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Circular 104 de 2010 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/12/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 104 DE 2010

CIRCULAR 104 DE 2010

(Diciembre 24)

Para:

SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES/AS PRESIDENTES/AS Y DIRECTORES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, OFICIALES Y MIXTAS, ALCALDES/AS LOCALES Y RECTOR/A DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, CONTRALORÍA, PERSONERÍA Y VEEDURÍA DISTRITALES.

De:

SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

Asunto:

Oficio No. 3948 del Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá - Proceso Ejecutivo Singular No. 110013103031201000519. Radicado 1-2010-53503.

He recibido la comunicación del asunto, dirigida a la Alcaldía Mayor de Bogotá mediante la cual el Secretario del Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá comunica que mediante auto del nueve (9) de diciembre de 2010 dictado dentro del proceso de la referencia, decretó "el EMBARGO de los dineros pactados dentro de los contratos celebrados por la sociedad SEÑALIZACIÓN COLOMBIANA DE VIAS S C V S.A.S con NIT. No. 900.291.989-0 con ésta Entidad. Limítese la medida a la suma de $88.500.000 moneda corriente, los dineros deberán colocarse a disposición de ese Despacho para el proceso de la referencia a través del Banco Agrario de Colombia sección depósitos judiciales de esta ciudad, en la Cuenta Corriente No. 110011203103100."

Teniendo en cuenta las disposiciones consagradas en el Acuerdo Distrital 257 de 2006, conforme a las cuales a cada entidad le corresponde atender los asuntos de su competencia, de manera atenta, remito a su(s) Despacho(s) el oficio referenciado, con la finalidad que cada entidad y organismo distrital proceda de conformidad y de respuesta directa al Juzgado.

Cordialmente,

DOLLY ARIAS CASAS

Secretaria General (E)

c.c. Doctor JAIRO ERNESTO MUÑOZ ALDANA, Secretario del Juzgado Treinta y Uno Civil del Circuito de Bogotá, carrera 10 No. 14-33 piso 4.

Anexo: 1 Folio

Proyectó: Diana Marcela Medina Díaz

Revisó. Amparo León Salcedo

Aprobó: Camilo José Orrego Morales