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Circular 57 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/06/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Memorando

CIRCULAR 057 DE 2011

(Junio 24)

Para:

Secretario/as de Despacho, Directores/as de Departamentos Administrativos y de Unidades Administrativas Especiales con y sin Personería Jurídica; Gerentes/as, Presidentes/as y Directores/as de Establecimientos Públicos, Empresas Industriales y Comerciales, Sociedades de Economía Mixta, Sociedades Públicas, Empresas Sociales del Estado del Orden Distrital, Empresas de Servicios Públicos Oficiales y Mixtas; Rector/a del Ente Universitario Autónomo, Alcaldes/as Locales, Veeduría Distrital, Contraloría Distrital y Personería Distrital.

De:

Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Asunto:

Cumplimiento fallos desfavorables

Con el fin de depurar la información que se encuentra registrada en SIPROJWEB – BOGOTÁ, 2008-2011, con respecto al cumplimiento de las decisiones judiciales que se han proferido en contra del Distrito Capital, es pertinente verificar de manera URGENTE el sentido de cada fallo, teniendo en cuenta que revisado el Sistema de Información de Procesos Judiciales SIPROJWEB – módulo pago de sentencias, se ha establecido que en el no figuran procesos con pagos registrados, por lo que se requiere que por parte de cada una de las entidades se proceda en forma inmediata a incorporar la información correspondiente a cada entidad en el citado módulo.

Si eventualmente la información que reporta SIPROJWEB tiene inconsistencias, deberá modificarse con el fin de que no siga reportando como desfavorable y sin cumplimiento.

Así mismo, se informe si en las sentencias que han impuesto obligaciones de hacer, ya fueron realizadas las actuaciones pertinentes para su cumplimiento.

Es deber de la Administración garantizar el cumplimiento oportuno de las decisiones judiciales, con el fin de evitar el inicio de procesos ejecutivos que hace más onerosa la situación del Distrito Capital por los intereses que se generan y el pago de costas procesales, o posibles desacatos por parte de los representantes legales de las entidades distritales.

Se solicita que una vez actualizado el sistema se remita informe a la Dirección Jurídica Distrital de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, con el propósito de confirmar la información registrada por cada una de las entidades, antes del 30 de julio de 2011.

Cordialmente,

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General

Anexo: 18 folios.

Proyectó: Doris Silva García

Revisó: Edgar Mauricio Gracia Díaz / Héctor Díaz Moreno

Aprobó: Camilo José Orrego Morales