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Decreto 559 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/12/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/12/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 4792 del 14 de diciembre de 2011.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 559 DE 2011

(Diciembre 09)

Derogado por el art. 6°, Decreto Distrital 510 de 2023

Por el cual se establece la planta de cargos de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, D.C.

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA D.C. (D)

En ejercicio de las atribuciones legales y en especial la conferida en el numeral 9 del artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del Alcalde Mayor de Bogotá, crear, suprimir o fusionar los empleos de la administración central, señalarles sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.

Que mediante el Decreto Distrital 189 de 2008 se estableció la planta de cargos de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos.

Que la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos, adelantó estudio técnico con el propósito de modificar la planta de cargos de la entidad, en el sentido de crear unos cargos, acorde con la nueva estructura de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos y para garantizar la prestación de los servicios asignados a la entidad, de conformidad con el estudio técnico presentado.

Que como consecuencia de la modificación de la estructura organizacional contenida en el Decreto (sic) de 2011, se hace necesario modificar la planta de empleos.

Que mediante el oficio No. DIR 1907 del 23 de junio de 2011, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto técnico favorable para la modificación de la planta de cargos de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos, previa presentación y análisis del estudio técnico respectivo.

Que mediante el oficio No. No. 2011EE236275 del 28 de junio de 2011, la Secretaría Distrital de Hacienda a través de la Dirección Distrital de Presupuesto, expidió viabilidad presupuestal para la creación de doscientos cincuenta y siete cargos en la Planta de Personal de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º. Créanse en la planta global de cargos de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos, los siguientes cargos:

No. EMPLEOS

DENOMINACION

CODIGO

GRADO

Nivel Directivo

DOS (2)

Subdirector Técnico

068

07

UN (1)

Jefe de Oficina

006

05

Nivel Asesor

UNO (1)

Asesor

105

05

Nivel Profesional

TRES (3)

Profesional Especializado

222

26

CUATRO (4)

Profesional Especializado

222

24

TRES (3)

Profesional Especializado

222

22

DOS (2)

Profesional Universitario

219

20

UN (1)

Profesional Universitario

219

17

CINCO (5)

Comandante de Bomberos

203

16

Técnico

UNO (1)

Subcomandante de Bomberos

336

22

Nivel Asistencial

UNO (1)

Auxiliar Administrativo

407

20

UNO (1)

Secretario

440

19

CINCUENTA Y NUEVE (59)

Sargento de Bomberos

417

18

NOVENTA Y NUEVE (99)

Cabo de Bomberos

413

17

SETENTA Y DOS (72)

Bombero

475

15

DOS (2)

Conductor

480

15

DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE (257)

TOTAL EMPLEOS

Artículo 2º. Modificado por el art. 3, Decreto Distrital 360 de 2022. <El nuevo texto es el siguiente> Planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos. Las funciones propias de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos, serán cumplidas con la planta de personal que se establece a continuación:

No. DE EMPLEOS

DENOMINACIÓN

CÓDIGO

GRADO

Despacho del director

1

Director Técnico

009

09

1

Asesor

105

05

Planta Global

Nivel Directivo

5

Subdirector Técnico

068

07

3

Jefe de Oficina

006

05

Nivel Asesor

1

Jefe de Oficina Asesora

115

05

Nivel Profesional

6

Profesional Especializado

222

26

4

Profesional Especializado

222

24

3

Profesional Especializado

222

22

4

Profesional Universitario

219

20

3

Profesional Universitario

219

17

5

Comandante de Bomberos

203

16

1

Profesional Universitario

219

14

Nivel Técnico

7

Subcomandante de Bomberos

336

22

Nivel Asistencial

3

Auxiliar Administrativo

407

27

25

Teniente de Bomberos

419

21

2

Auxiliar Administrativo

407

20

2

Secretario

440

19

91

Sargento de Bomberos

417

18

1

Secretario

440

18

143

Cabo de Bomberos

413

17

451

Bombero

475

15

2

Conductor

480

15

Total 764 empleos


El texto original era el siguiente:

Artículo 2. Establécese la siguiente planta de cargos, para la realización de los fines institucionales de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos:

PLANTA GLOBAL:

No. EMPLEOS

DENOMINACION

CODIGO

GRADO

Nivel Directivo

UNO (1)

Director Técnico

009

09

CINCO (5)

Subdirector Técnico

068

07

UN (1)

Jefe de Oficina

006

05

Nivel Asesor

DOS (2)

Jefe de Oficina Asesora

115

05

UN (1)

Asesor

105

05

Nivel Profesional

SEIS (6)

Profesional Especializado

222

26

CUATRO (4)

Profesional Especializado

222

24

TRES (3)

Profesional Especializado

222

22

CUATRO (4)

Profesional Universitario

219

20

TRES ( 3)

Profesional Universitario

219

17

CINCO ( 5)

Comandante de Bomberos

203

16

UNO (1)

Profesional Universitario

219

14

Nivel Técnico

SIETE (7)

Subcomandante de Bomberos

336

22

Nivel Asistencial

TRES (3)

Auxiliar Administrativo

407

27

VEINTICINCO (25)

Teniente de Bomberos

419

21

DOS (2)

Auxiliar Administrativo

407

20

DOS (2)

Secretario

440

19

NOVENTA Y UNO (91)

Sargento de Bomberos

417

18

UNO (1)

Secretario

440

18

CIENTO CUARENTA Y TRES (143)

Cabo de Bomberos

413

17

CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO (451)

Bombero

475

15

DOS (2)

Conductor

480

15

SETECIENTOS SESENTA Y TRES (763)

TOTAL EMPLEOS

Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 189 de 2008 y demás normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de diciembre del año 2011.

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. (D)

MARIELA BARRAGÁN BELTRÁN

Secretaria Distrital de Gobierno

SANDRA LILIANA BAUTISTA LÓPEZ

Directora Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital