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Proyecto de Acuerdo 87 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

1

PROYECTO DE ACUERDO 087 DE 2011

"Por medio del cual se declara de interés cultural la Media Maratón de Bogotá como evento deportivo y recreativo y se dictan otras disposiciones".

1. OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO:

El Presente Proyecto de Acuerdo, tiene como objetivo declarar la "Media Maratón de Bogotá" de interés cultural como evento deportivo y recreativo, para salvaguardar, conservar y divulgar la misma como símbolo de identidad.

Se resalta que la media maratón de Bogotá, es una de las carreras de calle más importantes de Latinoamérica, reconocida con el sello Gold Label 2011 otorgado por la Federación Internacional de Asociaciones de Atletismo IAAF y que además cuenta con el aval de la Federación Colombiana de Atletismo y está incluida en el Calendario Único Deportivo Nacional (Comité Olímpico Colombiano - Coldeportes Nacional).

Es un evento que se realiza el último domingo del mes de julio de cada año, fomenta la práctica deportiva, recreativa, la actividad física y la convivencia de las masas, e integra a los capitalinos en el desarrollo de valores como la competencia sana.

Actualmente la Media Maratón es orgullo de la ciudad de Bogotá y del país, ante el mundo del deporte desarrollándose en dos categorías que son:

* La carrera de 21 Kms consiste en que aficionados, atletas y deportistas de diferentes lugares nacionales e internacionales participen para competir, superar o mantener su tiempo. A continuación se presenta las categorías y edades:

CARRERA

CATEGORIA

EDAD

21 kms.

Abierta

20 a 39 años

Veteranos

40 a 49 años

Plus

50 Años o más

Fuente: Libro Media de la Maratón de Bogotá 31.07.2011

* La carrera de 10 Kms "Recreativa, de integración y diversión" consiste en que cualquier persona puede participar y disfrutar del ejercicio físico. Es un recorrido animado por actividades que realizan los patrocinadores con los espectadores, disfrutando de acompañamientos musicales, culturales y deportivos y las categorías se presentan en la siguiente tabla.

CARRERA

CATEGORIA

EDAD

10 kms.

Menores

14 a 17 años

Juvenil

18 a 19 años

Abierta

20 a 39 años

Veteranos

40 a 49 años

Plus

50 Años o más

Silla de Ruedas

Sin Límite de edad

Fuente: Libro Media de la Maratón de Bogotá 31.07.2011

A continuación presentamos el mapa que muestra el recorrido de esta carrera por la Capital:

Fuente: Libro Media de la Maratón de Bogotá 31.07.2011

  1. ANTECEDENTES
  2. Este evento deportivo inicio el 4 de Septiembre de 1983 bajo el nombre de "Carrera Atlética Internacional - Ciudad de Bogota" generando grandes competencias atléticas en Colombia. Así mismo, se institucionalizó la vinculación de la Alcaldía Mayor de Bogotá y posteriormente la del Instituto Distrital para la Recreación y Deporte - IDRD, como patrocinador principal.

    Cerca de cinco mil atletas de todas las edades y condición social se hicieron presentes, en una fecha muy importante para el deporte Colombiano, porque a partir de ese momento nuestro país y su capital Bogotá, se unieron al grupo de países y ciudades capitales que anualmente trascienden a nivel Internacional por su condición de ser organizadoras de carreras atléticas de jerarquía mundial, por la cantidad y calidad de los competidores que congrega.

    La 1ª Carrera Atlética Internacional "Ciudad de Bogotá", prometió ser definitiva en la búsqueda de objetivos como el desarrollo de la alta competencia y la promoción y masificación del atletismo colombiano. Además, de grandes éxitos en el mundo deportivo, relacionados con la participación de toda la población y las expectativas creadas en torno a ésta primera experiencia organizada por la Federación Colombiana de Atletismo.

    Con éste evento multitudinario, no solo se benefició el deporte Colombiano sino que además se aprovechó para proyectar una imagen positiva de la capital de Colombia, a nivel Internacional. También es importante resaltar que algunas empresas de naturaliza privada, durante muchos años han brindado apoyos a nivel económico, logístico y publicitario para el éxito de la competencia.

    La Carrera en las primeras ediciones tuvo variantes tanto en distancia como en recorrido, desde 13 Kilómetros en el 83 hasta la Media Maratón en el 87. Participaron desde 4.114 en la primera Carrera hasta 11.000 en el 87, coincidiendo con la celebración de los Cuatrocientos años de fundación de Bogotá, cuando se propuso se siguiera haciendo en el mes de Agosto como homenaje y en conmemoración a esa fecha.

