DECRETO 453 DE 2011
Derogado por Decreto 140 de 2017
(Octubre 13)
Por el cual se determina la integración de la Junta Directiva del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones -FONCEP
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., DESIGNADA
En uso de sus facultades legales, y en especial las conferidas por los artículos 40 y 56 del Decreto Ley 1421 de 1993.
DECRETA:
Artículo 1º. Los miembros de la Junta Directiva del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP serán:
a. El (la) Alcalde (sa) Mayor o su delegado (a) que será el (la) Director (a) Distrital de Crédito Público de la Secretaría Distrital de Hacienda.
b. El (la) Director (a) del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.
c. El (la) Director (a) Jurídico (a) Distrital de la Secretaría General.
d. El (la) Director (a) de Gestión Corporativa de la Secretaría General.
e. El (la) Director (a) Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Parágrafo. El (la) Director (a) General del Fondo formará parte de la Junta, con voz pero sin voto, y actuará como secretario de la misma el (la) Jefe (a) de la Oficina Asesora Jurídica del FONCEP.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias en especial el Decreto 436 de 2011.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de octubre del año 2011.
CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN
Alcaldesa Mayor Designada