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Proyecto de Acuerdo 268 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

PROYECTO DE ACUERDO No. 268 DE 2010

Ver Acuerdo Distrital 464 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.

"Por medio del cual se denomina "Bosque Concejo Bicentenario 2010" al sendero ubicado en la carrera 54 con Avenida el Dorado"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I. CONSIDERACIONES GENERALES

EL CONCEJO DE BOGOTA EN EL BICENTENARIO NACIONAL

El Concejo de Bogotá, en cumplimiento de un mandato del Libertador Simón Bolívar1, y aunado a la Campaña Distrital "Planta tu huella", quiere contribuir a ampliar la cobertura arborífera de la ciudad, con el propósito de mejorar el ambiente, creando una cultura para la preservación, cuidado y desarrollo de la naturaleza, que contribuya, fundamentalmente, a mitigar el efecto invernadero producido por el calentamiento global del planeta Tierra, así como también, a la descontaminación de la ciudad, para ofrecer un aire más respirable y consecuentemente elevar la calidad de vida de los habitantes.

En tal sentido, como parte de las actividades de la Corporación en el marco de la celebración del Bicentenario Nacional, el día 19 de Agosto del año en curso, por iniciativa de la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá con el apoyo del Jardín Botánico "José Celestino Mútis", se realizó en la zona verde adyacente al costado occidental  de la Gobernación de Cundinamarca ubicada en la carrera 54 con avenida El Dorado, la siembra de 45 árboles de especies nativas, entre Amarrabollos, Sietecueros nativos y Palmas de cera, uno en representación de cada Cabildante.

Por lo anterior, con el objeto de constituir esta zona como un elemento de recordación de este acto, la presente iniciativa tiene como fin principal denominar al predio ubicado en la carrera 54 con avenida el Dorado "Bosque Concejo Bicentenario 2010".

II. JUSTIFICACION

La arborización urbana, una contribución para disminuir y enfrentar el cambio climático.

El Planeta se está calentando y es una realidad que no podemos seguir negando, los últimos diez años han sido los más calurosos desde que se llevan registros, y los científicos han anunciado que en el futuro serán aún más cálidos. Y, como siempre, los seres humanos somos los principales culpables: ejercemos un impacto directo sobre el proceso de calentamiento, popularmente conocido como el "efecto invernadero2".

La ciudad de Bogotá, D.C., y quienes dirigimos su presente y proyectamos su futuro, no podemos ser ajenos a esta realidad que nos afecta a todos. Estamos en la obligación mundial de preservar el medio ambiente y los recursos naturales a fin de prolongar la vida del planeta y así mismo la vida del hombre sobre el mismo. Es un compromiso con nuestras futuras generaciones; y debemos empezar desde ahora.

De acuerdo a estudios científicos adelantados en los últimos diez años, frente al cambio climático, se logró establecer lo que vendrá a futuro para nuestro planeta si no hacemos algo a tiempo:

* Un calentamiento global promedio, de entre 1,5 y 4,5 °C ocurrirá, siendo la mejor estimación 2,5 °C .

* La estratosfera se enfriará significativamente.

* El entibiamiento superficial será mayor en las altas latitudes en invierno, pero menores durante el verano.

* La precipitación global aumentará entre 3 y 15%.

* Habrá un aumento en todo el año de las precipitaciones en las altas latitudes, mientras que algunas áreas tropicales, experimentarán pequeñas disminuciones

El calentamiento global podría ser reducido si se logra tener una buena cantidad de árboles que ayuden a absorber la gran cantidad de gas carbónico y los gases dañinos que está produciendo el efecto invernadero3, pues una ciudad que contenga dentro de su área urbana gran cantidad de vegetación, no solo daría el resultado antes mencionado, sino que contribuiría a la conservación de la diversidad bio-ecológica.

Mediante un programa de arborización urbana masivo, podemos contribuir al cumplimiento de los objetivos planteados en el Protocolo de Kyoto, el cual incluye actividades tales como la forestación y reforestación, que favorecería la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero para los años venideros, siendo este el único mecanismo a nivel internacional, para enfrentar el cambio climático y reducir sus impactos.

