU, dicho modelo debe ser el garante de la distribución adecuada y equitativa de recursos locales en la intervención de la malla vial local e intermedia para todos los barrios de la ciudad.

*OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1. Unificar los criterios de priorización de la malla vial local e intermedia en las 20 localidades de Bogotá.

2. Establecer el protocolo de priorización objetiva en la intervención de la malla vial local e intermedia.

3. Garantizar la participación equitativa en la intervención barrial en torno a la construcción de vías y andenes no competencia del IDU, de tal manera que se garantice una inversión anual sostenida de los recursos de los fondos de desarrollo local para cada localidad.

4. Certificar el riguroso seguimiento y control de diagnostico de la malla vial local e intermedia que le permita a todas los barrios participar proporcionalmente de acuerdo con el estado de la malla vial de su vecindario.

5. Generar claridad y validez en los procesos institucionales de intervención sobre la malla vial local e intermedia. Fundar credibilidad en los ciudadanos, eliminar el concepto de libre albedrío de ejecución de obra en la ciudadanía.

*SITUACIÓN ACTUAL Y ANTECEDENTES

Segundo Nivel: Malla vial intermedia (MVI)

La malla vial intermedia es la que conecta la arterial con las centralidades o localidades y genera beneficios a poblaciones entre 400 mil y 1 millón de habitantes. A este grupo pertenecen las rutas alimentadores y corredores de movilidad.1

Tercer nivel: Malla vial local (MVL)

El tercer nivel se refiere a la malla que permite el acceso a los predios en el diferente barrio de la ciudad.2

Las competencias de intervención de la malla vial de la ciudad de acuerdo con el decreto 190 de 2004 (Plan de Ordenamiento Territorial) y el Acuerdo 257 de 2006 (reforma Administrativa), se define así:3

INTERVENCIÓN Y TIPO DE MALLA

ENTIDAD OMPETENTE

MARCO NORMATIVO

CONSTRUCCIÓN DE MALLA ARTERIAL PRINCIPAL Y MALLA ARTERIAL.

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO

PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL - Decreto 190 de 2004 Articulo 172

EN SECTORES URBANOS DESARROLLADOS PODRÁ ADELANTAR LA CONSTRUCCIÓN DE LAS VÍAS DE LA MALLA VIAL INTERMEDIA Y LOCAL

CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO DE VÍAS LOCALES E INTERMEDIAS

FONDOS DE DESARROLLO LOCAL

ACUERDO 6 DE 1992:"Articulo 3ro

REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA MALLA VIAL LOCAL.

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

ACUERDO 257 DE 2006:"Articulo 109

ATENCIÓN INMEDIATA DE TODO EL SUBSISTEMA DE LA MALLA VIAL CUANDO SE PRESENTEN SITUACIONES IMPREVISTAS QUE DIFICULTEN LA MOVILIDAD EN EL DISTRITO CAPITAL

INVENTARIO Y DIAGNOSTICO DE LA MALLA VIAL, Y EL ESPACIO PUBLICO CONSTRUIDO EN LA CIUDAD

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO

ACUERDO 02 DE 1999

*DATOS Y ESTADÍSTICAS

De acuerdo con el diagnostico del sistema de movilidad subsistema vial de Bogotá D.C. para diciembre de 2008 el estado de la malla vial local e intermedia de la ciudad de se tenía así:

Malla vial Local

Malla vial Intermedia

Malo 34%

Malo 56%

Regular 22%

Regular 30%

Bueno 22%4

Bueno 36%5

EG

ANTECEDENTES DE VARIACIÓN PORCENTUAL DE LA CONDICIÓN DE PAVIMENTO EN LOS ÚLTIMOS 6 AÑOS

Prácticamente el total de la malla vial entre 2005 y 2006 no cambio. El total de la malla vial arterial principal y complementaria ocupo el 19 % para los cuatro años. a malla vial intermedia que en 2003 y 2004 ocupaba el 18 %, en 2005 paso a ocupar el 28% y se mantuvo en el 2006.La malla vial intermedia que en 2003 y 2004 ocupaba el 63% dentro de la malla vial total, y en 2005 se redujo al 53 % manteniéndose en el 20066.

CONDICIÓN DE PAVIMENTO A DICIEMBRE DE 2004

COMPONENTES DEL SUBSISTEMA VIAL

CONDICIONES DEL PAVIMENTO

TOTALES

BUENO

REGULAR

MALO

Malla Vial Arterial Principal y Complementaria

1.706,0

63,0%

588,0

22,0%

420,0

15,0%

2.713,0

Malla Vial Intermedia

336,0

13,0%

1.041,0

40,0%

1.235,0

47,0%

2.612,0

Malla Vial Local

1.696,0

19,0%

1.968,0

21,0%

5.495,0

60,0%

9.158,0

TOTAL SUBSISTEMA VIAL

4.402,4

26,0%

3.596,0

25,0%

7.149,0

42,6%

14.483,0

Fuente oficio IDU - 142798 28 Octubre de 2008

CONDICIÓN DE PAVIMENTO A DICIEMBRE DE 2005

COMPONENTES DEL SUBSISTEMA VIAL

CONDICIONES DEL PAVIMENTO

TOTALES

BUENO

REGULAR

MALO

Malla Vial Arterial Principal y Complementaria

1.515,7

56,0%

697,0

26,0%

502,2

18,0%

2.714,9

Malla Vial Intermedia

418,2

10,0%

1.320,2

32,0%

2.332,4

57,0%

4.070,8

Malla Vial Local

2.138,4

28,0%

687,3

9,0%

4.893,9

63,0%

7.719,6

TOTAL SUBSISTEMA VIAL

4.072,3

28,0%

2.704,5

19,0%

7.728,5

53,0%

14.505,3

Fuente oficio IDU - 142798 28 Octubre de 2008

CONDICIÓN DE PAVIMENTO A DICIEMBRE DE 2006

COMPONENTES DEL SUBSISTEMA VIAL

CONDICIONES DEL PAVIMENTO

TOTALES

BUENO

REGULAR

MALO

Malla Vial Arterial Principal y Complementaria

1.732,8

63,0%

379,8

14,0%

628,8

23,0%

2.741,3

Malla Vial Intermedia

739,0

18,0%

1.125,7

27,0%

2.239,5

55,0%

4.104,1

Malla Vial Local

2.174,8

28,0%

503,3

7,0%

5.041,3

65,0%

7.719,4

TOTAL SUBSISTEMA VIAL

5.489,9

35,6%

2.008,0

13,0%

7.909,5

54,0%

14.564,9

Fuente oficio IDU - 142798 28 Octubre de 2008

CONDICIÓN DE PAVIMENTO A DICIEMBRE DE 2007

COMPONENTES DEL SUBSISTEMA VIAL

CONDICIONES DEL PAVIMENTO

TOTALES

BUENO

REGULAR

MALO

Malla Vial Arterial Principal y Complementaria

1.807,4

65,0%

437,4

15,7%

535,6

19,3%

2.780,4

Malla Vial Intermedia

1.040,1

25,4%

1.233,0

30,1%

1.818,9

44,4%

4.092,0

Malla Vial Local

2.543,0

32,2%

935,5

11,9%

4.408,0

55,9%

7.886,5

TOTAL SUBSISTEMA VIAL

5.390,5

36,5%

2.605,9

17,7%

6.762,4

45,8%

14.758,8

Fuente oficio IDU - 006408 9 Febrero de 2009

CONDICIÓN DE PAVIMENTO A DICIEMBRE DE 2008

COMPONENTES DEL SUBSISTEMA VIAL

CONDICIONES DEL PAVIMENTO

TOTALES

BUENO

REGULAR

MALO

Malla Vial Arterial Principal y Complementaria

1.843,1

65,8%

466,4

16,6%

493,4

17,6%

2.802,9

Malla Vial Intermedia

1.494,6

36,5%

1.211,8

29,6%

1.385,6

33,9%

4.092,0

Malla Vial Local

1.749,0

22,2%

1.726,4

21,9%

4.411,0

55,9%

7.886,4

TOTAL SUBSISTEMA VIAL

5.086,8

34,4%

3.404,7

23,0%

6.290,0

42,6%

14.781,4

Fuente oficio IDU - 006408 9 Febrero de 2009

La variación e incremento del estado de la malla vial del año 2007 al año 2008 para la malla vial arterial fue de 11 puntos porcentuales los kilómetros carriles que se encuentran actualmente en buen estado. En la malla vial local se aumento 10 puntos porcentuales en los kilómetros carriles en buen estado.7

