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Decreto 396 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/08/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/08/2011
Medio de Publicación:
Regisro Distrital 4720 de agosto 30 de 2011.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 396 DE 2011

(Agosto 24)

Por el cual se designan a los Curadores Urbanos Nos. 1 y 4 de Bogotá, D.C, para un período individual de cinco (5) años y se dictan otras disposiciones

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (D)

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 101 de la Ley 388 de 1997, modificado por el artículo 9 de la Ley 810 de 2003, y los artículos 80 y 90 del Decreto Nacional 1469 de 2010.

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 101 de la Ley 388 de 1997, modificado por el artículo 9° de la Ley 810 de 2003, el alcalde municipal o distrital designará a los curadores urbanos, previo concurso de méritos, a quienes figuren en los primeros lugares de la lista de elegibles, en estricto orden de calificación.

Que los curadores urbanos serán designados para periodos individuales de cinco (5) años, de conformidad con el artículo 80 del Decreto Nacional 1469 de 2010.

Que mediante el Decreto Distrital 184 de 2011 se designó a la abogada CLAUDIA MERCEDES YEPES LONDOÑO identificada con la Cédula de Ciudadanía No. 43.074.666 como Curadora Urbana Provisional No. 1 y a la arquitecta NATALIA BONILLA CORRALES, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 51.901.755, como Curadora Urbana Provisional No. 4 "(…) hasta tanto se provea de manera definitiva los citados cargos como resultado del concurso de méritos que desarrolle la Secretaría Distrital de Planeación".

Que el artículo 81 del Decreto Nacional 1469 de 2010 dispone en su numeral primero que "El alcalde municipal o distrital, o quien éste delegue para el efecto, adelantará los trámites para la realización del concurso, el cual se efectuará con entidades públicas o privadas expertas en selección de personal y con capacidad para realizar el proceso de selección, en todo de conformidad con las condiciones y términos que se establecen en el presente decreto".

Que el Distrito Capital, a través de la Secretaría Distrital de Planeación, contrató con la Pontificia Universidad Javeriana la realización del Concurso Público de Méritos SDP-CU-002-2010 para la designación de los Curadores Urbanos Nos. 1 y 4 de la ciudad de Bogotá.

Que la Secretaría Distrital de Planeación realizó la convocatoria al Concurso Público de Méritos SDP-CU-002-2011 a través de la página web de la entidad www.sdp.gov.co y de la publicación de tres (3) avisos de prensa en el diario "La República", los días: 17 de mayo (página 27); 21 y 22 de mayo (página 27) y los días 28 y 29 de mayo (página 18) del año en curso.

Que la Secretaría Distrital de Planeación conforme a lo establecido en el Decreto Nacional 1469 de 2010, realizó las publicaciones de las bases del Concurso Público de Méritos SDP-CU-002-2011, en la página web de la entidad www.sdp.gov.co y en la Alcaldía Mayor a partir del 23 de mayo de 2010.

Que conforme a lo previsto en las bases del Concurso Público de Méritos No. SDP-CU-002-2011, el 7 de junio de 2011, siendo las 4:00 p.m., se llevó a cabo la diligencia de cierre del concurso y en presencia de servidores públicos de la Secretaría Distrital de Planeación, representantes de la Pontificia Universidad Javeriana, un delegado de la Comisión de Veedurías de las Curadurías Urbanas, un delegado de la Procuraduría Segunda Distrital y los proponentes, se procedió a efectuar la apertura de las urnas y a extraer de las mismas doce (12) propuestas así:

No.

NOMBRE DEL SOLICITANTE

DOCUMENTO DE IDENTIDAD

1

YOLANDA ZAMORA POVEDA

51’554.431

2

ANA MARÍA CADENA TOBÓN

51’657.102

3

MAURO ARTURO BAQUERO CASTRO

79’653.374

4

CARLOS ADOLFO GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ

79’428.935

5

FERNANDO MOLINA CUBILLOS

19’481.707

6

GLADYS SÁNCHEZ SÁNCHEZ

51’638.081

7

PATRICIA RENTERÍA SALAZAR

31’285.155

8

ERNESTO JORGE CLAVIJO SIERRA

3’010.000

9

JUAN REINALDO SUÁREZ MEDINA

19’301.852

10

GERMÁN MORENO GALINDO

79’274.035

11

GUSTAVO MONTAÑO RODRÍGUEZ

11’340.921

12

MARÍA MARLENE REYES HERRERA

41’751.063

Que adelantadas las fases de verificación de cumplimiento de requisitos y exigencias, publicación de la lista de admitidos y no admitidos, y respuesta a las reclamaciones de los aspirantes a Curadores Urbanos Nos. 1 y 4, se procedió a citar a los concursantes admitidos para la práctica y aplicación de la prueba escrita de conocimientos y entrevista, los días 29 y 30 de junio del año en curso.

Que conforme a lo previsto en los artículos 87 y 88 del Decreto Nacional 1469 de 2010, la Secretaría Distrital de Planeación expidió la Resolución 0938 del 7 de julio de 2011, con los resultados totales del concurso abierto para la selección de los Curadores Urbanos Nº 1 y 4 de Bogotá, D.C., con tres (3) participantes elegibles: los arquitectos PATRICIA RENTERÍA SALAZAR, ERNESTO JORGE CLAVIJO SIERRA y GUSTAVO MONTAÑO RODRÍGUEZ.

Que contra la aludida Resolución No. 0938 del 7 de julio de 2011, se presentó de manera oportuna un recurso de reposición por parte del arquitecto GUSTAVO MONTAÑO RODRÍGUEZ, el cual fue resuelto por la Secretaría Distrital de Planeación, mediante Resolución No. 1018 del 28 de julio de 2011, modificando el artículo tercero respecto al puntaje obtenido por la participante Patricia Rentería Salazar, quedando indemne el resto de su articulado.

Que conforme a lo anterior, el orden de elegibilidad para la designación de los Curadores Urbanos Nos. 1 y 4 de la Ciudad de Bogotá, D.C., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 del Decreto Nacional 1469 de 2010 y una vez en firme la Resolución No.1018 del 28 de julio de 2011, es el siguiente:

ORDEN DE ELEGIBILIDAD

PARTICIPANTES

PUNTAJE

1

ERNESTO JORGE CLAVIJO SIERRA

813.00

2

PATRICIA RENTERÍA SALAZAR

709.75

3

GUSTAVO MONTAÑO RODRÍGUEZ

706.00

Que corresponde al Alcalde Mayor de Bogotá, designar como Curadores Urbanos Nos. 1 y 4, para un período de cinco (5) años, a los concursantes que figuren en la lista de elegibles, de conformidad con la calificación obtenida por los aspirantes en el Concurso Público de Méritos SDP-CU-002-2011.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo  1º.- Conforme a la publicación de los resultados totales obtenidos en la práctica y aplicación de las diferentes pruebas dentro del Concurso de Méritos Nº SDP-CU-002-2011, para la designación de los Curadores Urbanos Nº 1 y 4 de Bogotá, D.C., para un período individual de cinco (5) años y lista de elegibles, mediante la Resolución Nº 0938 del 7 de julio de 2011 y la lista de elegibles elaborada por la Secretaría Distrital de Planeación, la cual tendrá una vigencia de dos (2) años, la elegibilidad en su orden será así:

ASPIRANTE

CÉDULA DE CIUDADANÍA

PUNTAJE PONDERADO

1. ERNESTO JORGE CLAVIJO SIERRA

3’010.000

813.00

2. PATRICIA RENTERÍA SALAZAR

31’285.155

709.75

3. GUSTAVO MONTAÑO RODRÍGUEZ

11’340.921

706.00

Artículo 2º.- Designar como Curador Urbano No. 1 de Bogotá, D.C., por un período individual de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de posesión, al arquitecto ERNESTO JORGE CLAVIJO SIERRA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 3’010.000, quien ocupó el puesto No. 1 en la lista de elegibles del artículo primero de este decreto.

Artículo 3º.- Designar como Curadora Urbana No. 4 de Bogotá, D.C., por un período individual de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de posesión, a la arquitecta PATRICIA RENTERÍA SALAZAR, identificada con la cédula de ciudadanía No. 31’285.155, quien ocupó el puesto No. 2 en la lista de elegibles del artículo primero de este decreto.

Artículo 4º.- De conformidad con el Decreto Distrital 371 de 2005, los Curadores Urbanos No. 1 y 4 de Bogotá D.C., tomarán posesión ante la Secretaria Distrital de Planeación, previa verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el parágrafo del artículo 92 del Decreto Nacional 1469 de 2010.

Artículo 5º.- Dar por culminada la designación en provisionalidad efectuada a la abogada CLAUDIA MERCEDES YEPES LONDOÑO como Curadora Urbana No. 1 y a la arquitecta NATALIA BONILLA CORRALES como Curadora Urbana No. 4, identificadas con cédula de ciudadanía No. 43’074.666 y 51’901.755 respectivamente, una vez tomen posesión del cargo los Curadores Urbanos designados en este acto.

Artículo 6º.- La Secretaría Distrital de Planeación remitirá copia del presente Decreto y de las respectivas actas de posesión al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de posesión de los curadores, de conformidad con el artículo 92 del Decreto Nacional 1469 de 2010.

Artículo 7º.- La Secretaría Distrital de Planeación enviará copia del presente Decreto y de las respectivas actas de posesión a la Subdirección de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para que las mismas reposen en la correspondiente hoja de vida de los curadores urbanos y a la Secretaría Distrital del Hábitat para lo de su competencia.

Artículo  8º.- El presente decreto rige a partir de su publicación en el Registro Distrital y deroga en lo pertinente las disposiciones que le sean contrarias, en particular el Decreto Distrital 184 de 2011.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de agosto del año 2011.

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Alcaldesa Mayor Designada

CRISTINA ARANGO OLAYA

Secretaria Distrital de Planeación