Por lo anterior, la ciudad en temas tan cruciales como el ambiente no puede ser ajena a la realidad que afronta nuestro planeta, por ello se hace necesario que nuestra capital se reinvente y renueve así misma, con la ayuda de todos sus habitantes a través de la implementación de criterios ecológicos.

Esta reinvención implica un gran desafío para todos sus habitantes, pues lo que se pretende es reinventar una ciudad respetuosa del ambiente, implementando en un futuro muy cercano edificios públicos o privados que obtengan su energía de placas solares o techos verdes que ayuden a combatir el calentamiento global, transportes púbicos y privados que usen combustibles que no afecten el ambiente, concienciar a la ciudadanía en temas importantes como el consumo responsable, implementar medidas sanas y simples como el desestimulo al uso de las bolsas plásticas por su alto impacto ambiental negativo, optimizar la producción de bienes y servicios y mejorar el proceso de recolección, reciclaje y transformación de los residuos sólidos. Ideas estas que en muchos casos ya se han convertido en normas que efectivamente redundaran en una mejora en la calidad de vida de todos sus habitantes.

Sin embargo y a pesar de los ingentes esfuerzos realizados por la administración distrital, la situación actual ambiental no es la mejor, muestra de ello es que la ciudad ha presentado un crecimiento poblacional acelerado y desordenado que ha ido en desmedro del ambiente, pues en muchos casos el proceso de desarrollo urbano, no ha tenido en cuenta las políticas ambientales ya establecidas. Trayendo como consecuencia una ciudad gris con un déficit de árboles y muy pocas áreas verdes. Es así que el censo del arbolado urbano, adelantado por el jardín botánico José celestino Mutis, en marzo de 2008, mostró que Bogotá cuenta con 1.114.765 árboles frente a una población de 6.763.325 habitantes, lo que equivale a decir que hay 0.16 árboles por cada habitante. Dicho de otra manera, por cada 6 habitantes hay un árbol, cuando el parámetro es uno por cada tres personas. Esto denota que contamos con la mitad de los árboles requeridos para una población como la nuestra, por tanto tenemos un déficit de más de un millón de árboles. Y en cuanto a zonas verdes la realidad no es muy halagadora, pues según el documento "La Ciudad Verde" de la Dirección de Información y Cartografía de Bogotá señala que a pesar que entre el 2002 y el 2008 Bogotá aumento los parques y zonas verdes por habitante en un 2.2%, solo pasamos de 4.82 a 4.93 metros cuadrados en seis años, cuando la proporción indicada por la Organización Mundial de la Salud es de entre 9 o 10 metros cuadrados por habitante.

Así las cosas, es muy importante para esta ciudad capital, dar el lugar que se merece la presencia vital de espacios verdes en las urbes, pues como lo manifestó Le Corbusier en la Carta de Atenas de 1926 "La necesidad que existe en la especie humana de estar en contacto con el verde, es un hecho ancestral, básico y primordial como la naturaleza misma de la cual provenimos", pensamiento que dio origen al urbanismo ecológico hace más de 90 años y que hoy más que nunca cobra vida.

Potencial de Plantación en la Ciudad.

De acuerdo con los Planes Locales de Arborización desarrollados por el Jardín Botánico José Celestino Mutis, las áreas con potencial de arborización nos permitirían incrementar esta relación a 0.18 árboles por habitante. Veamos:

Tabla 1. Potencial de Plantación por Localidad Estimado

LOCALIDAD

POTENCIAL ZONA VERDE

POTENCIAL ESTIMADO EN RONDAS HÍDRICAS

TOTAL

Antonio Nariño

85

999

1.084

Barrios Unidos

1.287

0

1.287

Bosa

8.474

13.681

22.155

Chapinero

597

0

597

Ciudad Bolívar

273

14.800

15.073

Engativá

1.484

3.121

4.605

Fontibón

1.323

3.826

5.149

Kennedy

214

3.180

3.394

La Candelaria

0

0

0

Los Mártires

464

0

464

Puente Aranda

626

1.047

1.673

Rafael Uribe

350

0

350

San Cristóbal

528

0

528

Santa Fe

1.350

2.089

3.439

Suba

237

24.324

24.561

Teusaquillo

241

0

241

Tunjuelito

2.897

8.592

11.489

Usaquén

380

1.054

1.434

Usme

2.101

15.479

17.580

TOTAL

22.913

92.192

115.105

FUENTE: Censo del Arbolado Urbano de Bogotá – Jardín Botánico JCM-2007

DESCONTAMINACION, RECREACION Y ORNATO

La recuperación de estos espacios naturales, implica ampliar la cobertura arborífera de la ciudad, con el propósito de mejorar el medio ambiente, creando la cultura de la preservación, cuidado y desarrollo de la naturaleza organizada, que contribuya a la descontaminación de la ciudad, elevando la calidad de vida de los habitantes, al ofrecer un aire más respirable, que de por si, como lo afirma el Consejo Nacional de Política Económica y Social CONPES "las mayores descargas contaminantes a la atmósfera se presentan, en su orden, en Bogotá, Medellín, Cali y Barranquilla. Los mayores contaminantes son el transporte terrestre (86%), la industria (8%), las termoeléctricas (3%), los sectores residencial y comercial (2%) y el transporte aéreo (1%). Las pérdidas económicas por la contaminación se estiman en $ 1,5 billones al año, y están relacionados con efectos sobre la salud pública, mortalidad y morbilidad4".

No obstante, es necesario resaltar que la contaminación que sufre el aire que respiramos se puede contrarrestar con la implementación y ampliación de la cobertura vegetal existente, en donde se planten nuevos árboles dentro del perímetro urbano del Distrito Capital en el espacio público de uso público.

Una ciudad llena de plantas permite a sus habitantes respirar un aire más limpio, además crea un efecto desestresante en el ambiente, y contribuye a la conservación de la belleza y la diversidad.

De otra parte, la tendencia de crear ambientes naturales dio origen al concepto de paisajismo, termino que engloba múltiples disciplinas tales como agronomía, arquitectura, sociología, ecología, arte e incluso salud y psicología.

Según los especialistas el paisajismo se manifiesta a través de la planificación, la creatividad, imaginación y organización.

Motivos todos estos, que conllevan a la implementación de más arborización en las áreas verdes urbanas del Distrito Capital, que como ya mencionó dentro de esta exposición además de cumplir una función ecológica y ambiental, también cumplen una función social y de ornato, por lo tanto estas se deben constituir como espacios protegidos por el Distrito, para el sano esparcimiento, recreación y ornato.

III. MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

Articulo 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana.

Articulo 8. Es obligación del Estado y de las personas, proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

Articulo 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas del proceso de creación de la identidad nacional.

La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad.

El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país.

El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación.

Articulo 71. La búsqueda del conocimiento y la expresión artística so n libres. Los planes de Desarrollo Económico y Social incluirán el fomento a las ciencias y en general a la cultura. El Estado creara incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones esculturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades.

Artículo 79.- Contempla que todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano, y que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente y fomentar la educación para el logro de estos fines.

Artículo 95 numeral 8º.- Establece, los deberes de la persona y el ciudadano, dentro de los cuales se encuentra entre otros, el deber de proteger los recursos naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano.

Articulo 313 Numeral 9. Corresponde a los Concejos: "Dictar las normas necesarias para el control para la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del Municipio.

Ley 99 de 1993

Dentro de los principios generales de la Ley 99 de 1993 se establece que la acción para la protección y recuperación ambiental del país es una tarea conjunta y coordinada entre el Estado, la comunidad, las organizaciones no gubernamentales y el sector privado.

El Estado apoyará e incentivará la conformación de organismos no gubernamentales para la protección ambiental y podrá delegar en ellos algunas de sus funciones.

