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Resolución 908 de 2010 Secretaría Distrital del Hábitat

Fecha de Expedición:
24/09/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/09/2010
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 908 DE 2010

(Septiembre 24)

"Por la cual se modifica la Resolución 184 del 23 de mayo de 2007"

LA SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT

En ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 489 de 1998, el Decreto Distrital 101 de 2004 y el Decreto Distrital 121 de 2008 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 001 del 20 de septiembre de 2001, el Contador General de Bogotá D.C., expidió el manual de procedimientos administrativos y contables para el manejo y control de los bines en las Entidades del Distrito Capital.

Que el numeral 2.3.3.1, de la Referida Resolución establece que se debe crear un Comité de Inventarios encargado de establecer planes y programas que permitan mantener actualizado el inventario de la entidad.

Que a través de la Resolución 184 del 23 de mayo de 2007, se creó el Comité de Inventarios de la Secretaría Distrital del Hábitat, al igual que se estableció su conformación y funciones.

Que mediante el Decreto 121 del 8 de abril de 2008, se adoptó la nueva estructura organizacional y las funciones de la Secretaría Distrital del Hábitat, presentándose variaciones en las denominaciones y funciones de sus dependencias.

Que en consecuencia es procedente actualizar la creación y adecuar la conformación del Comité de Inventarios y actualizar sus funciones conforme a la nueva estructura de la entidad.

Que en mérito de lo antes expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 1 de la Resolución 184 del 23 de mayo de 2007, por la cual se creó el Comité de Inventarios de la Secretaría del Hábitat, el cual quedará así:

Artículo 1. Crear el Comité de Inventarios de la Secretaría Distrital del Hábitat - SDHT, el cual estará conformado por los siguientes miembros:

a. El/la directora(a) de Gestión Corporativa y CID, quien lo presidirá.

b. El/la Subdirector(a) Financiero(a),

c. El/la Subsecretario(a) Jurídico(a),

d. El/la Asesor(a) de Control Interno, quien tendrá voz pero no voto,

e. El/la Subdirector(a) Administrativo(a), quien actuará como Secretario (a) Técnico (a) y tendrá voz pero no voto.

Parágrafo1. El/la Secretario (a) Técnico (a) será el/la encargado (a) de preparar el orden del día, la documentación que deba presentarse a la respectiva sesión. Levantar el acta de la misma y someterla a la aprobación y firma de todos los que en ella intervengan, al igual que comunicar las decisiones adoptadas por el Comité.

Parágrafo 2. Podrán asistir como invitados a las reuniones del Comité aquellos funcionarios y/o contratistas de la Secretaría, o particulares que puedan aportar elementos de juicio necesarios en las sesiones correspondientes

ARTÍCULO 2. Modificar el artículo 2 de la Resolución 184 del 23 de mayo de 2007, por la cual se creó el Comité de Inventarios de la Secretaría Distrital del Hábitat, el cual quedará así:

Artículo 2. Funciones del Comité de Inventarios

a. Implementar los mecanismos y acciones requeridas para la realización de los inventarios físicos de la entidad.

b. Decidir y aprobar el acta de baja y destino final de los bienes muebles declarados inservibles o no utilizables de la entidad, previo análisis y presentación de las investigaciones y estudios correspondientes, dentro de los cuales de podrán contemplar factores como. Resultado de la evaluación costo/beneficio, el valor de mantenimiento, concepto técnico nivel de uso, tecnología, costos de bodegaje, estado actual y funcionalidad entre otros.

c. Analizar y conceptuar sobre las características y comportamiento de los bienes muebles devolutivos o de consumo cuando haya lugar de propiedad de la entidad y además factores que lo considere necesario, con base en los resultados arrojados por los análisis y avalúos técnicos en materia de reclasificación de bienes muebles, determinación del catálogo de elementos, entre otros, que permitan claridad en la administración de éstos.

d. Gestionar las acciones requeridas para realizar la valuación de aquellos bienes que lo requieran, a partir de consultas técnicas, comerciales, contables, de personal experto, entre otros.

e. Analizar las características y comportamiento de los bienes muebles de la entidad u demás factores que lo considere necesario, para determinar la reclasificación de los bienes devolutivos a bienes de consumo cuando haya lugar.

f. Las demás que le asignen las leyes, acuerdos o decretos o los procedimientos internos diseñados en la entidad.

ARTÍCULO 3. Modificar el artículo 5 de la Resolución 184 del 23 de mayo de 2007, por el cual e creó el Comité de Inventarios de la Secretaría Distrital del Hábitat, el cual quedará así.

Artículo El Comité de Archivo se reunirá ordinariamente una (1) vez cada seis (6) meses y la convocatoria a sus miembros la hará el Secretario Técnico por instrucciones de quien lo presida, con una antelación no inferior a tres (3) días hábiles, o de manera extraordinaria en los casos que las circunstancias lo ameriten.

Parágrafo. El Comité deliberará con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros y las decisiones se tomarán por mayoría simple.

ARTÍCULO 4. Se mantienen vigentes las demás disposiciones establecidas en la Resolución 184 del 23 de mayo de 2007.

ARTÍCULO 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga las disposiciones que le sean contrarías.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de septiembre del año 2010

JULIANA ÁLVAREZ GALLEGO

Secretaría Distrital del Hábitat