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Circular 20 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
06/04/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 20 DE 2011

(Abril 6)

PARA:

SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, SUBSECRETARIO (A) GENERAL DE LA SECRETARÍA GENERAL, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS) PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS OFICIALES Y MIXTAS, ALCALDES (AS) LOCALES Y RECTOR (A) DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO

DE:

SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Asunto:

Solicitud de información del Senador de la República Alexander López Maya, sobre los contratos celebrados por el Distrito Capital con la empresa. "Centro Integral de Atención del Transporte S.A.". Radicado No. 1-2011-11543.

Se recibió en la Secretaría General de la Alcaldia Mayor el oficio No. HSALM-090-2011, por medio  del cual el Senador de la República Alexander López Maya solicita suministrar la siguiente información, relacionada con la empresa "Centro Integral de Atención de Transporte S.A."

1. Relación de cada uno de los contratos suscritos con dicha empresa, indicando; fecha, objeto, valor y plazo.

2. Copia de los informes de auditoría realizados por cada uno de los contratos.

3. Cuál es el radio de acción u operación de la empresa

4. La Alcaldía tiene convenios con dicha empresa, ¿qué aporta económica y materialmente al convenio si existe?

En tal sentido, remito fotocopia de la citada solicitud, con el fin que en forma directa y oportuna se de respuesta al Honorable Senador, en los términos establecidos para tal efecto en el artículo 258 de la Ley 5 de 19921.

Atentamente,

YURI CHILLAN REYES

Secretario General

NOTA DE PIE DE PÁGINA

1 articulo 258, Ley 5 de 1992. "Solicitud de informes por los congresistas. los senadores y representantes pueden solicitar cualquier informe a los funcionarios autorizados para expedirlo, en ejercicio del control que corresponde adelantar al congreso. en los cinco (5) oras siguientes deberá procederse a su cumplimiento.

Proyecto: Angely Carolay Gómez Camargo

Revisó: Amparo del Pilar león Salcedo

Aprobó. Camilo José Orrego Morales