El Artículo 65, numeral 2, establece como función del Distrito Capital, dictar, con sujeción a las disposiciones legales reglamentarias superiores, las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio.

Ley 299 de 1996

Por la cual se protege la flora colombiana y se reglamentan los jardines botánicos.

Artículo 1º.- "La conservación, la protección, la propagación, la investigación, el conocimiento y el uso sostenible de los recursos de la flora colombiana son estratégicos para el país y constituyen prioridad dentro de la política ambiental.

Son de interés público y beneficio social y tendrán prelación en la asignación de recursos en los planes y programas de desarrollo y en el presupuesto general de la Nación y en los presupuestos de las entidades territoriales y de las Corporaciones Autónomas Regionales."

Artículo 2º.- Determina como objetivos de los jardines botánicos los siguientes:

"a) Mantener tanto los procesos ecológicos esenciales, como los sistemas que soportan las diferentes manifestaciones de la vida;

b) Preservar la diversidad genética; (…)

Artículo 13.- "Los jardines botánicos establecerán programas especiales de arborización urbana, forestación y reforestación de cuencas hidrográficas, para lo cual, previa contratación prestarán a las entidades estatales asesoría como consultores en estas materias o proveerán, cuando dispongan de viveros, del material vegetal necesario para estos efectos."

(Subrayado fuera de texto)

LEY 397 DE 1997

Articulo 4. Definición cultural de la Nación

El patrimonio cultural de la Nación esta constituido por los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de los bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico ,artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular.

Decreto 472 de 2003

"ARTÍCULO 5.- Espacio Público.- El Jardín Botánico José Celestino Mutis es la entidad responsable de la arborización, tala, poda, aprovechamiento, transplante o reubicación del arbolado urbano en el espacio público de uso público de la ciudad, salvo las siguientes excepciones (…)

Los particulares que tengan a su cargo el mantenimiento de zonas verdes en espacio público deberán coordinar las actividades de arborización tala, poda, aprovechamiento, transplante o reubicación con el Jardín Botánico."

Acuerdo 19 de 1996

Artículo 2.- Dispone que se debe dar Prioridad en el Mejoramiento de la Calidad del Medio Ambiente, en donde Las políticas, normas y acciones del Distrito Capital, serán armónicas con la preservación, la conservación, el mejoramiento y la protección de los recursos naturales y el medio ambiente urbano y rural, y propenderán por la prevención, la mitigación y la compensación de los procesos deteriorantes de las aguas, el aire, los suelos, y los recursos biológicos y ecosistémicos

IV. COMPETENCIA DEL CONCEJO

Decreto-Ley 1421 de 1993

En el Articulo 12 contempla: Atribuciones: Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

7. Dictar las normas necesarias para garantizar la preservación y defensa del patrimonio ecológico, los recursos naturales y el medio ambiente.

13. Regular la preservación y defensa del patrimonio cultural

V. IMPACTO FISCAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 7º de la ley 819 de 2003, es de precisar que la implementación de lo propuesto en el presente Proyecto de Acuerdo no implica que la Administración Distrital incurra en gastos adicionales, esto en virtud a que esta propuesta no requiere la destinación de recursos para la puesta en marcha del proyecto.

Así las cosas, este proyecto de Acuerdo, no genera un volumen de gastos que implique una modificación en el Marco Fiscal de Mediano Plazo, toda vez que no incrementará el Presupuesto General de Distrito, ni ocasionará la creación de una nueva fuente de financiación, por lo que se considera, no genera erogaciones presupuestales adicionales a las ya establecidas.