    G A NA D O R E S

    AÑO VARONES DAMAS

    1983 German Peña COL Teresa Rodríguez COL

    1984 Gerardo Alcala MEX Teresa Rodríguez COL

    1985 Jesús Amariles COL Débora Medina COL

    1986 Víctor Mora COL Clara Cepeda COL

    1987 Jacinto Rodríguez COL Fanny Romero COL

    1988 Gerardo Miranda MEX Yolanda Quimbita ECU

    1989 Humberto Antonio COL Stella Castro COL

    1990 Herder Vasquez COL Stella Castro COL

    1991 Herder Vasquez COL Stella Castro COL

    1992 Herder Vasquez COL Stella Castro COL

    1993 Herder Vasquez COL Stella Castro COL

    1994 Herder Vasquez COL Stella Castro COL

    1995 Herder Vasquez COL Stella Castro COL

    1996 Herder Vasquez COL Stella Castro COL

    1997 Orlando Guerrero COL Stella Castro COL

    1998 Orlando Guerrero COL Stella Castro COL

    1999 Jose Castillo PER Delilah Aciago KEN

    A resaltar ganadores Colombianos como: STELLA CASTRO con Diez (10) victorias y HERDER VASQUEZ con siete (7), han sido los atletas con mayor número de triunfos en ésta importante Carrera Atlética Internacional, la primera y mas importante del atletismo Colombiano.

  3. JUSTIFICACION DE LA INICIATIVA:

La Media Maratón de Bogotá, antes "Carrera Atlética Internacional - Ciudad de Bogota", se ha convertido en uno de los certámenes deportivos más importantes de Latinoamérica y especialmente para los capitalinos, en uno de los eventos más relevantes de la ciudad, pues al ser, aquella carrera de calle que reúne a atletas de talla mundial y aficionados del atletismo, hace que por unas pocas horas en el territorio capitalino se respire un aire de felicidad, disciplina deportiva e integración ciudadana.

Desde el año de 1990 en donde se promueve la carrera de 10 Kilómetros recreativos, de integración y diversión, que salía de la calle 100 con carrera 7a y terminaba en la Plaza de Bolívar, esta gesta deportiva ha congregado a jóvenes, adultos, discapacitados y ancianos que disfrutan de la actividad física o simplemente a todas las personas que quieren tener un día de recreación, contribuyendo como elemento de cohesión social a la lucha contra el sedentarismo, el estrés y otros flagelos que afectan directa o indirectamente a la población capitalina.

Se ha consagrado entonces, como icono de reconocimiento para Colombia y especialmente de su capital, siendo ejemplo de generación del espíritu de competencia sana en los habitantes, como sinónimo de logro, superación y constante sacrificio para alcanzar objetivos personales o colectivos ya propuestos.

La participación ha sido masiva pues atletas de prestigio mundial de países de Kenya, Zambia, Sudáfrica, Etiopía, Marruecos, USA, Inglaterra, Francia, Unión Soviética, Nueva Zelanda, México, Brasil, Ecuador, Perú, Costa Rica, Cuba etc., divididos por categorías en rangos de edad (Infantiles, Menores, Juveniles, Mayores, Elite, Veteranos, Recreativa), además de las principales figuras del fondismo nacional en toda su historia ( Domingo Tibaduiza, Víctor Mora, Silvio Salazar), de personajes de otras disciplinas, artistas, ejecutivos, estudiantes etc., constituyen este evento, en una fiesta deportiva en la que participan por salud, recreación y deporte.

Desde la primera versión de éste certamen " Media maratón de Bogota" realizado en el año 2000, hasta el año 2010, se ha logrado la masificación del atletismo recreativo y competitivo en Colombia, contribuyendo al bienestar de la sociedad y dejándonos ser participes de grandes triunfos deportivos, además de mostrar un aumento en la participación de atletas élite, espectadores en televisión y en vivo, premios e incluso el personal de logística, la media maratón de Bogotá promete cada vez ser un evento de grandes proporciones. Lo anterior se evidencia en las siguientes estadísticas:

Fuente: Boletín Media Maratón de Bogotá 01.08.2010

TOTAL PARTICIPANTES EN MEDIA MARATON

Es importante resaltar el crecimiento de ésta carrera, pues las estadísticas muestran que para el año 2000 participaban cerca de 24 mil personas y para el 2010 aumento en un 98%, es decir participaron en su totalidad 44.192 personas, de las cuales 14.388 fueron en la carrera de 21 Kms y 29.804 en la carrera de los 10 Kms. La participación de hombres es notoria del 66% (29.000) sin desmeritar la de las mujeres que sumaron alrededor de 15 mil para este año, es decir el 34%.