Variación porcentual Malla vial intermedia desde el año 2004 hasta el año 2008

Buena

Regular

Mala

Año

2004

-3,0%

-8,0%

10,0%

2005

8,0%

-5,0%

-2,0%

2006

7,4%

3,1%

-10,6%

2007

11,1%

-0,5%

-10,5%

2008

23,5%

-10,4%

-13,1%

TOTAL

Para la malla vial arterial en el estado bueno tuvo un incremento en 23 puntos, el estado regular disminuyo en 10 puntos y la mala disminuyo en 13 puntos.

El avance en cuanto al diagnostico del estado calificado por el IDU como Bueno de la malla vial Intermedia en los ultimo 5 años ha sido entre el año 2004 y 2005 bajo 3 puntos, entre el 2005 al 2006 creció 8 puntos, entre 2006 y 2007 creció 7,4 puntos y entre el 2007 y 2008 11,1 puntos para un crecimiento total de 23,5 puntos en 5 años, entre tanto la vías intermedias el estado malo vario el mismo quinquenio así: entre el 2004 y 2005 subió 10 puntos, entre 2005 y 2006 bajo 2 puntos, entre el 2006 y 2007 10,6 puntos y entre el 2007 y 2008 bajo 13,1 puntos.

Variación porcentual Malla vial local desde el año 2004 hasta el año 2008

Para la malla vial local la situación de crecimiento es aun mas critica como se muestra en la siguiente grafica:

Buena

Regular

Mala

Año

2004

9,0%

-12,0%

3,0%

2005

0,0%

-2,0%

2,0%

2006

4,2%

4,9%

-9,1%

2007

-10,0%

10,0%

0,0%

2008

3,2%

0,9%

-4,1%

TOTAL

La situación en el avance en cuanto al diagnostico del estado calificado por el IDU como Bueno de la malla vial local es mas critica en los ultimo 5 años entre el año 2004 y 2005 subió 9 puntos, entre el 2005 al 2006 no presentó variación, entre 2006 y 2007 creció 4,2 puntos y entre el 2007 y 2008 disminuyo 10 puntos para un crecimiento total de apenas 3,2 puntos en 5 años, a su vez el estado calificado por el IDU como malo de la malla vial local vario el mismo quinquenio así: entre el 2004 y 2005 subió 3 puntos, entre 2005 y 2006 bajo 2 puntos, entre el 2006 y 2007 subió 9,1 puntos y entre el 2007 y 2008 no presento variación, significando esto un avance consolidado de apenas 7,3 % del estado malo al bueno en 5 años de inversión distrital local en vías barriales.

PERCEPCIÓN DE LA CIUDADANÍA SOBRE LA MALLA VIAL DE BOGOTA

A continuación se presenta la percepción que tiene la ciudadanía en términos de avance en la construcción de la malla vial.8

Calificación ciudadana al estado de la malla vial

Pregunta Específica: Para medir la percepción ciudadana sobre el estado de la malla vial en general, la pregunta es: "Pensando de nuevo en la ciudad de Bogotá en general, ¿cómo califica Ud. el estado de las vías en una escala de 1 a 5 siendo 1 muy malo y 5 muy bueno."

Unidad de medida: Calificación de 1 a 5

Periodicidad: Anual a partir de 1998

Fuente: Encuesta Proyecto "Bogotá Como Vamos" y Napoleón Franco & CIA.

El comportamiento de esta variable en los últimos años ha sido el siguiente:9

Protocolo de priorización seguido actualmente por el IDU en la malla vial arterial e intermedia por su competencia

El IDU trabaja la ejecución de proyectos de infraestructura física y acciones de mantenimiento y rehabilitación vial. Apuntando a disminuir los costos sociales de la población, entendidos estos como los costos de operación vehicular, tiempos de viaje, costos ambientales y costos por accidentes.10 Para lograr esto se debe disponer de la información del estado de la infraestructura vial actualizado, así como de la formulación, por profesionales especializados en programas de mantenimiento que permitan la prevención y corrección oportuna de daños. Para lograr este objetivo se utilizan sistemas de gestión, como herramienta para la toma decisiones, para intervenir las vías de su competencia, determinando su costo y fijando sus prioridades, enmarcado dentro de las disponibilidades de recursos de la Entidad.

"El IDU ha desarrollado diferentes modelos de priorización para los programas de atención de la malla vial. Las formulas y conceptos que se aplican para los modelos de priorización fueron tomadas del documento maestro del contrato de consultoría 044 de 2002 desarrollado por el CONSORCIO VELNEC S.A. – CAPITAL WEB cuyo objeto fue la Estructuración Técnica y Legal del Proyecto Distritos de Mantenimiento de la Malla Vial Arterial Principal, Complementaria e Intermedia de la Ciudad de Bogotá D.C y hasta la fecha es el único estudio que se ha realizado para Bogota que contempla el desarrollo de un modelo de gestión integral de mantenimiento"11

Los modelos empleados por el IDU se han hecho separadamente para los diferentes programas que maneja la entidad para la atención de la malla vial, así:

Segundo Nivel: Malla Vial Intermedia

La priorización de esta malla se realizó de manera diferente para los dos componentes:

a). Corredores de Movilidad Local.

Los criterios de priorización usados para el mantenimiento y rehabilitación de los corredores de movilidad local fueron:

a. Factor de movilidad: Determina la importancia de la vía en función del tránsito (actual y proyectado) y la capacidad. Este factor es igual a:

Fm = 0.3 Fc + 0.7 Ft

Donde:

Fm: Factor de movilidad del segmento

Fc: Factor de capacidad del segmento, que es función del número de calzadas y carriles.

Ft: Factor tránsito, dado en función del número de ejes equivalentes que circularán sobre la vía en un periodo establecido.

b. Factor de conectividad: La conectividad representa el aumento de las condiciones reales de movilidad sobre un corredor por la intervención de uno o más de sus segmentos (mantenimiento, rehabilitación o construcción). Este factor está dado por:

Fc= (1 – (l/L)) x 100

Donde:

Fc: Factor de conectividad

l: longitud del segmento

L: longitud del corredor

El máximo valor del Fc representa, que con la intervención de una longitud de segmento, la función del corredor de conectar se cumple. Es decir, si en un corredor existe sólo un segmento que requiera recuperación de sus condiciones de servicio iniciales, el factor conectividad será mayor en comparación con un corredor que tenga más segmentos para intervenir.

El orden de priorización propuesto está dado por el Factor Total del corredor, calculado con la siguiente fórmula:

FT = 0.4 Fc + 0.3 Fm + 0.3 IP

Donde:

FT: Factor total, indicador del estado de las condiciones de movilidad, pavimentación y conectividad del corredor

Fc: Factor de conectividad

Fm: Factor de movilidad

IP: Índice de pavimentación

El mayor valor de Factor Total determina la prioridad en el programa para los corredores seleccionados.

Tercer nivel: Malla vial local

El tercer nivel se refiere a la malla vial que le permite el acceso a la vivienda en los diferentes barrios del Distrito capital. Según el Art. 3, Numeral 3 del Acuerdo 6 de 1992, la responsabilidad de su construcción y mantenimiento corresponde a los Fondos de Desarrollo Local. Así mismo "la reforma administrativa del Distrito, aprobada mediante el Acuerdo 257 de 2006, la Secretaría de Obras Públicas se transformó en la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, cuya función principal es la de adelantar el mantenimiento de la malla vial local, y atender situaciones de contingencia en cualquier sector de la red vial"12

De otra parte el IDU tiene a su cargo la Malla Vial Local perteneciente a la convocatoria del Programa de Pavimentos Locales realizada en el año 2001, al Programa de Desmarginalización y al Programa de Mejoramiento Integral de Barrios.

Para este Programa de Pavimentos Locales, los criterios de priorización fueron (8) conceptos son los siguientes:

*Estrato

*Tamaño de la población beneficiaria

*Número de metros cuadrados de vías solicitados.

*Inversión que el IDU ha realizado en la localidad en malla vial arterial, intermedia y local.

*Inversión que el IDU ha realizado en la localidad en malla vial local

*Inversión que los Fondos de Desarrollo Local han realizado en la malla vial local de sus respectivas localidades.

*Necesidades de la malla vial local.

*Localización de los barrios dentro de las Unidades de Planeación Zonal (UPZ) Prioritarias, las cuales han sido definidas de acuerdo con los lineamientos que dicta el Plan de Ordenamiento Territorial (POT) por el Comité de Política Habitacional del Distrito.

Fueron 494 solicitudes que cumplieron con los requisitos formales, fueron incluidas en el Modelo de Priorización de Recursos. El orden de intervención de los barrios es el arrojado por el Modelo, esto significa que los primeros representan las solicitudes con mayores necesidades y los últimos los menos necesitados.13

Índice de condición del pavimento (ICP)

El Índice de condición de pavimento es un valor que indica el estado superficial de un pavimento de acuerdo a la siguiente ecuación:

Con esta ecuación se obtiene un indicador de los pavimentos entre 0 y 100 siendo 0 una condición muy mala y 100 a una condición buena.

El primer término de la ecuación, hace referencia al porcentaje del IRI dentro del cálculo del Índice de Condición de Pavimento. "El Índice Internacional de Rugosidad (IRI) es la unidad de medida empleada para determinar la funcionalidad del pavimento, esta fue aceptado como estándar de medida de regularidad superficial en las carreteras por el Banco Mundial en 1986. Es una medida de la influencia del perfil longitudinal de la carretera en la calidad de la rodadura, expresada en metros por kilómetros (m/Km). El segundo término de la ecuación, indica el aporte del IF en el cálculo del ICP. El Índice de Falla se calcula con base en el inventario de fallas realizado para cada segmento. Cada tipo de falla tiene asignado un peso y los factores por severidad y extensión, tienen un valor en particular. Mientras mayores y más severas sean las fallas presentes en un segmento vial, mayor será el índice de fallas (IF).Los intervalos para definir si un pavimento se encuentra en malo, regular o buen estado, fueron determinados en visitas de campo realizadas por especialistas en pavimentos del instituto. En estas visitas se comparó el resultado previamente obtenido del ICP con una inspección visual y de esta manera se establecieron dichos rangos"14.

De conformidad con el articulo 149 del Decreto 1421 de 1993 El IDU, y como es evidente dentro del contexto social urbano actual existe un interés general por parte de la comunidad de las diferentes localidades del Distrito Capital tendientes aumentar las solicitudes de mantenimiento rehabilitación y construcción de de la Malla Vial para que en coordinación con el IDU, los Fondos de Desarrollo Local de diferentes Localidades de Bogotá D.C. Establezcan convenios de Cooperación que son un mecanismo mediante el cual las partes involucradas juntan esfuerzos con el fin de dar mantenimiento a la Malla Vial Local. Las localidades tienen la obligación de aportar los recursos para realizar la contratación de mano de obra, maquinaria y demás materiales necesarios para cumplir con los objetivos específicos de la obra, de la misma manera contribuir con los recursos para la contratación de la Interventoría respectiva, mediante la expedición de las reservas presupuestales que sean necesarias.

El IDU tiene como función coordinar con las Localidades las actividades que se deban realizar fundamentados en los convenios debe suministrar una cantidad en M3 de mezcla asfáltica, que se pacta con cada Localidad dependiendo de la disponibilidad de recursos de las mismas, con el fin de cumplir las metas físicas objeto de cada convenio.15

SUSTENTO JURÍDICO:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

ARTÍCULO 1 Colombia es un Estado Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalecía del interés general.

ARTICULO 2 Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

ARTICULO 24 Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia.

ARTÍCULO 322 (.) A las autoridades distritales corresponderá garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

ACUERDO 20 DE 1995 "por el cual se adopta el Código de Construcción del Distrito Capital de Bogotá, se fijan sus políticas generales y su alcance, se establecen los mecanismos para su aplicación, se fijan plazos para su reglamentación prioritaria y se señalan mecanismos para su actualización y vigilancia"

ARTÍCULO 7. El propósito del Código de construcción del Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, es el de establecer un conjunto de normas básicas a las cuales deben ceñirse las edificaciones y obras de infraestructura en cuanto a su realización, alteración y uso para que garanticen estabilidad y resistencia y preserven la seguridad, la salubridad y el bienestar de la comunidad.

ARTÍCULO 10. El Código de Construcción será de obligatorio cumplimiento para personas y entidades particulares, mixtas u oficiales.

ACUERDO 250 DE 2006 "Por el cual se Modifica el Artículo 13 del Acuerdo 20 de 1995"

ARTICULO 13. La atribución de expedir, modificar o complementar el Código de la Construcción corresponde al Concejo de Bogotá, D. C.

La Comisión permanente del Código de la Construcción de que trata el Acuerdo 20 de 1995, continuará ejerciendo su función de asesoría técnica a la corporación en esta materia.

ARTÍCULO 20. Al que acometa obras de construcción de edificaciones sin sujeción a las normas vigentes sobre inscripción de proyectistas, inscripción de constructores o expedición de licencias de construcción, o sin el cumplimiento de las normas contenidas en el presente Código, se le impondrá las sanciones contempladas en el Acuerdo Distrital No.6 de 1990, en el Código de Policía y demás disposiciones al respecto.

ARTICULO 12. Atribuciones. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

(…)

10. Dictar las normas que garanticen la descentralización, la desconcentración y la participación y veeduría ciudadana".

El Decreto – Ley 1421 de 1993, Art. 12° Núm. 1° reconoce la facultad normativa de ésta corporación para garantizar la eficiente prestación de los servicios a cargo del Estado. Así mismo, su iniciativa, se prevé en el Art. 13 del Decreto – Ley anteriormente mencionado, el cual establece que la materia tratada en éste proyecto de acuerdo puede ser presentada por el Honorable Concejo de Bogotá.

ARTICULO 149. CLASES DE CONTRATOS. El Distrito, sus localidades y las entidades descentralizadas podrán celebrar los contratos, convenios y acuerdos previstos en el derecho público y en el derecho privado que resulten necesarios para el cumplimiento de sus funciones, la prestación de los servicios y la construcción de las obras a su cargo. En tales contratos, convenios o acuerdos se deberán pactar las cláusulas o estipulaciones que las partes consideren convenientes y necesarias para asegurar su ejecución, siempre que no sean contrarias a la Constitución, la ley y el orden público.

ARTICULO 109. Naturaleza jurídica, objeto y funciones básicas de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden distrital del Sector Descentralizado, de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita a la Secretaría Distrital de Movilidad. Tiene por objeto programar y ejecutar las obras necesarias para garantizar rehabilitación y el mantenimiento periódico de la malla vial local; así como la atención inmediata de todo el subsistema de la malla vial cuando se presenten situaciones imprevistas que dificulten la movilidad en el Distrito Capital. La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial tiene las siguientes funciones básicas: Programar y ejecutar los planes y proyectos de rehabilitación y mantenimiento de la malla vial local. Suministrar la información para mantener actualizado el Sistema de Gestión de la Malla Vial del Distrito Capital, con toda la información de las acciones que se ejecuten. Programar y ejecutar las acciones de mantenimiento y aquellas que sean necesarias para atender las situaciones imprevistas que dificulten la movilidad en la red vial de la ciudad. Atender la construcción y desarrollo de obras específicas que se requieran para complementar la acción de otros organismos y entidades como la Secretaría de Ambiente y el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias - FOPAE o quienes hagan sus veces16.

RESOLUCION NÚMERO 6467 del 19 de Diciembre de 2007

Hoja 1 de 2 "Por la cual se adopta los procedimientos PR-P-03 Planeación de Intervención para el Programa de Pavimentos locales y PR-P-13 Planeación para la Conservación de la Malla Vial Local"

Artículo 7 de la Resolución 1705 del 19 de abril de 2006 y considerando que el artículo 4 literal b) de la Ley 87 de 1993, establece que toda entidad bajo la responsabilidad de sus directivos, debe implementar procedimientos para la ejecución de los procesos, como uno de los elementos básicos del sistema de control interno. Que los procesos y procedimientos responden a una dinámica particular, articulada al cumplimiento de la misión institucional, lo cual implica un mejoramiento continuo de los mismos.

Que a través de los procedimientos, se establece y delimitan los niveles de responsabilidad, sobre las actividades que cada funcionario realiza al interior de la entidad. Que los procedimientos, son una herramienta de control que ayuda a la aplicación coherente y armónica de los instrumentos de gestión, al identificar la secuencia y los contenidos fundamentales de las actividades que la soportan.

Que los procedimientos agilizan las actuaciones administrativas, dan transparencia y claridad a los procesos y garantizan el cumplimiento de los principios constitucionales y legales.

Que las nuevas metas institucionales exigen la modernización administrativa de la entidad, así como la optimización de procesos, y la búsqueda de mayor valor agregado en la gestión, razón por la cual se hace necesario actualizar y ajustar los procesos a las necesidades de la entidad.

Que la Directora General mediante Resolución 1705 del 19 de abril de 2006, delegó en el Director Técnico de Planeación, la facultad de modificar, adicionar o complementar mediante acto administrativo interno, los Manuales de Procesos y Procedimientos actualmente vigentes y aquellos que en el futuro adopte la Dirección General. QUe el Acuerdo 19 de Octubre 06 de 1972 del Concejo del Distrito Especial de Bogotá "Por el cual se crea y reglamenta el funcionamiento del Instituto de Desarrollo Urbano",en su Artículo No. 2 establece, "El Instituto atenderá la ejecución de obras públicas de desarrollo urbanístico ordenadas dentro del Plan General de Desarrollo y los planes y programas sectoriales, así como las operaciones necesarias para la distribución, asignación y cobro de las contribuciones de valorización y de pavimentación…..".Que el Acuerdo 02 de Diciembre 21 de 1999 del Consejo del Distrito Capital "Por el cual se crea el sistema de información de la Malla Vial de Santa Fe de Bogotá, D.C.", en el se establece la conformación, contenido mínimo de la información y otras disposiciones frente al registro y actualización de vías arteriales, secundarias y locales que conforman el sistema vial del Distrito Capital.

IMPACTO FISCAL:

Este proyecto concibe un impacto fiscal, el cual esta garantizado en el presupuesto distrital de la vigencia 2009, acuerdo 341 "Por el cual se expide el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009 de la siguiente manera:

CÓDIGO

CONCEPTO

RECURSOS

3-3-1-13-02-17 DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO

MEJOREMOS EL BARRIO

$54,236,048,000

3-3-1-13-02-17 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

MEJOREMOS EL BARRIO

$145,896,942,000

Atentamente, Concejales de Cambio Radical:

Cordialmente,

FELIPE RIOS LONDOÑO

Concejal de Bogotá

CARLOS FERNANDO GALÁN P.

