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CIRCULAR 98 DE 2011 (Octubre 11)
La Contraloría de Bogotá, D.C., mediante la comunicación Nº 1-2011-43349 dirigida a la Alcaldesa Mayor Designada, manifestó que no existe una medida coercitiva que obligue a las entidades del Distrito a presentar al FOPAE los planes de emergencia que cada entidad debe establecer con el fin de mitigar los riesgos, que incorporen tanto las acciones a desarrollar como los recursos que serán destinados para tal fin, así como los informes permanentes de la gestión realizada frente a dichos planes. De igual forma, el ente de control señala que el artículo 2º del Acuerdo 341 de 2008 estableció que las entidades deben elaborar, implementar y enviar para su aprobación los Planes Institucionales de Respuesta a Emergencias (PIRE), sin embargo, según información del FOPAE, no han sido enviados en su totalidad para su aprobación. En este sentido, de manera atenta se solicita a las entidades y organismos distritales que a la fecha no hayan remitido al Fondo de Prevención y Atención Emergencias – FOPAE1, ubicado en la Diagonal 47 Nº 77 B -09 Interior 11, los Planes de Acción para la segunda temporada invernal, así como los Planes Institucionales de Respuesta a Emergencias –PIRE-2, enviarlos de manera inmediata. La colaboración y apoyo que se requiera para la elaboración y entrega de la citada información, será prestada por el Fondo de Prevención y Atención de Emergencias -FOPAE. Cabe señalar que, con la presente se reiteran las instrucciones impartidas mediante la Circular 3 de 2010 del Despacho del/la Alcalde/sa Mayor y la Secretaría Distrital de Gobierno, por lo que su inobservancia eventualmente se puede enmarcar en el ámbito disciplinario. Cordialmente, YURI CHILLÁN REYES Secretario General
NOTAS DE PIE DE PÁGINA: 1 Los artículos 51 y 52 del Acuerdo 257 de 2006 señalan que el Sector Gobierno, Seguridad y Convivencia está integrado por la Secretaría Distrital de Gobierno, cabeza del Sector, y entre otros por el Fondo de Prevención y Atención Emergencias - FOPAE, como entidad adscrita. Por su parte, dentro de las funciones básicas de la Secretaría Distrital de Gobierno está la de liderar, orientar y coordinar la formulación de políticas, planes y programas de prevención y atención de emergencias.2 El PIRE es el documento que define los lineamientos y establece las acciones para que las entidades del SDPAE2 respondan eficaz y eficientemente en situaciones de emergencia y/o desastre en el marco de los objetivos estratégicos y la misión de cada entidad del SDPAE y del Sistema Organizacional y los Protocolos Distritales de Respuesta definidos en el Plan de Emergencias de Bogotá -PEB.Elaboró: Elvira Liliana Hernández Libreros Revisó: Amparo del Pilar León Salcedo Aprobó: Héctor Díaz Moreno |