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Resolución 20 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/04/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/04/2011
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 20 DE 2011

(Abril 15)

"Por la cual se delega la participación del Alcalde Mayor en la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales del Distrito Capital".

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL,

En ejercicio de sus facultades legales y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 9 de la Ley 489 de 1989, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo del Decreto Nacional 1465 de 2007, se estableció la conformación de la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales en el orden distrital, la cual estará integrada entre otros funcionarios, por el Alcalde Mayor quien la presidirá.

Que el artículo de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la ley, podrán mediante acto de delegación transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores, o a otras autoridades.

Que los artículos 40 y 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 señalan que, como Jefe de la Administración Distrital, el Alcalde Mayor ejerce sus atribuciones por medio de los organismos o entidades creadas por el Concejo, pudiendo delegar las funciones que le asigna la ley y los acuerdos en los secretarios de despacho, directores de departamento administrativo, gerentes o directores de las entidades descentralizadas, en los funcionarios de la administración tributaria, en las juntas administradoras locales y en los alcaldes locales.

Que en virtud del artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, "Las autoridades administrativas del Distrito Capital podrán delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias, de conformidad con la Constitución Política y la ley, especialmente con la Ley 489 de 1998".

Que en ese orden, se procederá a designar como delegado/a del Alcalde Mayor en la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales del Distrito Capital, al/la Secretario/a Distrital de Gobierno.

En mérito de lo expuesto,

Ver la Directiva de la Alcaldesa Mayor (E) 006 de 2011

RESUELVE:

Artículo 1°.-: Delegar la participación del Alcalde Mayor en la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales del Distrito Capital, en el/la Secretario/a Distrital de Gobierno, quien la presidirá.

Artículo 2°.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los 15 días del mes de abril del año 2011.

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor