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ACUERDO 37 de 2001 (Septiembre 6) «POR EL CUAL SE MODIFICA EL PARÁGRAFO DEL ARTÍCULO 38 DEL ACUERDO 04 DE 1994 CON EL FIN DE ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN EN CONTRA DE LA MUJER, AL NO PERMITIRLE EL INGRESO AL CALLEJON DE LA PLAZA DE TOROS DE SANTAMARIA» EL CONCEJO DE BOGOTA, D.C., en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y en especial las conferidas por el Artículo 13 del Decreto Ley 1421 de 1993,
ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO.- Modificase el parágrafo del artículo 38 del Acuerdo 04 de 1994, el cual quedará así «Al callejón podrá ingresar el personal médico y paramédico debidamente uniformado, los novilleros (as), los rejoneradores (as), los mayores de 15 años de edad hombres y mujeres, que reunan los requisitos establecidos en el artículo 33 de dicho Acuerdo». Ver el Proyecto de Acuerdo Distrital 109 de 2001 ARTÍCULO SEGUNDO.- Corresponde a la Administración Distrital tomar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento del Acuerdo. ARTÍCULO TERCERO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá a los seis (6) días del mes de septiembre de dos mil uno (2001) MARÍA VICTORIA VARGAS SILVA Presidente Concejo de Bogotá, D.C. MANUEL VICENTE LÓPEZ LÓPEZ Secretario de Despacho Concejo de Bogotá, D.C. ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. PUBLÍQUESE Y EJECUTESE 21 SEPTIEMBRE 2001 ANTANAS MOCKUS SIVICKAS Alcalde Mayor Bogotá, Distrito Capital NOTA: Publicado en el Registro Distrital N° 2478 de 21 de septiembre de 2001. |