Cordialmente,

CELIO NIEVES HERRERA

Presidente

ISAAC MORENO DE CARO

JULIO CÉSAR ACOSTA ACOSTA

Primer Vicepresidente

Segundo Vicepresidente

LAUREANO ALEXI GARCÍA PEREA

ORLANDO PARADA DÍAZ

Vocero Partido Polo Democrático Alternativo

Vocero Partido de Unidad Nacional la "U"

CARLOS ORLANDO FERREIRA PINZÓN

JORGE DURÁN SILVA

Vocero Partido Cambio Radical

Vocero Partido Liberal

OMAR MEJÍA BÁEZ

EDWARD ANIBAL ARIAS RUBIO

Vocero Partido Conservador

Vocero Partido Verde

HUMBERTO QUIJANO MARTÍNEZ

RAFAEL ALBERTO ESCRUCERÍA LORZA

Vocero Movimiento MIRA

Vocero Partido de Integración Nacional PIN

CARLOS PÉREZ PARRA

Vocero Partido Pacto

Concejal ALVARO ARGOTE MUÑOZ

Concejala ANGELA MARIA BENEDETTI V

Concejal ALVARO HERNAN CAICEDO E

Concejal JAIME CAICEDO TURRIAGO

Concejal ANDRES CAMACHO CASADO

Concejal ORLANDO CASTAÑEDA

Concejal HENRY CASTRO

Concejal DARIO FERNANDO CEPEDA

Concejal SEVERO ANTONIO CORREA V

Concejal CARLOS VICENTE DE ROUX

Concejal WILSON HERNANDO DUARTE

Concejal CARLOS FERNANDO GALAN

Concejal GERMAN A. GARCIA ZACIPA

Concejal CARLOS E. GUEVARA

Concejala LILIANA DE DIAGO

Concejal FERNANDO LOPEZ

Concejal HIPOLITO MORENO GUTIERREZ

Concejala NELLY P. MOSQUERA

Concejala MARTHA E. ORDOÑEZ VERA

Concejal JAVIER M. PALACIO MEJIA

Concejala ATI QUIGUA IZQUIERDO

Concejal FELIPE RIOS LONDOÑO

Concejal JOSE JUAN RODRIGUEZ R

Concejal JOSE FERNANDO ROJAS

Concejal CARLOS ROBERTO SAENZ V

Concejal JORGE E. SALAMANCA

Concejala CLARA LUCIA SANDOVAL M

Concejal ANTONIO SANGUINO PAEZ

Concejal ORLANDO SANTIESTEBAN M

Concejala SOLEDAD TAMAYO TAMAYO

Concejal EDGAR ALFONSO TORRADO G

Concejal MARIA ANGELICA TOVAR

Concejala MARIA VICTORIA VARGAS SILVA

Articulado.

EL CONCEJO DE BOGOTA, D.C

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto-Ley 1421 de 1993 en su artículo 12, numerales 1,7 y 13

ACUERDA

Articulo 1. Denomínese "BOSQUE CONCEJO BICENTENARIO 2010", al predio ubicado en la carrera 54 con Avenida El Dorado, en el cual se realizó por iniciativa de la Mesa Directiva del Concejo de Bogotá y por parte de los Concejales de la Ciudad, la siembra de cuarenta y cinco árboles, en el marco de la celebración del Bicentenario de la Independencia Nacional.

Artículo 2. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga todas las normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

NOTAS DE PIE DE PAGINA

1. 1.185 años después del mandato de Simón Bolívar, que ordenó sembrar un millón de árboles en donde más hicieran falta, la Alcaldía de Bogotá junto a la Cámara de Comercio cumplirán el deseo del Libertador y liderarán una campaña para que los ciudadanos ayuden en esta tarea.

2. www.familia.cl/ContenedorTmp/Calentamiento. Página WEB.

3. Se llama efecto invernadero al fenómeno por el que determinados gases componentes de una atmósfera planetaria retienen parte de la energía que el suelo emite por haber sido calentado por la radiación solar. De acuerdo con el actual consenso científico, el efecto invernadero se está viendo acentuado en la Tierra por la emisión de ciertos gases, como el dióxido de carbono y el metano, debida a la actividad económica humana.

4. Observatorio del Medio Ambiente. Universidad Sergio Arboleda. Página WEB www.usa.edu.co/medioambiente.