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Decreto 621 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/12/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/12/2011
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4802 diciembre 28 de 2011
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 621 DE 2011

(Diciembre 26)

Por el cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2011 con cargo al Fondo de Compensación Distrital

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C., DESIGNADA

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 3° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 35 del Decreto 714 de 1996 y el artículo 2 del Decreto 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal y para los casos que el Alcalde Mayor del Distrito Capital y el Consejo de Gobierno califiquen de excepcional urgencia.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2° dispone que, cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital, se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en los casos distintos a los Gastos de funcionamiento, además del estudio y evaluación de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, se requiere de previa calificación de excepcional urgencia por parte del Alcalde Mayor del Distrito Capital y el Consejo de Gobierno.

Que adicionalmente, el mismo artículo 2º dispone que cuando las operaciones presupuestales afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital, se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que la Alcaldesa Designada Mayor del Distrito Capital y el Consejo de Gobierno, según Acta del 15 de diciembre 2011, calificaron de excepcional urgencia las problemáticas del Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente en el Distrito Capital, la Población en Situación de Desplazamiento, la emergencia producto de las lluvias y alto nivel del Rio Bogotá.

Que con cargo al rubro Fondo de Compensación Distrital se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 201 de 19 de diciembre de 2011.

Que la Secretaria Distrital de Gobierno requiere acreditar recursos en Gastos de Inversión - Bogotá positiva: para vivir Mejor en los Objetivos Estructurantes "Ciudad de derechos" y "Derecho a la ciudad" en los Proyectos 0295 "Atención integral a la Población desplazada" y 0663 "Fortalecer el acceso al sistema distrital de justicia formal e informal para la convivencia pacífica" respectivamente, para contribuir a minimizar la problemática del sistema de Responsabilidad Penal Adolescente, relacionada con la demanda de cupos de atención especializada y transitoria para la ciudad, y garantizar el funcionamiento constante de las Unidades de Atención y Orientación del Distrito Capital - UAO´s.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Trasladar en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2011, la suma de Dos Mil Trescientos Millones de Pesos ($2.300.000.000) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS

111

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

 

2.300.000.000

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

 

3

GASTOS

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.3.02

OTRAS TRANSFERENCIAS

 

 

3.1.3.02.01

Fondo de Compensación Distrital

2.300.000.000

 

 

SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS

 

2.300.000.000

CRÉDITOS

110

SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO

 

2.300.000.000

3

GASTOS

 

 

3.3

INVERSION

 

 

3.3.1

DIRECTA

 

 

3.3.1.13

Bogotá positiva: para vivir mejor

 

 

3.3.1.13.01

Ciudad de Derechos

 

 

3.3.1.13.01.11

Construcción de paz y reconciliación

 

 

3.3.1.13.01.11.0295

Atención integral a la población desplazada

300.000.000

 

3.3.1.13.02

Derecho a la Ciudad

 

 

3.3.1.13.02.29

Bogotá segura y humana

 

 

3.3.1.13.02.29.0663

Fortalecer el acceso al sistema distrital de justicia formal e informal para la convivencia pacífica

2.000.000.000

 

 

SUMAN LOS CREDITOS

 

2.300.000.000

ARTÍCULO 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes diciembre del año 2011.

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Alcaldesa Mayor Designada

HECTOR ZAMBRANO RODRIGUEZ

Secretario Distrital de Hacienda

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4802 de diciembre 28 de 2011.