AÑO

Nº Participantes

2000

24.820

2001

28.477

2002

32.742

2003

33.804

2004

36.783

2005

40.796

2006

43.762

2007

43.813

2008

43.893

2009

44.186

2010

44.192

Fuente: Boletín Media Maratón de Bogotá 01.08.2010

Fuente: Boletín Media Maratón de Bogotá 01.08.2010

ESPECTADORES TV

AÑO

2000

450.000

2001

850.000

2002

960.000

2003

1.000.000

2004

1.200.000

2005

3.500.000

2006

4.500.000

2007

5.000.000

2008

5.600.000

2009

5.800.000

2010

5.850.000

Fuente: Boletín Media Maratón de Bogotá 01.08.2010

ESPECTADORES EN VIVO

AÑO

Nº PERSONAS

2000

400.000

2001

600.000

2002

900.000

2003

1.000.000

2004

1.050.000

2005

1.800.000

2006

1.900.000

2007

2.200.000

2008

2.400.000

2009

2.500.000

2010

2.500.000

Fuente: Boletín Media Maratón de Bogotá 01.08.2010

PREMIOS

En cuanto a la entrega de los premios, esta se efectúa tres semanas después de realizado el evento de la Media Maratón de Bogotá, donde se entrega la bolsa oficial de premios y obsequios de los patrocinadores. En el año 2010 se entregaron $390 millones de pesos.

Adicionalmente cabe resaltar que el evento premia también los mejores trabajos periodísticos, logrando así obtener el interés de los medios e incrementando la cobertura y promoción de la carrera.

A continuación se presentan las cifras que han sido entregadas a los ganadores año tras año.

AÑO

CIFRA EN $$$

2000

100.000.000

2001

120.000.000

2002

150.000.000

2003

170.000.000

2004

192.000.000

2005

250.000.000

2006

280.000.000

2007

300.000.000

2008

350.000.000

2009

380.000.000

2010

390.000.000

Fuente: Boletín Media Maratón de Bogotá 01.08.2010

Fuente: Boletín Media Maratón de Bogotá 01.08.2010

PERSONAL LOGÍSTICA

AÑO

Nº TRABAJADORES

2000

2.300

2001

4.000

2002

4.100

2003

4.100

2004

4.200

2005

4.400

2006

4.800

2007

4.800

2008

4.850

2009

4.850

2010

4.850

Fuente: Boletín Media Maratón de Bogotá 01.08.2010

Vale la pena resaltar, que la Media Maratón de Bogotá, no solo implica deporte, calidad de vida y recreación para los habitantes, detrás de tan magnifico evento existe todo un desligue de actividades que también involucran a la ciudad en general desde otras esferas, generando su embellecimiento, pero sobre todo es una enorme fuente de empleo, involucrando:

* 28 Microempresas trabajando para el evento.

* 2.458 Empleos generados.

* 2.400 Personas de logística.

* 3.200 Personas de cuerpos de seguridad.

* 9 Hospitales de Bogotá en alerta amarilla a lo largo del recorrido.

* 14 Unidades médicas distribuidas en el recorrido.

* 51 Entrenadores de atletas.

* 13 Ambulancias.

* 2 Unidades de la Cruz Roja.

* 45.000 Camisetas Oficiales.

* 45.000 Cachuchas.

* 2.500 Uniformes.

* 400 Chalecos para la Prensa.

* 4.000 Vallas de Cerramiento.

* 150 Metros de muro de seguridad.

* 20.000 Metros de cinta para cerramiento.

* 4 Toneladas de Equipo para producción de sonido.

* 500 Mesas.

* 170 Carpas.

* 45.000 Manuales de Instrucciones Técnicas.

* 45.000 Bolsa Morral para el Kit del Atleta.

* 45.000 Medallas de reconocimiento.

* 120 Trofeos.

* 10% De ocupación hotelera de Bogotá en baja temporada.

* 17 Tours turístico.

* 21 Torres de kilometraje.

* 14 Tarimas musicales.

* 14 Bandas de Paz.

* 33 Puntos de Hidratación.

* 16 Puntos de Primeros Auxilios.

