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DECRETO 598 DE 2011 (Diciembre 19) "Por el cual se otorga la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", en el grado de Gran Oficial, al Ministro Consejero de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Colombia, señor JOSÉ GREGORIO CALDERÓN" LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (D) En ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 20 del Decreto 693 de 1971, y, CONSIDERANDO: Que con el propósito de honrar a personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios a la república o a la ciudad, el Gobierno Distrital mediante el Decreto 693 de 1971, creó la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá". Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", de conformidad con el artículo 7° del Decreto 693 de 1971, aprobó otorgar la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el grado de Gran Oficial, al Ministro Consejero de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Colombia. Que el señor José Gregorio Calderón, Ministro Consejero de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Colombia se ha destacado por brindar su apoyo en la consecución de las cuatro motobombas de gran poder que permitirán reforzar los bombeos que adelantan las entidades del Sistema Distrital de Emergencias (SDPAE), y que fueron instaladas a lo largo del Río Bogotá en las localidades con mayor riesgo de inundación. Que de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993, la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., hace un especial reconocimiento al Ministro Consejero de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Colombia, señor José Gregorio Calderón. En mérito de lo expuesto, DECRETA: Artículo 1°.- Otórgase la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", en el Grado de Gran Oficial, al Ministro Consejero de la Embajada de la República Bolivariana de Venezuela en Colombia, José Gregorio Calderón, por su excelente desempeño como Ministro Consejero y la solidaridad demostrada con la ciudadanía Bogotana. Artículo 2°.- En ceremonia especial la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condecoración y copia del decreto en nota de estilo. Artículo 3°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de diciembre del año 2011 CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN Alcaldesa Mayor Designada – Gran Maestre MARIELA BARRAGÁN BELTRÁN Secretaria Distrital de Gobierno – Gran Canciller |