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Circular 14 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/09/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 014 DE 2011

CIRCULAR 014 DE 2011

(Septiembre 23)

Para:

GERENTES(AS), PRESIDENTES(AS) Y DIRECTORES(AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON PERSONERÍA JURÍDICA, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, OFICIALES Y MIXTAS, CONTRALOR, PERSONERO Y VEEDORA DISTRITALES, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.

De:

ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ D.C., DESIGNADA

Asunto:

HORARIO DE TRABAJO

El Distrito Capital y el gobierno de la "Bogotá Positiva" comprometidos con la materialización del Plan de Desarrollo, que busca afianzar una ciudad en la que todas y todos vivamos mejor, cuya construcción sea el resultado de un proceso permanente de participación, en el que cada vez más personas se involucren en la discusión y decisión de los asuntos públicos, ha considerado buscar estrategias que permitan lograr mayores niveles de bienestar, especialmente en el ámbito de la movilidad que es un factor determinante del buen desarrollo de las actividades cotidianas de la ciudadanía.

Por ello, y atendiendo la generalizada preocupación en relación con las dificultades que hasta ahora se presentan para los desplazamientos dentro del perímetro urbano, generadas entre otras circunstancias por el crecimiento del parque automotor, hecho que afecta directamente los niveles de velocidad, aunado a la utilización masiva por parte de los usuarios del Sistema de Transporte Masivo Transmilenio, particularmente en las llamadas horas pico, ocasionadas por la coincidencia generalizada de los horarios laborales, tanto en el sector público como privado en la ciudad, ha sido preciso adoptar una medida tendiente a promover la descongestión en el tráfico vehicular y en el sistema masivo transporte, que se concreta en el cambio de horario laboral para los servidores públicos del sector central del Distrito Capital.

Lo anterior se fundamenta además, en la aceptación de la medida que fue consultada a través de una encuesta aplicada a los servidores públicos que serían susceptibles de ser cobijados por la misma, quienes en un 86% expresaron su acuerdo en la modificación del horario de trabajo, con el objeto de poder disfrutar de tiempo libre en horas de la tarde.

En consecuencia, se ha establecido mediante Decreto Distrital que a partir del 3 de octubre del presente año, los servidores públicos de los organismos del Sector Central tendrán un horario de trabajo de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.

Cabe aclarar que esta medida permite igualmente el cumplimiento efectivo del tiempo reglamentario de trabajo.

Así las cosas, se sugiere estudiar la ampliación de esta medida a las entidades descentralizadas, teniendo en cuenta la importancia de mantener una línea clara y unívoca en los criterios que definen el ejercicio de la función pública en el Distrito Capital, para beneficio de la ciudadanía y de la prestación eficiente de los servicios públicos.

Cordialmente,

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., Designada