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PROYECTO
DE ACUERDO 163 DE 2011 "Por
el cual se crea el observatorio sobre sustancias psicoactivas en Bogotá, D.C. y
se dictan otras disposiciones." EXPOSICION
DE MOTIVOS ANTECEDENTES. Este Proyecto de
Acuerdo surge en relación a la problemática uso de sustancias psicoactivas. Una
problemática que día a día se hace más evidente, con graves consecuencias tanto
en lo individual como para nuestra sociedad. Cerca de dos mil millones de
personas de todo el mundo consumen bebidas alcohólicas. Alrededor de 76
millones de personas padecen en la actualidad trastornos relacionados con su
consumo, como el consumo excesivo y la dependencia del alcohol. Preocupa ver como
el consumo de bebidas alcohólicas y el uso de sustancias psicoactivas es ya
considerado una actividad normal en la vida del ser humano, sin importar si se
transgrede o no un límite y sin tener en cuenta sus consecuencias negativas.
Ingerir alcohol o usar estas sustancias, resulta de lo más cotidiano e
inofensivo y es signo de estatus, cuando en verdad se constituye es en una
amenaza para las personas porque afecta su salud y estabilidad emocional,
psíquica, económica y familiar. Emborracharse, drogarse o "empeparse"
ha adquirido una importancia cultural desmesurada entre la gente joven, y el
consumo de alcohol y de sustancias psicoactivas pone actualmente en peligro la
salud y el bienestar de muchos jóvenes. Los Expertos en
salud pública consideran que las políticas relacionadas con el alcohol deben
ser de alta prioridad para todos los Estados y que el alcoholismo debe mirarse
como un problema de salud pública y no como una enfermedad individual. Dichas
políticas deben estar orientadas a la disminución del consumo total de alcohol
de la población y hacia la prevención de sus consecuencias negativas en la
salud y en la sociedad. Hay que reconocer
que: El consumo de
alcohol y otras sustancias psicoactivas son un problema de altísima relevancia
social, Que, no ha sido
posible unificar los esfuerzos en seguimiento y vigilancia, esto impide conocer
verdaderamente la dimensión, el alcance y la naturaleza del problema en nuestro
medio, dificulta la planeación ajustada y la focalización en aquellos factores
que quizás podrían asegurar más y mejores resultados. Sin una clara
delimitación del problema, donde se incluyan datos y estadísticas concretas
acerca del problema, el intento por constituir una política y un modelo de
gestión resulta bastante difícil. No se ha tomado
conciencia sobre el alcohol como factor de riesgo en la carga mundial de
enfermedades, A nivel mundial está clasificado en quinto lugar entre los
riesgos para la salud compitiendo con el tabaco y la obesidad. se ha convertido en la actualidad en una de las causas más
importantes de mortalidad en el mundo, Una enfermedad donde la persona no sabe
en qué momento deja de ser un consumidor socialmente aceptado a ser un enfermo.
Por ello, la prevención del alcoholismo requiere de especial atención. Para dimensionar
los alcances y efectos de la problemática enunciada, se tomó en consideración
los resultados y las cifras del ‘Estudio de consumo de sustancias psicoactivas
en Bogotá Las autoridades
de salud, además, han advertido con bastante preocupación que otro 21 por
ciento de ese grupo de menores (152.210) consumió una o más veces alcohol en el
último mes. Y que, incluso, otros 47.984 toman trago en volúmenes perjudiciales
para su salud y desarrollo.2 las campañas
preventivas tampoco han servido, porque estos menores no consideran como "gran
riesgo" beber, consumir marihuana, cocaína y bazuco una o más veces y que
no les resulta difícil conseguir bebidas alcohólicas, marihuana, cocaína,
éxtasis, bazuco y tranquilizantes El estudio
también señala que en Bogotá hay cerca de 1,9 millones de personas, entre los
12 y 65 años, que consumen bebidas alcohólicas, pero 584.000 lo hacen
excediéndose en el licor de manera perjudicial.3 En este grupo de
afectados por los consumos alcohólicos, 440.000 son hombres y 144.000 mujeres.
