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Circular 22 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/12/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/12/2011
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 022 DE 2011

(Diciembre 27)

Para:

Secretaría Distrital de Planeación, Secretaría Distrital de Ambiente, Secretaría Distrital de Movilidad, Secretaría Distrital del Hábitat, Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, Fondo de Prevención y Atención de Emergencias, Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, Instituto de Desarrollo Urbano, Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá –EAAB ESP, Gerencia del SITP y Transmilenio S.A.

De:

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C. Designada.

Asunto:

Implementación de terminales y patios zonales transitorios del Sistema Integrado de Transporte Público -SITP. Radicación No. 1-2011-52044.

El Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. expidió el Decreto Distrital 319 de 2006, "Por el cual se adopta el Plan Maestro de Movilidad para Bogotá Distrito Capital, que incluye el ordenamiento de estacionamientos, y se dictan otras disposiciones", en el cual se expresa la importancia de integrar los diferentes modos de transporte público, con el fin de garantizar los derechos de los/as ciudadanos/as al ambiente sano, al trabajo, a la dignidad humana y a la libre circulación por el territorio, mediante la generación de un sistema de transporte público de pasajeros organizado, eficiente y sostenible en la ciudad de Bogotá.

En este sentido, el Sistema de Movilidad se estructura teniendo como eje el Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá, D.C., el cual comprende las instituciones o entidades creadas para la planeación, la organización, el control del tráfico y el transporte público, así como la infraestructura requerida para la accesibilidad, circulación y el recaudo del Sistema.

Adicionalmente, el Sistema se constituye a partir de un proceso de integración operacional, tarifario e institucional, de acuerdo con los principios constitucionales de coordinación y complementariedad, logrando una unidad física para los/as usuarios/as del transporte, que les garantice el acceso al servicio en condiciones de óptima calidad, economía y eficiencia.

Es así como, a partir del Plan Maestro de Movilidad, se profirió el Decreto Distrital 309 de 2009, "Por el cual se adopta el Sistema Integrado de Transporte Público para Bogotá, D.C., y se dictan otras disposiciones", adoptando en el artículo 1º el Sistema Integrado de Transporte Público -SITP-como Sistema de Transporte Público Distrital, siendo prioritario para la ciudad su desarrollo, expansión e implantación, prioridad que será criterio esencial para la adopción de las decisiones asociadas a la definición, desarrollo e implementación de las políticas de transporte e infraestructura vial de la ciudad.

De otra parte, el artículo 21 del Decreto Distrital 319 de 2006 adoptó de manera general los proyectos en transporte público, entre ellos la: "Implementación de estaciones, terminales y patios de operación y mantenimiento para la operación del sistema integrado de rutas flexibles complementarias".

Para los efectos anteriores, la Alcaldesa Mayor Designada expidió el Decreto Distrital 294 de 20111, precisando que: "Las normas expedidas en el presente decreto tendrán validez durante una etapa de transición de cinco (5) años, para efectos de que se realicen los estudios, diseños y la construcción por parte de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio -Transmilenio S.A., de los terminales zonales y patios zonales definitivos de las rutas no troncales del Sistema Integrado de Transporte Público.

Durante este lapso se autoriza la implementación de terminales zonales transitorios y patios zonales transitorios de esas rutas, conforme a la reglamentación que se adopta en este decreto".

Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el Decreto Distrital 294 de 2011, el Comité de Seguimiento a la etapa de transición, conformado por las Secretarías Distritales de Movilidad, de Planeación y de Ambiente, así como por Transmilenio S.A., y la Gerencia del SITP, realizarán la evaluación de los avances del proceso de implementación de las terminales y los patios zonales transitorios del SITP, así como la verificación del avance del proceso de estructuración de los estudios y diseños, y la construcción definitiva de las citadas estructuras. De igual forma, dicha instancia reportará de manera semestral a la Secretaría Distrital de Planeación, sobre los avances y recomendará los ajustes normativos que la implementación definitiva requiera.

En este orden, resulta fundamental que las entidades y organismos destinatarios de la presente Circular, en cumplimiento de sus funciones y dentro de las competencias establecidas, apoyen el proceso de implementación de las terminales y los patios zonales transitorios del Sistema Integrado de Transporte Público -SITP-, aportando la información, adelantando los trámites que se requieran, y desarrollando las actividades que sean necesarias, dentro del marco normativo señalado en los Decretos Distritales 319 de 2006, 309 de 2009 y 294 de 2011, así como en las demás disposiciones legales y reglamentarias que resulten pertinentes.

Lo anterior, en aplicación de los principios de coordinación y de concurrencia previstos en los artículos 10 y 11 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, en virtud de los cuales las entidades y organismos distritales deben actuar de manera armónica para la realización de sus fines y para hacer eficiente e integral la gestión pública distrital, mediante la articulación de programas, proyectos y acciones administrativas, a nivel interinstitucional, sectorial, intersectorial y transectorial; y de igual forma, cuando sobre una materia se asignen competencias a los diferentes organismos y entidades, que deban desarrollar en unión o relación directa con otras, deberán ejercerlas de manera conjunta y su actuación se ajustará al límite fijado en la norma correspondiente, sin desconocer las atribuciones de cada una.

Finalmente, teniendo en cuenta que el desarrollo, expansión e implantación del Sistema Integrado de Transporte Público se considera prioritario para la ciudad, les solicito su concurso para que dentro del ámbito de sus competencias, desarrollen de manera cabal y oportuna las actividades y trámites que requiera el proceso de implementación de las terminales y patios zonales transitorios del Sistema Integrado de Transporte Público –SITP, cumpliendo los requerimientos que les formule la Secretaría Distrital de Movilidad, como autoridad de Tránsito y Transporte en Bogotá D.C., y la Empresa de Transporte del Tercer Milenio – TransMilenio S.A., como ente gestor del SITP.

Sobre la gestión adelantada por cada una de las entidades y organismos distritales a su cargo, les solicito remitir de manera quincenal un informe a la Gerencia de Transmilenio S.A., a efecto de realizar el seguimiento a la implementación de los mencionados patios y terminales zonales del SITP.

Cordialmente,

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Alcaldesa Mayor Designada