* 7 Puntos de Juzgamiento y Control.

* 2 Helicópteros.

* 26 Motos.

* 14 Transmóviles de cadenas radiales.

* 11 Cámaras de televisión.

* 180 Expositores en Expomedia.

* 150.000 Visitantes en Expomedia.

* 35 Estaciones computarizadas en Expomedia.

* 400 atletas por minuto en la línea de meta.

También, las personas inscritas en la Media Maratón de Bogotá desde hace más de cinco años en conjunto con las empresas y líderes deportivos, aportan con su inscripción, una donación a los sectores menos favorecidos a través de obras sociales como la construcción de viviendas de emergencia en los asentamientos precarios de Bogotá bajo la coordinación de la fundación "Un techo para mi país", "Cerec", la "Sociedad de los Sueños" y "Conexión Colombia".

Es por lo anterior, que éste encuentro deportivo, ha sido galardonado desde el año 2009, por la Federación Internacional de Asociaciones de Atletismo IAAF, con la etiqueta Gold Label, adjudicada a las carreras de calle que cumplen con organización, número de participantes, difusión masiva internacional, número de atletas élite, diversidad de origen de los atletas élite, preparación de la ciudad e infraestructura y participación de la ciudadanía y sus habitantes antes, durante y después del certamen.

Galardón que para el año 2011, hizo que la media maratón de Bogotá se ubique entre las 5 mejores de América, al lado de carreras de calle como la maratón de Boston, Chicago y New York - Estados Unidos y la Carrera World’s Best 10K de San Juan Puerto Rico, y entre las 4 mejores Media Maratones del mundo, junto a la Media Maratón de Airtel Delhi- India, Media Maratón de Lisboa EDP y Media maratón de Lisboa – Portugal.

Importancia de la Competencia Sana y Recreativa

"Shone (2001:4) define los eventos en general como "fenómenos que surgen de ocasiones no rutinarias y que tienen objetivos de ocio, culturales, personales u organizativos establecidos de forma separada a la actividad normal diaria, cuya finalidad es ilustrar, celebrar, entretener o retar la experiencia de un grupo de personas". Como deriva de esta definición, un evento puede pertenecer a varias tipologías de actividades humanas (ocio, personal, cultural u organizativa), siendo el deporte una de ellas".

Competir deportivamente, permite que el ser encuentre en si mismo un potencial para el enriquecimiento personal, que haya una integración social y por ende fomenta la salud física y mental de las masas sin alejar la parte recreacional.

Desde esta perspectiva, la Media Maratón de Bogotá otorga a los bogotanos grandes beneficios como:

* Autoestima

* Sentido de la Vida

* Interés por el deporte

* Satisfacción personal

* Integración social

* Logro de meta personal

* Atracción por la competencia

* Aptitud física

Por ello, la aprobación de esta iniciativa seguirá permitiendo que la ciudadanía crezca en la formación de valores, elemento necesario para el fortalecimiento de una cultura ciudadana, recreacional y ética.

Finalmente, fundamento la propuesta de declarar la Media Maratón de Bogotá patrimonio cultural, en las siguientes razones:

1. La práctica del deporte y el aprovechamiento del tiempo libre es reconocido por la Constitución Nacional como un derecho social, económico y cultural perteneciente a todas las personas (Art. 52 de la C.N.) y que, de cuyo mandato se desprende la obligación del Estado de proteger y fomentar este tipo de actividades. La media Maratón entonces, se plantea como un instrumento idóneo para dar efectividad y garantía de este derecho constitucional.

2. Considero, resulta de vital importancia conservar y propender por la perdurabilidad de éste tipo de eventos en la capital de Colombia, ya que como se ha mencionado en ésta exposición de motivos, la Media Maratón de Bogotá indudablemente es un elemento de cohesión social e identidad cultural fundamentada en el sentido de pertenencia que cada año hace de los Bogotanos seres orgullosos de su ciudad.

Por ello, a partir de su declaratoria como interés cultural será objeto de la Política Estatal en lo referente al patrimonio cultural de la Nación cuyos objetivos principales se plasman en la salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación del patrimonio cultural, con el propósito de que sirva de testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro.

3. La declaratoria de interés cultural de este tipo de certámenes, fomentará el sentido de pertenencia y reconocimiento de los capitalinos y propenderá por la creación de nuevos encuentros deportivos que mejoren la calidad de vida y una convivencia sana. Además de mostrar a Bogotá ante el mundo entero como una de las primeras en Latinoamérica capacitadas en la realización de eventos deportivos de talla internacional y sobre todo una ciudad en desarrollo con deseo de superar cualquier flagelo que afecta a su sociedad.

Invito entonces, a los miembros de éste Cabildo, a la aprobación de ésta iniciativa que indudablemente convoca a la ciudad entera al aprovechamiento, apropiamiento y manifestación del interés común de que los espacios deportivos se conserven y prologuen en la ciudad de Bogotá como ejemplo de territorio competitivo y reconocido a nivel mundial.

"EN LA VIDA HAY COSAS POR LAS QUE SÍ VALE LA PENA CORRER"1

3. MARCO JURIDICO

3.1. CONSTITUCION POLITICA

ARTICULO 2o.

"Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares".

ARTICULO 8.

Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.

ARTICULO 52.

"El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como una función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano.

El deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social.

Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.

El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará las organizaciones deportivas, cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas".

ARTÍCULO 70.

El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional.

La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación.

ARTICULO 72.

"El patrimonio cultural de la Nación está bajo la protección del Estado. El patrimonio arqueológico y otros bienes culturales que conforman la identidad nacional, pertenecen a la Nación y son inalienables, inembargables e imprescriptibles. La ley establecerá los mecanismos para readquirirlos cuando se encuentren en manos de particulares y reglamentará los derechos especiales que pudieran tener los grupos étnicos asentados en territorios de riqueza arqueológica".

3.2. LEY 181 DE 1995

ARTICULO 1.

Los objetivos generales de la presente ley son el patrocinio, el fomento, la masificación, la divulgación, la planificación, la coordinación, la ejecución y el asesoramiento de la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre y la promoción de la educación extraescolar de la niñez y la juventud en todos los niveles y estamentos sociales del país, en desarrollo del derecho de todas las personas a ejercitar el libre acceso a una formación física y espiritual adecuadas. Así mismo, la implantación y fomento de la educación física para contribuir a la formación integral de la persona en todas sus edades y facilitarle el cumplimiento eficaz de sus obligaciones como miembro de la sociedad.

ARTICULO 3.

"Para garantizar el acceso del individuo y de la comunidad al conocimiento y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, el Estado tendrá en cuenta los siguientes objetivos rectores:

 

2.  Fomentar, proteger, apoyar y regular la asociación deportiva en todas sus manifestaciones como marco idóneo para las prácticas deportivas y de recreación.

 

3.  Coordinar la gestión deportiva con las funciones propias de las entidades territoriales en el campo del deporte y la recreación y apoyar el desarrollo de éstos.

 

5.  Fomentar la creación de espacios que faciliten la actividad física, el deporte y la recreación como hábito de salud y mejoramiento de la calidad de vida y el bienestar social, especialmente en los sectores sociales más necesitados.

17. Contribuir al desarrollo de la educación familiar, escolar y extraescolar de la niñez y de la juventud para que utilicen el tiempo libre, el deporte, y la recreación como elementos fundamentales en su proceso de formación integral tanto en lo personal como en lo comunitario".

ARTICULO 5. Se entiende que:

 La recreación. Es un proceso de acción participativa y dinámica, que facilita entender la vida como una vivencia de disfrute, creación y libertad, en el pleno desarrollo de las potencialidades del ser humano para su realización y mejoramiento de la calidad de vida individual y social, mediante la práctica de actividades físicas o intelectuales de esparcimiento.

El aprovechamiento del tiempo libre. Es el uso constructivo que el ser humano hace de él, en beneficio de su enriquecimiento personal y del disfrute de la vida, en forma individual o colectiva. Tiene como funciones básicas el descanso, la diversión, el complemento de la formación, la socialización, la creatividad, el desarrollo personal, la liberación en el trabajo y la recuperación sicobiológica...".

ARTICULO 7:

"Los entes deportivos departamentales y municipales coordinarán y promoverán la ejecución de programas recreativos para la comunidad, en asocio con entidades públicas o privadas, que adelanten esta clase de programas en su respectiva jurisdicción".

ARTICULO 17.

"El deporte formativo y comunitario hace parte del sistema nacional del deporte y planifica, en concordancia con el Ministerio de Educación Nacional, la enseñanza y utilización constructiva del tiempo libre y la educación en el ambiente, para el perfeccionamiento personal y el servicio a la comunidad, diseñando actividades en deporte y recreación para niños, jóvenes, adultos y personas de la tercera edad".