Concejal de Bogotá

DARÍO FERNANDO CEPEDA PEÑA

Concejal de Bogotá

HENRY CASTRO

Concejal de Bogotá

JULIO CÉSAR ACOSTA ACOSTA

Concejal de Bogotá

FERNANDO LÓPEZ GUTIERREZ

Concejal de Bogotá

CARLOS ORLANDO FERREIRA PINZÓN

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO ____ de 2010

"POR MEDIO DEL CUAL SE ORDENA A LAS ALCALDÍAS LOCALES Y A LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE MANTENIMIENTO Y REHABILITACIÓN VIAL ADOPTAR EL MODELO DE PRIORIZACIÓN TÉCNICO UNIFICADO EN LA CONSTRUCCIÓN, REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA MALLA VIAL"

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, las conferidas en el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO: Impleméntese el modelo técnico de diagnóstico y priorización para intervención, mantenimiento y construcción de vías locales e intermedias en el distrito capital que no son competencia del IDU bajo los siguientes lineamientos:

1. El Instituto de Desarrollo Urbano conjuntamente con las Alcaldías locales y la Unidad Especial Administrativa de Rehabilitación y Mantenimiento Vial diseñarán el modelo de priorización para cada localidad.

2. El modelo será diseñado para cada localidad acorde con sus características físicas y socioeconómicas.

3. El modelo será adoptado en la totalidad de las intervenciones que se realicen sobre la malla vial por competencia de las alcaldías locales y Unidad de mantenimiento Vial.

4. El diagnóstico determinará el tipo de intervención que se requiere para cada vía.

5. Las alcaldías locales y la unidad de mantenimiento vial deberán entregar mensualmente información al IDU de las vías priorizadas, el orden de priorización e intervención

6. Las localidades deberán contar con un documento físico de carácter público que contendrá los registros de ejecución, seguimiento y control de las obras ejecutadas, así como de las vías priorizadas o no priorizadas para intervenir y su razones de no intervención.

7. Las localidades deberán publicar información asociada al mantenimiento vial, el orden de priorización, solicitudes hechas por la comunidad, información de las obras viales realizadas en la localidad y la entidad que las ejecuto en la página Web de la localidad, con información de vías priorizadas, costos y posibles intervenciones para vigencias futuras.

ARTÍCULO SEGUNDO: Establézcase que el modelo técnico de priorización de la malla vial local, competencia de Unidad Mantenimiento Vial y alcaldías locales, se diseñará utilizando la metodología del Instituto de Desarrollo Urbano que se encuentre vigente para inventario y diagnostico de la malla vial.

PARÁGRAFO: Para los ejes viales con requerimiento de construcción de vías nuevas se seguirá la metodología de diagnostico vigente que tenga adoptada el IDU.

ARTICULO TERCERO: Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

CELIO NIEVES HERRERA

GLADYS GARCÍA HURTADO

Presidente del Concejo

Secretaría General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Oficio IDU-142798 de 28 de Octubre de 2008.

2 Oficio IDU-142798 de 28 de Octubre de 2008.

3 Oficio IDU-142798 de 28 de Octubre de 2008.

4 Oficio IDU-006408 -9 DE FEBRERO DE 2009 –IDU.

5 Oficio IDU-006408 -9 DE FEBRERO DE 2009 –IDU.

6 Cartilla "cómo avanza el Distrito en Movilidad 2006".

7 Oficio IDU-006408 -9 DE FEBRERO DE 2009 –IDU.

8 http://camara.ccb.org.co/documentos/66%20percepcion%20sobre%20malla%20vial.xls.pdf

9 http://www.bogotacomovamos.org/datos/AA_7_comovamosespaciop.doc

10 Oficio IDU -006408 del 9 de febrero de 2009

11 Oficio IDU -006408 del 9 de febrero de 2009

12 Oficio IDU 006408 9 DE FEBRERO DE 2009

13 Oficio IDU 006408 9 DE FEBRERO DE 2009

14 Oficio IDU -006408 del 9 de febrero de 2009

15 http://www.contraloriabogota.gov.co/wps/wcm/connect/58c00e80476631dd8cc99de4261d8d42/informe+de+fuentes+y+usos+IDU.pdf?MOD=AJPERES

16 www.umv.gov.co/Normatividad/tabid/.../Default.aspx