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Resolución 1383 de 2010 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
31/12/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/04/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4574 de enero 5 de 2011
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 1383 DE 2010

(Diciembre 31)

Por la cual se delegan funciones en la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP.

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ ESP..

En ejercicio de sus facultades estatutarias, en especial las conferidas en el artículo 9º de la Ley 489 de 1998 y el literal c), j), l), n) del artículo 16 y sus parágrafos del Acuerdo 11 de 2010 y el artículo 1º del Acuerdo No. 19 de 2010, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación, y la desconcentración de funciones".

Que el artículo 9º de la ley 489 de 1998, desarrolla el anterior principio constitucional al preceptuar que "Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias".

Que el inciso 2o. del artículo 9º de la referida ley, señala que "(…) los representantes legales de las entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presenta Ley."

Que la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá –ESP, expidió los Acuerdos 11 del 13 de septiembre y 19 y 28 de octubre de 2010, respectivamente estableciendo el marco estatutario de la empresa facultando al Gerente General para delegar funciones en los servidores públicos de los niveles directivo y asesor.

Que la EAAB ESP para dar una adecuada cobertura al servicio y cumplir de manera eficiente y oportuna con la gestión pública y administrativa, requiere delegar algunas funciones en servidores del nivel directivo y asesor de la EAAB ESP, en temas relacionados con las actividades propias de sus competencias funcionales.

RESUELVE:

ARTÍCULO  PRIMERO.- Delegar la representación judicial de la EAAB ESP en la (el) Jefe de la Oficina Asesora de Representación Judicial y Actuación Administrativa, en las actuaciones judiciales, extrajudiciales y arbitrales en que sea parte la empresa. En ejercicio de dicha facultad podrá:

1. Notificarse y constituir apoderados para que ejerzan la representación judicial y extrajudicial de la EAAB ESP, en los procesos que se adelanten ante la jurisdicción ordinaria, administrativa, arbitral o policiva y en las audiencias de conciliación judicial y extrajudicial y conferirles las atribuciones necesarias en los términos y con las limitaciones legales y estatutarias.

2. Actuar como representante legal de la EAAB ESP en las audiencias de conciliación judicial y extrajudicial en que sea convocada o sea parte la empresa, sin perjuicio de la representación legal especial delegada por el Gerente General a los Gerentes Corporativos o a otros funcionarios del nivel directivo de conformidad con sus funciones y competencias.

3. Interponer en forma directa o a través de apoderado judicial ante la autoridad competente las querellas relacionadas con la comisión de defraudación de fluidos.

 4. Adicionado por el art. 1, Resolución EAAB 018 de 2011, Adicionado por el art. 1, Resolución EAAB 529 de 2011.

PARÁGRAFO.- Delegar la representación legal especial en el Secretario General, los Gerentes Corporativos de Gestión Humana y Administrativa, Financiero, de Sistema Maestro, de Servicio al Cliente, Ambiental, de Planeamiento y Control y en los Gerentes de Tecnología y Jurídico, así como en los Directores de Seguridad, Servicios Administrativos y de Contratación y Compras, en todos los asuntos relacionados con la conciliación judicial y extrajudicial de las actividades propias de la respectiva área de su competencia.

La actuación como representante judicial y extrajudicial y como representante legal especial se sujetará a los lineamientos y decisiones adoptadas por el Comité de Conciliación de la EAAB ESP.

ARTÍCULO  SEGUNDO.- Modificado por el art. 1, Resolución E.A.A.B. 143 de 2011, Modificado por el art. 1, Resolución EAAB 843 de  2011, Suspendido por el art. 1, Resolución EAAB 3 de 2012.  Delegar la ordenación del gasto y del pago y la gestión o celebración de convenios y contratos de la EAAB ESP, en el Secretario General, los Gerentes Corporativos de Gestión Humana y Administrativa, Financiero, de Sistema Maestro, de Servicio al Cliente, Ambiental, de Planeamiento y Control y en los Gerentes de Tecnología y Jurídico, así como en los Directores de Seguridad, Servicios Administrativos y de Contratación y Compras, en todos los asuntos relacionados con las actividades propias de la respectiva área de su competencia. En ejercicio de dicha facultad podrá:

1. Aceptar ofertas

2. Celebrar contratos y convenios.

3. Expedir los actos administrativos que se requieran para dar cumplimiento a la ordenación del gasto y del pago.

4. Fijar las tarifas de los servicios prestados por sus respectivas dependencias. Así mismo, fijar los costos de bienes y servicios conexos con la adecuada prestación del servicio de acueducto y alcantarillado como valor de medidores, servicios de laboratorio, reconexión y reinstalación de usuarios al servicio. etc.

5. Notificarse de los autos o resoluciones expedidos por autoridades administrativas relacionadas con las funciones y competencias del área.

PARAGRAFO 1º.- El Secretario General, adicionalmente, actuará como ordenador del gasto y el pago en los asuntos que correspondan a la Gerencia General, la Junta Directiva, la Oficina de Control Interno y Gestión y la Oficina de Investigaciones Disciplinarias.

PARAGRAFO 2º.- La facultad de ordenación del pago que se delega se realizará en coordinación con los respectivos interventores a quienes les corresponde realizar la entrada de mercancía al programa SAP, como ejecutores de la ordenación del pago.

La ordenación del gasto y del pago se deberá reflejar en el Sistema de Información Empresarial de la EAAB ESP realizando simultáneamente la aprobación del Registro Presupuestal (RP).

ARTÍCULO  TERCERO.- Modificado por el art. 2, Resolución EAAB 843 de 2011. Delegar  en los siguientes funcionarios la representación legal de la EAAB ESP en consideración a las funciones específicas de las dependencias:

En el Secretario General:

Autenticar los documentos expedidos por la Junta Directiva, Gerencia General y los documentos que reposen en los archivos de su dependencia.

En el Jefe Oficina Asesora de Imagen Corporativa y Comunicaciones:

La representación legal de la EAAB ESP, en los asuntos relacionados con la Fundación Casa de Poesía Silva y la contratación con los medios de comunicación escritos para las publicaciones que deba realizar el Acueducto de Bogotá.

En el Gerente Corporativo de Gestión Humana y Administrativa:

 1. Suspendido por el art. 1, Resolución EAAB 2 de 2012. Suscribir los contratos de trabajo a término indefinido, fijo y por obra o labor contratada.

2. Expedir los actos administrativos necesarios para dar cumplimiento a las solicitudes del Ministerio Público sobre imposición de sanciones disciplinarias.

 3. Suspendido por el art. 1, Resolución EAAB 2 de 2012. Dar posesión a los empleados públicos que se vinculen a la EAAB ESP.

 4. Suscribir las escrituras públicas del Fondo Especial de Vivienda. Adicionado por el art. 2, Resolución EAAB 529 de 2011.

 5. Suspendido por el art. 1, Resolución EAAB 2 de 2012. Expedir los actos administrativos relacionados con los ascensos, encargos y traslados de los servidores públicos.

 6. Suspendido por el art. 1, Resolución EAAB 2 de 2012. Expedir los actos administrativos de comisión de estudios al exterior.

En el Director Gestión de Compensaciones

1. Expedir los actos administrativos relacionados con el reconocimiento, modificación, extinción y pago de pensiones y mesadas pensiónales.

2. Expedir los actos administrativos y las certificaciones relacionados con el reconocimiento y pago de las obligaciones por concepto de bonos pensiónales y cuotas partes pensiónales.

En el Director de Servicios Administrativos:

1. Ordenar el gasto y el pago de la caja menor de la Central de Operaciones.

2. Actuar como representante legal para realizar los trámites administrativos ante la Secretaria Distrital de Planeación y Curadurías Urbanas para obtener las licencias y permisos de los proyectos de construcción, restauración, reforzamiento o remodelación de las edificaciones administrativas de la EAAB ESP.

En el Director de Activos Fijos.