Por lo menos 58.000 de ellos tienen problemas de alcoholismo, La población de
los estratos 5 y 6 reporta un mayor porcentaje de bebedores (55 por ciento).
Sin embargo, los consumos más excesivos y riesgosos los presentan los
habitantes del estrato 1. Las zonas que más
concentran la población que toma trago en cantidades riesgosas son las de Santa
Fe (147.788 personas), San Cristóbal (98.332), Fontibón (85.099) y Usme
(72.684). Aunque por tasas, según la concentración de población, las más altas
de consumo están en Suba (42,26 por ciento) y Usaquén (41 por ciento). En
contraste, las más bajas se encuentran en Usme y Sumapaz (28,9 por ciento). En otro artículo
del Diario El Tiempo4, del 11 de mayo de 2010, se señala que Entre
enero y abril de este año, se registraron 12.108 llamadas a la línea 123 por
expendio y consumo de licor y otros (como drogas) por parte de menores de edad,
así como su presencia en establecimientos para adultos. La mayoría de quejas
son por menores que beben en la calle. La línea de
atención de emergencias de Bogotá 123 recibe cada 15 minutos (en promedio) una
denuncia de alguien que ha sido testigo de una venta o consumo de alcohol u
otras sustancias psicoactivas que involucran a menores de edad, o de su
presencia en establecimientos para adultos. También se señala
que el trago va asociado a otras sustancias: 14.226 menores de 17 años ya
abusan o dependen de sustancias ilícitas. Y más de 25.000 consumen marihuana o
cocaína. La organización RedPaz ha registrado, en lo que va del 2010, cinco
casos graves de intoxicación de menores por consumir alcohol. Dentro de la
dinámica y cotidianeidad del consumo de alcohol y del problema de alcoholismo,
se encuentra con que las Leyes, acciones y procedimientos son laxos y en muchos
casos permisivos y que junto al aumento y abuso en el consumo de alcohol y uso de sustancias
psicoactivas se alimenta a la par el desorden público y la violencia, el
comportamiento antisocial y la comisión de conductas delictivas, incidiendo en
el aumento de las estadísticas de inseguridad, delincuencia y criminalidad en
la ciudad. Para reducir la
carga social y sanitaria del alcohol, Un informe de FUNDAMENTO
CONSTITUCIONAL Y LEGAL CONSTITUCION
POLITICA ARTICULO 1. Colombia es un estado social de derecho, (….)
fundada en el respeto de la dignidad humana, (…) ARTICULO 2. Son fines esenciales del Estado: (…) Las autoridades
de ARTICULO 11. El derecho a la vida es inviolable (…) ARTICULO 44. Son derechos fundamentales de los niños: La vida, la
integridad física, la salud y la seguridad social (…) La familia, la sociedad y
el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su
desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos (…). ARTICULO 45. El adolescente tiene derecho a la protección y a la
formación integral ARTICULO 49. La atención de la salud y el saneamiento ambiental
son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el
acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. ARTICULO 78. La ley regulará el control de calidad de bienes y
servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que
debe suministrarse al público en su comercialización. Serán responsables, de
acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes
y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado
aprovisionamiento a consumidores y usuarios. ARTICULO 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un
ambiente sano. LEGALES LEY 30 DE 1986 Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de
Estupefacientes y se dictan otras disposiciones LEY 1098 DE
2006 por la cual se expide el Código
de ACUERDO 079 DE
2003, Por el cual se expide el
Código de Policía de Bogotá. ARTICULO 24. La salud, responsabilidad de
todos. En el Distrito Capital de Bogotá deben existir condiciones para lograr
que gocemos de buena salud. Corresponde a todas las personas ejercer los
derechos, y cumplir los deberes relacionados con la salud, favorecer estilos de
vida saludable y proteger el entorno en función de los riesgos biológicos,
psicológicos, físicos, químicos, ambiéntales, sociales y de consumo de
alimento, bebidas, medicamentos, productos farmacéuticos y cosméticos(…) Un observatorio
es un instrumento de gestión que permiten identificar e impulsar procesos de la
realidad urbana a través del aporte de elementos de análisis y reflexión sobre
cierta temática que sucede en las urbes; para generar o producir datos,
informaciones, conocimiento y estimular su análisis integral; para evaluar y
monitorear, hacer seguimiento y retroalimentación a la gestión desarrollada en
las políticas públicas urbanas y servir de base para la formulación de
soluciones concretas; para articular sistemas de documentación, comprensión,
análisis y seguimiento de fenómenos y problemáticas relativamente complejos y
apoyar la toma de decisiones en las materias de las que son objeto. Para el caso del
presente Proyecto de Acuerdo, se busca crear un observatorio para la
problemática del uso de sustancias psicoactivas en la ciudad, con carácter
permanente, multidisciplinario, intersectorial e institucionalizado a través de
un Acuerdo de la ciudad, dada la gravedad del problema que a diario se observa
en la ciudad, sobre el consumo y abuso de alcohol y de estas sustancias por
parte de la población, especialmente por parte de adolescentes y a temprana
edad, y dado también el crecimiento de la problemática puesto que las cifras y
estadísticas así lo reflejan que día a día es mayor el consumo y abuso que se
hace de ellas, con todos los efectos, impactos y consecuencias negativas que
conlleva, tanto en lo individual como en lo social. Se trata de dotar
a la administración Distrital, más concretamente a Se busca
igualmente que con la creación del Observatorio, se diseñen y utilicen
instrumentos técnicos de investigación, se produzca información cualitativa y
cuantitativa a partir de indicadores, variables y georeferenciación sobre la
evolución, desarrollo y comportamiento de esta problemática; articular sistemas
de documentación, comprensión y análisis y a través de todo ello generar
técnicamente unos insumos e informes que apoyen la adopción y toma de
decisiones sobre las políticas públicas que han de implementarse para dar
soluciones concretas a esta problemática y minimicen sus impactos. No se pretende
con el presente Proyecto de Acuerdo, crear una entidad o una institución que
haga parte de la estructura administrativa u orgánica del Distrito. No.
Simplemente es generar un instrumento de gestión para En este mismo
sentido debo señalar, que IMPACTO FISCAL El presente
proyecto de acuerdo no tiene impacto fiscal, toda vez que su implementación no
demanda de recursos diferentes a los que están contemplados en los distintos
presupuestos de las entidades responsables. Además porque se trata de articular
instrumentos de gestión pública de algunas entidades de la administración
distrital que no demandan ningún gasto por parte de las mismas. Así mismo, (…) "
5. Para el cumplimiento de los
requisitos señalados en el artículo 7 de la ley 819 de 2003, señala como
recursos a afectarse para el logro de sus objetivos, los presupuestos que cada
una de las entidades corresponsables de su financiamiento, deben asignar en sus
respectivos presupuestos. Con ello, el proyecto de acuerdo, se adecua a las
definiciones jurisprudenciales adoptadas por Atentamente,
PROYECTO
DE ACUERDO 163 DE 2011 "Por
el cual se crea el observatorio sobre sustancias psicoactivas en Bogotá, D.C. y
se dictan otras disposiciones." EL
CONCEJO DE BOGOTA, D.C. En
ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las
conferidas por el numeral 1º del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, ACUERDA: Artículo 1º.-
Creación: Créase el Observatorio
sobre sustancias psicoactivas – SPA- en Bogotá, D.C., a cargo de Artículo 2º.-
Naturaleza: El Observatorio sobre
sustancias psicoactivas – SPA - en Bogotá, D.C., se crea como un instrumento de
gestión, a través del cual se desarrollan e implementan herramientas de
planeación, análisis, diagnóstico, comprensión, evaluación, seguimiento,
monitoreo, articulador de sistemas de documentación y producción de datos,
información y conocimiento, con el fin de orientar la toma de decisiones,
acciones y políticas sobre la problemática del consumo de sustancias
psicoactivas - spa en el territorio del Distrito Capital, de sus causas y
consecuencias, así como de sus soluciones a corto, mediano y largo plazo. Artículo 3º.-
Funciones: El Observatorio sobre
sustancias psicoactivas – SPA - que se crea mediante este Acuerdo, tendrá las
siguientes funciones: Abordar la
problemática del consumo de sustancias psicoactivas en Bogotá, D.C., como un
problema de salud pública que afecta física y mentalmente al ciudadano, su
calidad de vida así como la de su familia y su asociación con otros fenómenos
socioculturales. Diagnosticar,
monitorear y evaluar la problemática del consumo de sustancias psicoactivas –
spa en el territorio del Distrito Capital. Elaborar, a
través de instrumentos y procesos técnicos de investigación (foros, encuestas,
grupos focales y georreferenciación, reportes internos, entre otros.),
información estadística cuantitativa y cualitativa a partir de indicadores y
variables sobre el comportamiento de esta problemática. Articular sistemas
de documentación, comprensión, análisis y seguimiento acerca de la problemática
del consumo de alcohol y uso de sustancias psicoactivas y demás conductas que
de ella se desprendan. Producir informes
técnicos que establezcan el estado del arte del fenómeno del consumo que puedan
considerarse insumo para la toma de decisiones sobre políticas públicas a
autoridades y sectores competentes. Suscribir por
intermedio del Secretario de Salud del Distrito, convenios interinstitucionales
o con ONG`s, con experiencia reconocida en el tema para el cual se suscriba el
convenio, que permitan intercambio de datos, información, conocimiento y ayuda
en la adopción de políticas y acciones que tiendan a solucionar la problemática
del consumo de alcohol y uso indebido de sustancias psicoactivas tanto a nivel
individual y social. Generar,
sistematizar, analizar y difundir información relacionada con el fenómeno del
consumo de sustancias psicoactivas - spa. Promover la
investigación de tipo cualitativa y cuantitativa sobre el consumo de consumo de
sustancias psicoactivas – spa en Bogotá, bajo un enfoque interdisciplinario y
sobre spa particulares, según se requiera, dependiendo de las dinámicas de la
ciudad. Coordinar y
articular para lo de su competencia, con el Consejo Distrital de
Estupefacientes o la entidad que haga sus veces. Artículo 4º.-
Composición e integración: El
Observatorio sobre sustancias psicoactivas de Parágrafo.- Artículo 5º.-
Corresponsabilidad: Las entidades
citadas anteriormente, serán corresponsables en todos los asuntos atinentes al
funcionamiento, operatividad, financiamiento y cumplimiento de las funciones
determinadas en el artículo 3º del presente Acuerdo, de acuerdo con sus
atribuciones y competencias. Artículo 6º.- El Observatorio sobre sustancias psicoactivas - spa,
deberá rendir un informe sobre el cumplimiento de las funciones asignadas en el
artículo 3° del presente Acuerdo cada tres (3) meses, al Concejo de Bogotá y al
señor Alcalde de la ciudad para su correspondiente análisis y evaluación y como
insumo para la adopción de políticas públicas en estas materias. Artículo 7º.-
Impacto Fiscal: Para el cumplimiento
de las funciones del Observatorio sobre sustancias psicoactivas - spa, así como
para su funcionamiento, operatividad y financiamiento, las entidades de la administración
Distrital dispondrán de recursos de su presupuesto anual de inversiones,
destinado a financiar los programas y proyectos enunciados en los respectivos
planes de desarrollo. Artículo 7º.-
Vigencia: El presente Acuerdo rige a
partir de la fecha de su publicación. NOTAS DE PIE DE PÁGINA 1 Diario El Tiempo, Sección
Bogotá, Domingo 9 de mayo de 2010. Articulo titulado "Desde Los 12 Ya Se
Abusa El Alcohol Y Las Drogas" 2 Diario El Tiempo, Sección
Bogotá C2-2, Domingo 9 de mayo de 2010. Artículo titulado "21% de menores
ya toma trago" 3 Diario El Tiempo, Sección
Bogotá C2-2, Domingo 9 de mayo de 2010. Artículo titulado "Hoy 584.000
bogotanos se exceden en el licor". 4 Diario El Tiempo, Sección
Bogotá, Lunes 10 de mayo de 2010. Artículo titulado "Cada 15 minutos se
denuncia a un menor por consumo de alcohol o drogas en Bogotá |