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Decreto 505 de 2010 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
13/12/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/12/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4558 de diciembre 14 de 2010.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 505 DE 2010

(Diciembre 13)

"Por eI cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2010 con cargo al Fondo de Compensación Distrital"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL,

En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 3° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 35 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 2 del Decreto 396 de 1996, y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades, en la respectiva vigencia fiscal.

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2°, dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital, se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que adicionalmente, el mismo artículo 2° dispone que las operaciones presupuestales que utilicen los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrítal de Presupuesto.

Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.96 del 30 de noviembre de 2010.

Que el Concejo de Bogotá, D.C., requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento en varios rubros asociados a la nomina para cubrir faltantes y atender el pago de las obligaciones derivadas a 31 diciembre de 2010 de las plantas administrativa y de apoyo normativo de la entidad.

Así mismo, la entidad requiere acreditar recursos en el rubro "Personal Supernumerario", para atender el pago de las prestaciones sociales y demás emolumentos derivados de la liquidación de 72 supernumerarios, conforme a las directrices del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

Que el Fondo Financiero Distrital de Salud - FFDS, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento en los rubros "Gastos de Computador", "Gastos de Transporte y Comunicación" y "Mantenimiento Entidad", con destino a la compra de insumos de impresión, cubrir el servicio de correspondencia que se genera en el último mes de la vigencia y comienzos del 2011, y adicionar los contratos de los servicios de aseo y vigilancia, con cubrimiento hasta enero de 2011, respectivamente.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Trasladar en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2010, la suma de Un Mil Doscientos Treinta y Tres Millones Pesos ($1.233.000.000) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS

111

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA DIRECCIÓN DISTRITAL DE

1.233.000.000

02

PRESUPUESTO

 

3

GASTOS

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

3.1.3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

 

3.1.3.02

OTRAS TRANSFERENCIAS

 

3.1.3.02.01

Fondo de Compensación Distrital

1.233.000.000

 
 

SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS

1.233.000.000

CRÉDITOS

100

CONCEJO DE BOGOTA D.C.

 

952.000.000

3

GASTOS

   

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3.1.1

SERVICIOS PERSONALES

   

3.1.1.01

Servicios Personales Asociados a la Nómina

   

3.1.1.01.01

Sueldos Personal de Nómina

187.000.000

 

3.1.1.01.04

Gastos de Representación

35.000.000

 

3.1.1.01.13

Prima de Navidad

365.000.000

 

3.1.1.01.15

Prima Técnica

125.000.000

 

3.1.1.02

Servicios Personales Indirectos

   

3.1.1.02.01

Personal Supernumerario

200.000.000

 

3.1.1.03

APORTES PATRONALES AL SECTOR PRIVADO Y PUBLICO

   

3.1.1.03.01

Aportes Patronales Sector Privado

   

3.1.1.02.01.05

Caja de Compensación

40.000.000

 

201

FONDO FINANCIERO DISTRITAL DÉ SALUD -FFDS

 

281.000.000

3

GASTOS

   

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3.1.2

GASTOS GENERALES

   

3.1.2.01

Adquisición de Bienes

   

3.1.2.01.02

Gastos de Computador

15.000.000

 

3.1.2.02

Adquisición de Servicios

   
 

Gastos de Transporte y Comunicación

30.000.000

 
 

Mantenimiento y Reparaciones

   
 

Mantenimiento Entidad

236.000.000

 
 

SUMAN LOS CREDITOS

 

1.233.000.000

ARTÍCULO 2°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de diciembre del año 2010.

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

BEATRIZ ELENA ARBELAEZ MARTINEZ

Secretaria Distrital de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4558 de diciembre 14 de 2010.