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Resolución 991 de 2010 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Dirección General

Fecha de Expedición:
08/04/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/04/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4408 de abril 13 de 2010.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Resolución 991 de 2010

RESOLUCIÓN 991 DE 2010

(Abril 8)

"Por la cual se adiciona la Resolución No. 3730 de 25 de septiembre de 2009".

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las señaladas en el artículo 171 del Decreto Distrital 619 de 2000, modificado por el artículo 186 del Decreto Distrital 190 de 2004, la Ley 872 de 2003, los Acuerdos Distritales 122 de 2004, 387 de 2004, el Decreto 4110 de 2004, los Acuerdos del Consejo Directivo 001 y 002 de 2009 y demás disposiciones concordantes y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 4 literal b) de la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", señala que toda entidad bajo la responsabilidad de sus directivos, debe implementar procedimientos para la ejecución de los procesos, como uno de los elementos básicos del Sistema de Control Interno.

Que en el Decreto Distrital 190 del 22 de Junio 2004 "Por medio del cual se compilan las disposiciones contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003", artículo 186, se normó la atribución del IDU respecto de radicar, estudiar, expedir, otorgar o negar, establecer las especificaciones técnicas, controlar y sancionar, todo lo relacionado con las licencias de excavación que impliquen intervención en el espacio público.

Que, con fundamento en el artículo 171 del Decreto Distrital 619 de 2000, la Dirección del IDU expidió la Resolución No. 591 de 2002, "por medio de la cual se establecen las disposiciones relacionadas con la expedición, obligaciones, responsabilidades y sanciones en las Licencias de Excavación otorgadas para interventor con obras de infraestructura de servicios públicos y telecomunicaciones, el Espacio Público" en la cual se estableció, en el artículo 3, la competencia del Instituto de establecer las especificaciones técnicas relacionadas con las Licencias de Excavación.

Que en la norma NTC-ISO 9001:2008 y su equivalente NTCGP-1000:2009 para entidades del Estado, se establece el requisito 4.2 gestión documental donde se determinan los estándares para cada uno de los niveles requeridos para la documentación en los Sistemas de Gestión de Calidad.

Que el artículo 3º del Acuerdo 002 del 3 de febrero de 2009 asigna al Director General la función de dirigir, asignar, controlar y garantizar las funciones de planeación, técnicas, financieras, administrativas, de desarrollo institucional y legales, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 19 de 1972, la Ley 489 de 1998 y demás disposiciones vigentes.

Que el artículo 4 numeral 2 de la Resolución No. 2634 del 21 de julio de 2009 "Por la cual se crea el Sistema de Coordinación Interna del IDU", señala que el Comité de la Subdirección de Desarrollo Urbano del IDU tiene la función de coordinar y efectuar el seguimiento al cumplimiento de objetivos, metas y funciones de cada una de las dependencias de la Subdirección General de Desarrollo Urbano del IDU.

Que una de la funciones de la Dirección Técnica Estratégica, la cual depende de la Subdirección General de Desarrollo Urbano, es la de "Diseñar y elaborar manuales de especificaciones técnicas para el desarrollo de los proyectos a cargo de la entidad" .

Que mediante la Resolución No. 3730 de 25 de septiembre de 2009, se adopta la Guía Anexo Técnico para Licencias de Excavación y se reemplaza el Anexo Técnico 03-1100 Licencias de Excavación.

Que en el Comité Técnico de la Subdirección General de Desarrollo Urbano del día 9 de febrero de 2010, se presentó para aprobación el texto para la modificación de la Resolución 3730 del 25 de septiembre de 2009.

Que los manuales, procesos, procedimientos, guías, especificaciones, instructivos, cartillas, códigos y formatos son herramientas de control que ayudan a la aplicación coherente y armónica de los instrumentos de gestión, al identificar la secuencia, interacción y los contenidos fundamentales de las actividades que la soportan.

Que los manuales, procesos, procedimientos, guías, especificaciones, instructivos, cartillas, códigos y formatos agilizan las actuaciones administrativas, dan transparencia y claridad a los procesos, actúan como instrumentos de capacitación, entrenamiento y gestión garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales y legales.

Que, mediante la Resolución No. 3296 del 26 de agosto de 2009, se modificó la Cadena de Valor para el Instituto de Desarrollo Urbano, y con base en la misma se documentan y publican los manuales, procedimientos, guías, especificaciones y demás documentos del Instituto de Desarrollo Urbano.

Que de acuerdo con la Cadena de Valor vigente, la Guía GU-GE-002 Anexo Técnico Para Licencias de Excavación, pertenece al proceso de Gestión Estratégica.

En mérito de lo expuesto, la Directora General del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU),

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Se adiciona al artículo primero de la Resolución No. 3730 del 25 de septiembre de 2009, el siguiente parágrafo:

PARÁGRAFO PRIMERO: Se excepcionan de la aplicación de la Guía GU-GE-002 Anexo Técnico para Licencias de Excavación versión 2.0, hasta el 31 de diciembre de 2012, los siguientes casos:

a.Las intervenciones que no comprometan la totalidad de la calzada, objeto de autorización de una Licencia de Excavación.

b.Las intervenciones en vías ejecutadas con contratos de obra, que a la fecha autorizada por la licencia de excavación, no estén cubiertas por el amparo de estabilidad vigente o que, teniendo este amparo se venza el 31 de diciembre de 2012.

Estas intervenciones deben cumplir con el Anexo No. 1 GU–GE-002-01.

ARTÍCULO SEGUNDO: Publíquese la Resolución No. 3730 del 25 de septiembre de 2009 en el Registro Distrital, fecha a partir de la cual rige y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el artículo cuarto de la Resolución No. 3730 del 25 de septiembre de 2009.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C. a los 8 días del mes de abril de 2010.

LILIANA PARDO GAONA

Directora General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4408 de abril 13 de 2010.