3.3. LEY 397 DE 1997

ARTICULO 4. Modificado por el articulo 1 de la Ley 1185 de 2008.

"Artículo 4°. Integración del patrimonio cultural de la Nación. El patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la lengua castellana, las lenguas y dialectos de las comunidades indígenas, negras y creoles, la tradición, el conocimiento ancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hábitos, así como los bienes materiales de naturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico.

a. Objetivos de la política estatal en relación con el patrimonio cultural de la Nación. La política estatal en lo referente al patrimonio cultural de la Nación tendrá como objetivos principales la salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación del mismo, con el propósito de que sirva de testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro.

Para el logro de los objetivos de que trata el inciso anterior, los planes de desarrollo de las entidades territoriales y los planes de las comunidades, grupos sociales y poblacionales incorporados a estos, deberán estar armonizados en materia cultural con el Plan Decenal de Cultura y con el Plan Nacional de Desarrollo y asignarán los recursos para la salvaguardia, conservación, recuperación, protección, sostenibilidad y divulgación del patrimonio cultural;

b. Aplicación de la presente ley. Esta ley define un régimen especial de salvaguardia, protección, sostenibilidad, divulgación y estímulo para los bienes del patrimonio cultural de la Nación que sean declarados como bienes de interés cultural en el caso de bienes materiales y para las manifestaciones incluidas en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial, conforme a los criterios de valoración y los requisitos que reglamente para todo el territorio nacional el Ministerio de Cultura.

La declaratoria de un bien material como de interés cultural, o la inclusión de una manifestación en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial es el acto administrativo mediante el cual, previo cumplimiento del procedimiento previsto en esta ley, la autoridad nacional o las autoridades territoriales, indígenas o de los consejos comunitarios de las comunidades afrodescendientes, según sus competencias, determinan que un bien o manifestación del patrimonio cultural de la Nación queda cobijado por el Régimen Especial de Protección o de Salvaguardia previsto en la presente ley.

La declaratoria de interés cultural podrá recaer sobre un bien material en particular, o sobre una determinada colección o conjunto caso en el cual la declaratoria contendrá las medidas pertinentes para conservar-los como una unidad indivisible (…).

4. COMPETENCIA DEL CONCEJO DISTRITAL

Decreto 1421 de 1993

ARTICULO 12. ATRIBUCIONES. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

13. Regular la preservación y defensa del Patrimonio cultural.

5. IMPACTO FISCAL

Teniendo en cuenta lo que expresa la Ley 819 de 2003 en su artículo 7º, que establece que "…en todo momento, el impacto fiscal de cualquier proyecto de ley, ordenanza o acuerdo, que ordene gasto o que otorgue beneficios tributarios, deberá hacerse explícito y deberá ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo...", se considera que la presente iniciativa no tiene implicaciones presupuestales ya que el objetivo principal esta encaminado a declarar la Media Maratón de Bogotá, de interés cultural.

Sin embargo, es importante resaltar que la Administración Distrital en cabeza del IDRD, ha venido realizando aportes económicos y logísticos para el normal desarrollo de éste evento deportivo y recreativo de la Capital.

6. CONCLUSIÓN

Por lo anterior, dejamos a consideración de los Honorables Concejales el estudio y aprobación de ésta propuesta que tiene como fin primordial declarar la "Media Maratón de Bogotá" de interés cultural, como evento deportivo y recreativo, símbolo de identidad; así como estimular la práctica deportiva, recreativa, actividad física, y la integración de los capitalinos en el desarrollo de valores como la competencia sana, entre otros.

Cordialmente,

CARLOS ORLANDO FERREIRA PINZON

Concejal de Bogotá

BANCADA CAMBIO RADCIAL

PROYECTO DE ACUERDO 087 DE 2011

"Por medio del cual se declara de interés cultural la Media Maratón de Bogotá como evento deportivo y recreativo y se dictan otras disposiciones".

El Concejo de Bogotá

en uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el numeral 1º y 13° del artículo 12 del Decreto – Ley 1421

ACUERDA

ARTICULO 1. Declarar de interés cultural la "Media Maratón de Bogotá", como evento deportivo y recreativo de la ciudad.

ARTICULO 2. El Gobierno Distrital a través de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte IDRD, o las entidades que haga sus veces, protegerán y promoverán la realización anual de la "Media Maratón de Bogotá" facilitando la participación de los habitantes.

ARTICULO 3. El Presente Proyecto de Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá D.C.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

Tomado del libro Media Maratón de Bogotá 31.07.2011