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Decreto 150 de 2001 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/02/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
19/02/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2334 del 19 de febrero de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 150 DE 2001

(Febrero 19)

Por el cual se designan algunos miembros del Consejo Territorial de Planeación Distrital.

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 9, parágrafo, y 10 del Acuerdo 12 de 1 994 y,

CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto 098 del 27 de febrero de 1995 se designaron los miembros del Consejo Territorial de Planeación Distrital.

Que a través del decreto 258 del 25 de febrero de 1998 se renovó la mitad de los miembros de las organizaciones que conforman el Consejo Territorial de Planeación Distrital.

Que el parágrafo del artículo 9 del Acuerdo 12 de 1994 dispone que el Alcalde Mayor de Bogotá designará "..a los representantes de las distintas organizaciones, para un periodo de seis (6) años, y la mitad de sus miembros será renovada cada tres (3) años"

Que en vista de que han transcurrido los seis (6) años de que trata la norma precedente, se debe proceder a la designación de los nuevos miembros de dicho consejo.

Que se mantienen los representantes de las organizaciones económicas al Consejo Territorial de Planeación Distrital, por cuanto éstos no han cumplido el periodo de 6 años, como lo establece la norma aludida; por consiguiente, no se procedió a su convocatoria.

Que mediante el artículo Primero del Acuerdo 18 de 1998 se adicionó un literal h) al artículo 9 del Acuerdo 12 de 1994, en el cual se dispone incluir en la conformación del Consejo Territorial de Planeación Distrital dos miembros de la Consultiva Distrital para comunidades afro-bogotanas. Estos miembros, no obstante haber sido designados a través del Decreto 457 del 15 de julio de 1999, incurrieron en falta absoluta, por lo que fue necesario realizar una nueva convocatoria a dichas organizaciones.

Que a través de avisos publicados en los diarios El Tiempo y El Espectador del 25 y 24 de enero del año en curso, respectivamente, se efectuaron las convocatorias para la conformación del Concejo (sic) Territorial de Planeación, a las organizaciones sociales, educativas, culturales, ecológicas, comunitarias, femeninas - y afrobogotanas, con el fin de que presentaran sus temas de candidatos para la elección de los miembros a dicho Consejo, en los términos consagradas en el Acuerdo 12 de 1994.

Que analizadas las hojas de vida de las personas propuestas, se estimó procedente efectuar la designación de los nuevos miembros del Consejo Territorial de Planeación Distrital.

Ver los Decretos Distritales 49 de 2004 y  202 de 2007

DECRETA:

ARTICULO 1.- Designar como miembros del Consejo Territorial de Planeación Distrital, a las personas que se relacionan a continuación, en representación de las respectivas organizaciones enumeradas:

1. POR EL SECTOR SOCIAL:

  • Gustavo Perry, con C.C No. 437.729 de Usaquén

  • Clemencia lbáñez, con C.C No. 21.070.742 de Usaquén

  • Germán Santana, con C. C No. 17.068.225 de Bogotá

  • Rodrigo Hernán Acosta, con C.C No. 19.439.747 de Bogotá

2. POR EL SECTOR EDUCATIVO Y CULTURAL:

  • Richard Uribe, con C.C No. 19.078.797 de Bogotá.

  • Mauricio Ardila, con C.C. No. 19.159.197 de Bogotá

  1. POR EL SECTOR ECOLÓGICO:

  • Luisa Fernanda Vargas, con C.C No. 20.781.061 de Venecia (Cundinamarca).

  • Gloria Esperanza Narváez, con C.C. No. 55,158.583 de Neiva

4. POR EL SECTOR COMUNITARIO:

  • Luis Fernando Castrillón, con C.C. No. 70.039.765 de Bogotá

  • Carlos Moreno, con C.C. No. 19.241.494 de Bogotá

  • David Alfonso Paez Villamil, con C.C.No.4.091.413 de Chiquinquirá (Boyacá)

5. POR EL SECTOR FEMENINO:

  • Rosa Emilia Salamanca, con C.C. No. 41.720.907 de Bogotá

  • Aydee Rodriguez, con C.C. No. 39.661.641 de Soacha

7. POR EL SECTOR DE LAS COMUNIDADES AFRO-BOGOTANAS:

  • Ricardo Hurtado, con C. C. No. 19.167.575 de Bogotá

  • Henri Tenorio, con C. C 79.449.966 de Bogotá

 

ARTICULO 2.- Por el gremio económico, continúan ejerciendo su representación en el Consejo Territorial de Planeación, las siguientes personas, hasta que cumplan el periodo establecido en el artículo 9, parágrafo, del Acuerdo 12 de 1994:

  • Ricardo Ayala, con C. C. No. 19.421.250 de Bogotá

  • Juan Manuel Canales, con C.C No. 3.228.881 de Usaquén

  • Sergio Mutis, con C. C No. 91.203.938 de Bucaramanga

  • Gotzone Zubillaga, con C.C 52.049.307 de Bogotá

ARTICULO 3.- Los representantes de las Juntas Administradoras Locales serán los que designen dichas corporaciones.

ARTICULO 4.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C. a los 19 días del mes de febrero de 2001

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS,

 Alcalde Mayor De Bogotá.

MARIA CAROLINA BARCO DE BOTERO,

 Directora Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital  2334 de 19 de febrero de 2001.