CONSIDERANDO:
Que con el propósito de honrar a personas y entidades nacionales o extranjeras que se hayan distinguido extraordinariamente por sus servicios a la república o a la ciudad, el Alcalde Mayor de Bogotá, en representación de la ciudadanía, mediante los Decretos 693 de 1971 y 480 de 1991, creó la Orden Civil al mérito "Ciudad de Bogotá" en el Grado de Gran Oficial.
Que el Concejo da la Orden Civil al mérito "Ciudad de Bogotá" de conformidad con el artículo 7 del Decreto 693 de 1971, aprobó otorgar la Orden Civil al mérito "Ciudad de Bogotá" en el Grado de Gran Oficial, al señor LISANDRO DUQUE NARANJO.
Que el señor Lisandro Duque obtuvo el primer premio de guión argumental en el concurso de guiones convocado por el Ministerio de cultura con "Los Niños Invisibles", el cual obtuvo el premio a la mejor película colombiana en el XVIII Festival de Cine de Bogotá, en el Festival de Cine de Cartagena, en el Festival de Cine Latinoamericano de San Juan de Puerto Rico y en el Festival Iberoamericano de Cine de Montreal, entre otros.
Que su película "Los Actores del Conflicto" obtuvo el premio al mejor guión de largometraje del Ministerio de Cultura, y el premio de la Convocatoria Nacional Cinematográfica.
Que su columna "Lo Divino y lo Humano" de El espectador mereció el premio Simón Bolívar a la mejor columna de opinión, en el año 2001.
Que de conformidad con el artículo 35 del Decreto Ley 1421 de 1993, La Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., hace un justo reconocimiento al señor LISANDRO DUQUE NARANJO, por su aporte a la cultura colombiana a través de sus cortometrajes, mediometrajes y largometrajes, documentales y de ficción, en cine y televisión, que han sido galardonados. Entre ellos, escribió y dirigió "El Escarabajo" película que obtuvo varios premios al mejor guión, mejor director y mejor película, en el Festival nacional de Bogotá, en 1984.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Otórgase Orden Civil al mérito "Ciudad de Bogotá" en el Grado de Gran Oficial al señor LISANDRO DUQUE NARANJO, por sus aportes a la cultura colombiana.
Artículo 2°. En ceremonia especial la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega de la condecoración y copia del presente decreto en nota de estilo.
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de diciembre del año 2011
CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN
Alcaldesa Mayor Designada – Gran Maestre
MARIELA BARRAGÁN BELTRAN
Secretaria Distrital de Gobierno – Gran Canciller