Actuar como representante legal de la EAAB ESP en la venta, permuta o dación en pago de bienes muebles y la venta, arrendamiento, donación o destrucción de activos improductivos u obsoletos de la Empresa, previa aprobación del Comité de Inventarios, Ventas, Arrendamientos, Donación y Destrucción de activos improductivos u obsoletos de la EAAB ESP.

En el Gerente Corporativo Financiero:

1. Suscribir como representante legal las declaraciones tributarias de la EAAB ESP.

2. Liquidar y modificar el presupuesto y el PAC del Acueducto de Bogotá, siempre y cuando estas modificaciones no impliquen un aumento o reducción en el valor total de las apropiaciones de gastos de funcionamiento, gastos de operación, servicio de la deuda e inversión y no implique someter al CONFIS su aprobación.

3. Crear, suprimir o modificar las Cajas Menores de la EAAB ESP y expedir su reglamento.

4. Reconocer los compromisos representados en pasivos exigibles y asignar el presupuesto.

En el Director Financiero Tributario:

1. Ordenar el gasto y el pago en los asuntos relacionados con los impuestos nacionales, distritales y municipales.

2. Diligenciar y firmar como representante legal de la empresa los formularios correspondientes a las declaraciones del impuesto predial de los inmuebles.

3. Diligenciar y firmar como representante legal de la empresa los formularios correspondientes a las declaraciones del impuesto unificado de vehículos de propiedad de la EAAB ESP.

4. Autenticar los documentos que reposen en los archivos de su dependencia.

En el Director de Jurisdicción Coactiva:

1. La representación legal especial para adelantar los procesos administrativos de cobro coactivo de conformidad con la legislación vigente.

2. Ordenar el gasto y el pago de los honorarios de los auxiliares de la justicia ordenados en los procesos de cobro por jurisdicción coactiva.

3. Autenticar los documentos que reposen en los archivos de su dependencia.

En los Gerentes Corporativos de Sistema Maestro, de Servicio al Cliente y Gerente de Tecnología:

Adoptar y modificar mediante acto administrativo de carácter general las normas técnicas obligatorias de la EAAB ESP.

En el Director de Bienes Raíces:  

1. Tramitar la adquisición de inmuebles y firma de las escrituras correspondientes.

2. Tramitar la venta de inmuebles y la firma de las escrituras correspondientes.

3. Tramitar y firmar contratos de arrendamiento de predios.

4. Suscribir contratos de comodato.

5. Tramitar y firmar las escrituras públicas de permuta de bienes inmuebles.

6. Tramitar y firmar las escrituras públicas mediante las cuales se transfiere el derecho de dominio de inmuebles a favor de la EAAB ESP, como los de propiedad de ésta a favor de terceros.

 7. Firmar las escrituras de expropiación judicial y constitución de servidumbres de la EAAB ESP. Suprimido por el art. 2, Resolución EAAB 529 de 2011  

8. Suscribir contratos de ocupación temporal que la EAAB ESP requiera.

9. Firmar las escrituras de imposición y constitución de servidumbres.

10. Tramitar y firmar las escrituras para englobe y desenglobe de predios de propiedad de la EAAB ESP.

 11. Modificado por el art. 2, Resolución EAAB 529 de 2011. Realizar  los procesos de expropiación administrativa.

 12. Solicitar ante la Oficina Asesora de Representación Judicial y Actuación Administrativa el trámite de las demandas de expropiación judicial que requiera la EAAB ESP, allegando la documentación completa. Suprimido por el art. 2, Resolución EAAB 529 de 2011 

 13. Solicitar ante la Oficina Asesora de Representación Judicial y Actuación Administrativa el trámite de las demandas abreviadas de constitución e imposición de servidumbres, allegando la documentación completa. Suprimido por el art. 2, Resolución EAAB 529 de 2011

14. Expedir y firmar las resoluciones que anuncien e identifiquen obras, programas, proyectos, o las actuaciones a ejecutar por parte de la EAAB ESP, que implique la adquisición de inmuebles por motivos de utilidad pública o de interés social; las que afecten para utilidad pública y desafecten los predios cuya adquisición haya sido ordenada y aquellas por las cuales se ordene adelantar los estudios de tipo social, técnico jurídico y económico que fundamenten los procesos de adquisición de los inmuebles requeridos.

