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DECRETO 475 DE 2010 (Noviembre 16) "Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2010 con cargo al Fondo de Compensación Distrital" EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL, En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 3° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 35 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 2 del Decreto 396 de 1996 y, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal. Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones. Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2°, dispone que, cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital, se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente. Que adicionalmente, el mismo artículo 2°. dispone que cuando las operaciones presupuestales afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital, se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto. Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 73 del 28 de octubre de 2010. Que la Secretaría Distrital de Planeación, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento en el rubro "Sueldos de Personal de Nomina" para cubrir el faltante y atender el pago de la nómina a 31 diciembre de 2010 de los funcionarios de la entidad, Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento en los rubros presupuestales de "Sueldos Personal de Nómina", "Prima de Navidad" y "Vacaciones en Dinero", para atender el pago de las obligaciones derivadas de la nómina a 31 diciembre de 2010. Que el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento en varios rubros asociados a la nomina para cubrir faltantes y atender el pago de las obligaciones derivadas de la nómina a 31 diciembre de 2010. Que el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento en los rubros "Sueldos de Personal de Nómina" y "Prima de Navidad" para atender las obligaciones derivadas del pago de la nómina a 31 de diciembre de los funcionarios de la entidad. Así mismo la entidad requiere recursos para cubrir el pago del personal supernumerario contratado por la entidad. Adicionalmente, el Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP, requiere acreditar en Gastos de Funcionamiento en Gastos Generales el rubro de "Mantenimiento Entidad" para cubrir los gastos de la readecuación y administración del edificio condominio, recibido en esta vigencia. Que el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD-, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento en el rubro "Prima de Navidad" para atender el faltante y atender el pago esta prima a 31 diciembre de 2010 de los funcionarios de la entidad. Que en mérito de lo expuesto, DECRETA: ARTÍCULO 1°. Trasladar en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2010, la suma de Tres Mil Quinientos Ochenta y Siete Millones Quinientos Sesenta y Seis Mil Doscientos Siete Pesos ($3.587.566.207) Moneda Corriente, según el siguiente detalle: CONTRACRÉDITOS
CRÉDITOS
ARTÍCULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de noviembre del año 2010 SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor de Bogotá D.C. BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ Secretaria Distrital de Hacienda NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4540 de noviembre 17 de 2010. |