15. Autenticar los documentos que reposen en los archivos de su dependencia.

 16. Adicionado por el art 1, Resolución EAAB 583 de 2011

PARÁGRAFO: Las funciones delegadas que se enuncian en los numerales 2º y 3º la adelantará el Director de Bienes Raíces previa aprobación del Comité de Inventarios, Ventas, Arrendamientos, Donación y Destrucción de Activos Improductivos u Obsoletos de la EAAB ESP.

En los Gerentes de Zona:

1. Ordenar el pago de los asuntos relacionados con su dependencia.

2. Firmar los actos de asignación de compromisos de urbanizadores y constructores.

3. Autenticar los documentos que reposen en los archivos de su dependencia.

En los Directores Comerciales de Zona:

Suscribir las facturas de servicios de acueducto y alcantarillado necesarias para efectuar el cobro coactivo, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 130 de la ley 142 de 1994 y demás normas que lo adicionen o complementen.

En el Director de Apoyo Comercial:

1. Actuar como representante legal ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para notificarse de los actos administrativos por medio de los cuales resuelven los recursos de apelación y queja interpuestos por los usuarios de los servicios a cargo de la EAAB ESP.

En los Directores de Servicio de Acueducto y Alcantarillado de las Gerencias Zonales:

1. Expedir actos de disponibilidad de servicio de acueducto y alcantarillado.

2. Autenticar los documentos que reposen en los archivos de su dependencia.

En los Asesores Nivel 06 y 08, Jefes de oficinas Asesoras y Directores:

Ordenar el pago de los asuntos relacionados con su dependencia.

En el Jefe de Oficina de Asesoría Legal:

1. Adelantar el trámite para la notificación de las resoluciones y demás actos administrativos expedidos por la EAAB ESP y compulsar las copias a las áreas que corresponda, excepto aquellos que se originen en peticiones, quejas y reclamos y en los recursos formulados por los usuarios de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado.

2. Custodiar, numerar y publicar los contratos de transacción aprobados por el Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la empresa.

3. Autenticar los documentos que reposen en los archivos de su dependencia.

En el Director de Contratación y Compras:

1. Expedir y firmar las certificaciones relacionadas con los contratos y convenios terminados que reposen en sus archivos.

2. Aprobar las garantías contractuales

3. Autenticar los documentos que reposen en los archivos de su dependencia.

ARTÍCULO CUARTO.- Los delegatarios de las funciones a que se refiere la presente resolución deberán presentar un informe de gestión trimestral al Gerente General de la EAAB ESP o cuando él lo solicite.

ARTÍCULO  QUINTO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga especialmente las resoluciones 158 del 29 de febrero de 2008, 649 del 30 de julio de 2008, 986 del 18 de noviembre de 2008; 539 del 1º de julio de 2009, 829 del 30 de septiembre de 2009 y 0210 del 10 de marzo de 2010 y 0367 del 05 de mayo de 2010 y las demás que le sean contrarias.

ARTÍCULO  TRANSITORIO.- Derogado por el art. 3, Resolución EAAB 529 de 2011Modificado por el art. 2, Resolución EAAB 018 de 2011. Las funciones delegadas al Director de Bienes Raíces, en los numerales 12 y 13 del artículo tercero de la presente resolución empezarán a regir a partir del 30 de abril de 2011.

Para los anteriores efectos, la Gerencia Corporativa de Gestión Humana y Administrativa efectuara los ajustes que se requieran para dotar a la Oficina Asesora de Representación Judicial con los recursos físicos y humanos necesarios para cumplir con las delegaciones aquí señaladas.

Expedida en Bogotá D.C. a los 31 días del mes de diciembre del año 2010.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

LUIS FERNANDO ULLOA VERGARA

Gerente General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 4574 de enero 5 de 2011.